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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (18/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 99

99 NORMAS LEGALES Martes 18 de noviembre de 2025 El Peruano / En el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales mediante Casilla Electrónica1 (en adelante, Reglamento) 1.3. El artículo 14 contempla: Artículo 14.- Sujetos obligados al uso de la casilla electrónica Todas las partes de los procesos jurisdiccionales electorales y no electorales son notificadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas. En caso de que los sujetos antes mencionados no cuenten con casilla electrónica o en caso de que esta se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por notificados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal electrónico institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación, en los vínculos que se indican a continuación: <https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/bandeja/ filtros>, para expedientes jurisdiccionales de procesos electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla del respectivo proceso electoral (ejemplos: ERM, EG, EMC, CPR, etc.). <https://consultaexpediente.jne.gob.pe/>, para expedientes jurisdiccionales de procesos no electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla JNE. De manera excepcional, en los expedientes no vinculados a procesos electorales, la parte procesal que no ha iniciado dicho expediente ante el JNE, que no tenga casilla electrónica, solo el primer pronunciamiento podrá ser notificado –por única vez– en formato papel en el domicilio registrado en el documento nacional de identidad. SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO 2.1. Mediante la Resolución N° 0548-2025-JNE se resolvió dejar sin efecto la credencial otorgada a don César Acuña Peralta en el cargo de gobernador regional del Gobierno Regional de La Libertad, en mérito a la renuncia presentada el 13 de octubre de 2025 mediante el oficio N° 002491-2025-GRLL-GOB. Asimismo, resolvió otorgar a doña Joana del Rosario Cabrera Pimentel, identificada con DNI N° 21563554, para que asuma el cargo de gobernadora regional del Gobierno Regional de La Libertad, a fin de que complete el periodo de gobierno regional 2023-2026. 2.2. En mérito a ello, el consejo regional mediante el Acuerdo de Consejo Regional N° 000263-2025-GRLL- CR del 15 de octubre del 2025 acordó por unanimidad elegir al consejero regional representante de la provincia de Trujillo, Ever Cadenillas Coronel identificado con DNI N° 27728542, para ocupar el cargo de vicegobernador regional del Gobierno Regional La Libertad, a fin de completar el período de gobierno 2023–2026. 2.3. Por consiguiente, con la finalidad de mantener representación de la provincia de Trujillo, corresponde convocar a don Cesar Hans Aguilar Chavarry, identificado con DNI N° 17818287, accesitario inscrito no proclamado de la organización política Alianza Para el Progreso, para que asuma el cargo de consejero del Consejo Regional de La Libertad (ver SN 1.1 y 1.2.), a fin de completar el período de gobierno 2023–2026, de conformidad con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Regionales Electas del 25 de noviembre de 2018, la cual fue remitida por el Jurado Electoral Especial de Trujillo con motivo de la celebración de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.4. Se precisa que la notificación de este auto debe diligenciarse de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.5.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. CONVOCAR a don Ever Cadenillas Coronel, identificado con DNI N° 27728542, para que asuma el cargo de vicegobernador regional del Gobierno Regional de La Libertad, a fin de que complete el periodo de gobierno regional 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 2. CONVOCAR a don Cesar Hans Aguilar Chavarry, identificado con DNI N° 17818287, para que asuma el cargo de consejero del Consejo Regional de La Libertad, a fin de que complete el periodo de gobierno regional 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales mediante Casilla Electrónica, aprobado por la Resolución N° 117- 2025-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BURNEO BERMEJO MAISCH MOLINA RAMÍREZ CHÁVARRY TORRES CORTEZ OYARCE YUZZELLI CLAVIJO CHIPOCO Secretaria General 1 Aprobado por la Resolución N° 117-2025-JNE, publicada el 19 de abril de 2025 en el diario oficial El Peruano. 2459311-1 Confirman la Res. N° 000120-2025-JEE- HVCA/JNE emitida por el Jurado Electoral Especial de Huancavelica, que determinó la infracción del gobernador regional al Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral RESOLUCIÓN Nº 0592-2025-JNE Expediente Nº EG.2026009227 HUANCAVELICA - HUANCAVELICA JEE HUANCAVELICA (EG.2026007655) ELECCIONES GENERALES 2026 APELACIÓN Lima, 6 de noviembre de 2025 VISTO: en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Leoncio Huayllani Taype, en su condición de gobernador del Gobierno Regional de Huancavelica (en adelante, señor recurrente), en contra de la Resolución Nº 00120-2025-JEE-HVCA/ JNE, del 9 de octubre de 2025, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huancavelica (en adelante, JEE), la cual determinó que infringió lo establecido en el literal b) del artículo 20 del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral1 (en adelante, Reglamento de Propaganda, Publicidad y Neutralidad), en el marco de las Elecciones Generales 2026 (EG 2026); dispuso como medida correctiva el cese de publicidad estatal, así como ordenó la remisión de copias de los actuados a la Contraloría General de la República, para que proceda de acuerdo con sus atribuciones, en el marco de las Elecciones Generales 2026. PRIMERO. ANTECEDENTES En el Expediente Nº EG.2026007655 1.1. A través del Informe Nº 000005-2025-ASV- JEEHUANCAVELICA-EG2026/JNE, del 25 de setiembre