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116 NORMAS LEGALES Martes 18 de noviembre de 2025 El Peruano / 2 Aprobada por la Resolución Nº 0106-2022-JNE, publicada el 25 de febrero de 2022 en el diario oficial El Peruano. 3 Aprobada por la Resolución Nº 117-2025-JNE, publicada el 19 de abril de 2025, en el diario Oficial El Peruano. 2459202-1 MINISTERIO PÚBLICO Dan por concluido nombramiento de fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3521-2025-MP-FN Lima, 14 de noviembre de 2025 VISTOS: Los oficios N°s. 000213 y 003617-2025-MP-FN- PJFSANCASH e informe Nº 085-2025-MP-FN-JJCP, y; CONSIDERANDO: Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3160-2018-MP-FN, de fecha 13 de septiembre de 2018, se resolvió nombrar a la abogada Magalie Amparo Vela Tuesta, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash, designándola en la Fiscalía Provincial Penal de Sihuas; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP- FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo. Al respecto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia del 24 de noviembre de 2020, en el caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que la provisionalidad “no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria”. Dicha temporalidad es consustancial al nombramiento provisional y habilita al titular del Ministerio Público para gestionar la asignación y permanencia del personal fiscal, en aras de la correcta marcha de la institución. El artículo 2 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, define el perfil requerido para el cargo al indicar que “está constituido por el conjunto de capacidades y cualidades personales y profesionales que aseguran que, en el ejercicio de sus funciones, los fiscales respondan idóneamente a los roles constitucionales de defensa de la legalidad, de los intereses públicos tutelados por el derecho, de representación de la sociedad en juicio y de investigación del delito”. La materialización de este perfil depende de una conducta ceñida a los principios de objetividad y probidad, que son esenciales para la confianza pública en la institución. En esa línea, la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, fijó las condiciones resolutorias para la vigencia de los nombramientos de fiscales provisionales. Dicha norma establece que podrá concluirse el nombramiento y designación, entre otros supuestos, cuando se presente: “(v) La afectación al principio de probidad que se erige como componente esencial del fiscal desde su nombramiento y designación; u otro motivo que termine dañando la imagen institucional”. Mediante los oficios de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash, pone de conocimiento hechos en relación al desempeño funcional de la abogada Magalie Amparo Vela Tuesta, en su condición de fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash, designada en la Fiscalía Provincial Penal de Sihuas, quien viene siendo cuestionada por presuntamente haber utilizado el vehículo institucional asignado al despacho a su cargo, para fines ajenos al servicio y el recibir un agasajo. Asimismo, del reporte de quejas y denuncias emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, se advierte que la mencionada abogada cuenta con sanciones en el transcurso de su desempeño como personal fiscal. Lo cual evidencia deficiencias en el ejercicio de sus funciones y contraviene el perfil requerido para ostentar el cargo, siendo que esta situación impacta de forma negativa en la imagen del Ministerio Público y desmerece la función fiscal ante la sociedad, ya que no es compatible con la política institucional. En consecuencia, al haberse configurado la condición resolutoria prevista en el literal (v) de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, y en ejercicio de las prerrogativas de este Despacho para salvaguardar la integridad de la función fiscal, corresponde dar por concluido el nombramiento de la abogada Magalie Amparo Vela Tuesta, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash y su designación en la Fiscalía Provincial Penal de Sihuas; conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la evaluación de los actuados contenidos en el informe Nº 085-2025-MP-FN-JJCP, de fecha 14 de noviembre de 2025. Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158 y 159 de la Constitución Política del Perú, y a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada con el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Magalie Amparo Vela Tuesta, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash y su designación en la Fiscalía Provincial Penal de Sihuas, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s. 3160-2018-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 13 de septiembre de 2018 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada Magalie Amparo Vela Tuesta que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Oficina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación (i) 2459425-1 Declaran fundada solicitud de ampliación de permanencia en el cargo y disponen cese por límite de edad del fiscal superior titular penal de Ayacucho, Distrito Fiscal de Ayacucho RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 3522-2025-MP-FN Lima, 14 de noviembre de 2025