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14 NORMAS LEGALES Jueves 27 de noviembre de 2025 El Peruano / DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Designan funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar, el Portal Institucional del Programa de Alimentación Escolar y la Sede Digital RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° D00027-2025- MIDIS-PAE San Isidro, 25 de noviembre de 2025VISTOSEl Memorando N° D0001-2025-MIDIS/PAE-UCE emitido por la Unidad de Comunicación Estratégica; el Informe N° 0022-2025-MIDIS/PAE-URH emitido por la Unidad de Recursos Humanos; y el Informe N° 0028-2025-MIDIS/PAE-UAJ emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDOQue, mediante Decreto Supremo N° 008-2025-MIDIS, modi fi cado por Decreto Supremo N° 009-2025-MIDIS, se crea el Programa de Alimentación Escolar, dependiente del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el propósito de brindar un servicio de alimentación nutritivo, saludable y complementario, priorizando la calidad, pertinencia territorial y cultural, así como la promoción de hábitos saludables, dirigido a estudiantes de instituciones educativas públicas a nivel nacional así como a programas no escolarizados de educación inicial conforme al marco normativo vigente; Que, mediante Resolución Ministerial N° D000305- 2025-MIDIS, se o fi cializó el 19 de noviembre de 2025 como fecha de inicio de funciones del Programa de Alimentación Escolar, habiéndose cumplido con lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 008-2025-MIDIS, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 009-2025-MIDIS, dicha disposición establecía que el PAE iniciaría sus funciones una vez que se aprobara el Manual de Operaciones y los instrumentos de gestión relacionados con los recursos humanos, así como la designación de los servidores de con fi anza establecidos en dichos instrumentos; Que, el inciso 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, establece que toda persona tiene derecho: “A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional” ; Que, el artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, establece que la Ley tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, el Decreto Supremo N° 007-2024-JUS, que aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, establece en el inciso 1.3 de su artículo 1, como obligaciones de la máxima autoridad de la entidad: 1.3 Designar al/a la funcionario/a responsable de la implementación y actualización del Portal de Transparencia Estándar (…); Que, el artículo 8, numeral 8.1 y 8.2 del Reglamento señala que la designación del funcionario responsable de atender las solicitudes de acceso a la información y del funcionario responsable de la implementación y actualización del Portal de Transparencia Estándar, se efectúa mediante resolución de la máxima autoridad de la entidad e indica que, la entidad coloca copia de la resolución de designación en lugar visible de su Sede Central y en cada uno de sus Órganos Desconcentrados y/u O fi cinas Desconcentradas; Que, mediante Resolución Ministerial N°D000209- 2025-MIDIS, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa de Alimentación Escolar, modi fi cado con Resolución Ministerial N°D000240-2025-MIDIS, en cuyo artículo 26 inciso e), establece que es función de la Unidad de Comunicaciones Estratégicas “Mantener actualizado el Portal de Transparencia Estándar, el Portal Institucional del Programa de Alimentación Escolar, y la Sede Digital conforme a la normatividad vigente, y en coordinación con la Unidad de Tecnologías de la Información”; Que, mediante Memorando N° D0001-2025-MIDIS/ PAE-UCE, la Unidad de Comunicación Estratégica, solicita que se designe al señor Hernán Marcelo Puelles Cárdenas como responsable del Portal de Transparencia Estándar, el Portal Institucional del Programa de Alimentación Escolar, y la Sede Digital, en virtud de su designación como jefe de la Unidad de Comunicación Estratégica del Programa de Alimentación Escolar; Que, mediante Informe N°0022-2025-MIDIS/ PAE-URH, la Unidad de Recursos Humanos informa que mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000005-2025-MIDIS-PAE se designó al señor Hernán Marcelo Puelles Cárdenas en el cargo de jefe de la Unidad de Comunicación Estratégica del PAE, bajo el régimen laboral N°1057; Que, mediante Informe N° 0028-2025-MIDIS/PAE- UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica considera viable emitir el acto resolutivo de designación del señor Hernán Marcelo Puelles Cárdenas como el funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar, el Portal Institucional del Programa de Alimentación Escolar y la Sede Digital conforme a la normatividad vigente; Que, estando a los informes de sustento reseñados, con el objeto de propender a la transparencia de la gestión y garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información previsto en el artículo 2, numeral 5 de la Constitución Política del Estado, resulta necesario emitir el acto resolutivo que designe al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar y Acceso a la Información Pública del Programa de Alimentación Escolar; Con los vistos de la Unidad de Comunicación Estratégica, la Unidad de Recursos Humanos y Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Supremo N° 008-2025-MIDIS, modi fi cado por Decreto Supremo N° 009-2025-MIDIS, que crea el Programa de Alimentación Escolar; la Resolución Ministerial N° D000305-2025-MIDIS, que o fi cializa el inicio de funciones del Programa de Alimentación Escolar; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS; el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública, aprobado por Decreto Supremo N°007-2024-JUS; la Resolución Ministerial N° D000209-2025-MIDIS, modi fi cado por Resolución Ministerial N° D000240-2025-MIDIS, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa de Alimentación Escolar, que establece la estructura funcional y la de fi nición de las funciones; la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 000001-2025-MIDIS-PAE, que aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Programa de Alimentación Escolar; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR, al señor Hernán Marcelo Puelles Cárdenas, Jefe de la Unidad de Comunicación Estratégica del Programa de Alimentación Escolar, como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar, el Portal Institucional del Programa de Alimentación Escolar y la Sede Digital, en adición a sus funciones. Artículo 2.- DISPONER, que la O fi cina de Recursos Humanos cumpla con lo dispuesto en el numeral 8.2 del