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12 NORMAS LEGALES Jueves 27 de noviembre de 2025 El Peruano / “Master of Science in Electronic Systems Engineering”), a dictarse en la Escuela Naval de Postgrado de Monterrey, California, Estados Unidos de América, del 28 de diciembre de 2025 al 18 de diciembre de 2027; asimismo, considerando el itinerario de los vuelos internacionales y con el fi n de garantizar la participación oportuna del personal, solicita autorizar su salida del país el 27 de diciembre de 2025 y su retorno el 19 de diciembre de 2027, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, a través de los citados documentos, la Institución Armada remite el Informe Legal N° 76-2025/AS-DGE; la Hoja de Gastos N° 219-2025; la Hoja de Disponibilidad Presupuestaria N° 222-2025; así como las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario N° 0000000001, N° 0000000014 y N° 0000006361 que garantizan el fi nanciamiento del presente viaje al exterior durante Año Fiscal 2025; asimismo, para completar el período de duración de la citada misión de estudios, a partir del 1 de enero de 2026 al 18 de diciembre de 2027, los pagos se efectuarán con cargo al presupuesto del Sector Público del año fi scal respectivo; Que, mediante la Exposición de Motivos, la Institución Armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, por cuanto, le permitirá al personal designado acceder a nuevos conocimientos y experiencias que contribuirán a elevar su nivel profesional, con el fi n de que posteriormente sean vertidos en provecho de la Institución, garantizando una e fi ciente transmisión de los mismos. Asimismo, fortalecerá sus competencias para la implementación adecuada de las nuevas tecnologías para la defensa y continuar promoviendo el desarrollo de la industria naval; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, conforme al artículo 26 de la Ley N° 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cada por Decreto Legislativo N° 1143, el O fi cial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia; Que, mediante el O fi cio N° 02885-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 195-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-LAYC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes; Que, mediante el Informe Legal N° 02402-2025-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modi fi catorias; y el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modi fi catorias; y el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, y modi fi catoria. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente Segundo ALVARO MARIANO MELGAR VARGAS, para que participe en el Curso “Electronic Systems Engineering” (programa “Master of Science in Electronic Systems Engineering”), a dictarse en la Escuela Naval de Postgrado de Monterrey, California, Estados Unidos de América, del 28 de diciembre de 2025 al 18 de diciembre de 2027; así como, autorizar su salida del país el 27 de diciembre de 2025 y su retorno el 19 de diciembre de 2027. Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasaje aéreo (Ida): Lima - Monterrey, estado de California (Estados Unidos de América)Clase económica - Incluye importe TUUAUS$ 1,283.16 x 3 personas (titular, esposa e hijo) US$ 3,849.48 Gasto de Traslado (Ida): (Equipaje, bagaje e instalación) US$ 5,346.90 x 2 compensación x 1 persona US$ 10,693.80 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 5,346.90 / 31 x 4 Días (dic.) x 1 persona US$ 689.92 Total a pagar: US$ 15,233.20 Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 4.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en misión de estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú, del año fi scal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda autorizado para variar el inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6.- El personal naval autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7.- El mencionado personal naval revistará en la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú, por el periodo que dure la misión de estudios en el exterior. Artículo 8.- El personal naval designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo,