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37 NORMAS LEGALES Viernes 23 de mayo de 2025 El Peruano / de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial del Distrito de Notarial de Junín Nº 001-2024; Que, mediante O fi cio Nº 006-2025-CNHVCA/D, de fecha 21 de enero de 2025, la Decana del Colegio de Notarios de Huancavelica, comunica la renuncia de la abogada JIMENA MAGALI YARASCA CIPRIANO, a la plaza notarial del distrito de Lircay, provincia de Angares, departamento de Huancavelica, distrito notarial de Huancavelica; Que, conforme consta en el Acta de Adjudicación de Resultados Finales del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial del Distrito Notarial de Junín (Concurso Nº 001-2024), convocado por el Colegio de Notarios de Junín, la señora abogada JIMENA MAGALI YARASCA CIPRIANO ha resultado adjudicada con la plaza notarial Nº 110101012, correspondiente al distrito de Huancayo, provincia de Huancayo, departamento de Junín, del distrito notarial de Junín; Que, el artículo 21-A del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, señala el procedimiento a seguir por los colegios de notarios para proceder con la cancelación del título de un notario, siendo estos actos o procedimientos materiales condicionantes para la cancelación del título de notario, más aún cuando ésta obedece a un hecho objetivo como ocurre en el caso de la señora abogada JIMENA MAGALI YARASCA CIPRIANO, que ha resultado ganadora de otra plaza notarial en la que debe ejercer la función notarial; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal b) del artículo 21 del Decreto Legislativo Nº 1049, el notario cesa por causal de renuncia, por lo que habiendo operado dicha causal y conforme a los documentos que obran en el expediente administrativo, resulta necesario expedir la Resolución Ministerial de cancelación de título de notario con e fi cacia a partir de los treinta (30) días calendarios de publicada la presente resolución, plazo dentro del cual, el Colegio de Notarios de Huancavelica realizará el cierre de sus registros y procederá al nombramiento de administrador del acervo documentario correspondiente; Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto Legislativo Nº 1049, y el Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2022-JUS y normas conexas, la señora JIMENA MAGALI YARASCA CIPRIANO ha resultado ganador de la plaza notarial correspondiente al distrito de Huancayo, provincia de Huancayo, departamento de Junín del Distrito Notarial de Junín; conforme consta del Acta de Adjudicación de Resultados Finales del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial del Distrito Notarial de Junín (Nº 001-2024), convocado por el Colegio de Notarios de Junín, de fecha 08 de enero de 2025; Que, el artículo 12 del citado Decreto Legislativo Nº 1049, dispone que, concluido el concurso público de méritos de ingreso a la función notarial, el jurado comunicará el resultado al Consejo del Notariado, para la expedición simultanea de las resoluciones ministeriales a todos los postulantes aprobados y la expedición de títulos por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos; Que, el artículo 23 del Reglamento del Concurso Público de Méritos para el ingreso a la Función Notarial aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2022-JUS, establece que el proceso de concurso público de méritos concluye con la proclamación de ganadores y/o declaración de plazas desiertas por parte del jurado en caso de no existir postulantes aprobados en las respectivas plazas; por lo que habiéndose cubierto en el concurso mencionado la plaza notarial convocada, es procedente emitir la correspondiente resolución de nombramiento del notario, la misma que quedará subordinada a la cancelación del título, conforme lo prescrito en la presente resolución; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado; el Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2022-JUS; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y el Decreto Supremo Nº 013- 2017-JUS que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;SE RESUELVE: Artículo 1.- Cancelar por causal de renuncia, el título de notario del distrito de Lircay, provincia de Angaraes, departamento de Huancavelica del distrito notarial de Huancavelica, otorgado a la señora abogada JIMENA MAGALI YARASCA CIPRIANO, con e fi cacia a partir de los treinta (30) días calendarios de publicada la presente resolución, plazo dentro del cual, el Colegio de Notarios de Huancavelica realizará el cierre de sus registros y procederá al nombramiento de administrador del acervo documentario correspondiente. Artículo 2.- Nombrar a la señora abogada JIMENA MAGALI YARASCA CIPRIANO como notario del distrito de Huancayo, provincia de Huancayo, departamento de Junín del Distrito Notarial de Junín, debiendo expedirse para tal efecto el título correspondiente. Artículo 3.- La designación de la señora JIMENA MAGALI YARASCA CIPRIANO como notario del distrito de Huancayo, provincia de Huancayo, departamento de Junín del Distrito Notarial de Junín, está subordinada a la cancelación del título, dispuesto en el Artículo 1 de la presente resolución. Artículo 4.- Remitir copia de la presente Resolución al Consejo del Notariado, al Colegio de Notarios de Huancavelica, al Colegio de Notarios de Junín y a la interesada para los fi nes de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN ENRIQUE ALCANTARA MEDRANO Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2401926-1 Determinan que el Observatorio creado por el Consejo Nacional de Política Criminal y dirigido por la Dirección General de Asuntos Criminológicos se denomine oficialmente: “Observatorio Nacional de Política Criminal - INDAGA” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0174-2025-JUS Lima, 21 de mayo de 2025 VISTOS; los Informes N° 000139, 000164 y 000180- 2025-JUS/DGAC, de la Dirección General de Asuntos Criminológicos; los Informes N° 000174 y 000194-2025- JUS/OGPM, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 608-2025- JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, la función de prevención general obliga al Estado a proteger a la nación contra los daños y/o amenazas que pongan en riesgo su seguridad, lo que implica salvaguardar la integridad de la sociedad organizada bajo la estructura del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Constitución; Que, el literal e) del artículo 7 de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos establece como función especí fi ca la de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política criminológica, así como la política de reinserción social de las personas privadas de libertad y adolescentes en con fl icto con la ley penal, que evite la reincidencia delictiva; Que, en el artículo 1 de la Ley N° 29807, se constituye el Consejo Nacional de Política Criminal encargado de plani fi car, articular, supervisar y dar seguimiento a la política criminal del Estado, quedando adscrito y siendo presidido por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, el artículo 3 de la citada ley dispone que la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Política