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31 NORMAS LEGALES Jueves 27 de noviembre de 2025 El Peruano / la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS; SE RESUELVE:Artículo Único. - Designar al señor Segundo Arturo Bazán Serpa en el cargo de con fi anza de Director de Sistema Administrativo IV, Nivel F-5, Jefe de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER E. MARTINEZ LAURA Ministro 2463047-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aprueban Reglamento del Registro Nacional de la Persona con Discapacidad del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° D000253-2025- CONADIS-PRE Lince, 25 de noviembre del 2025VISTOS: El Memorando N° D000813-2025-CONADIS-DFS, de la Dirección de Fiscalización y Sanciones; el Memorando N° D001634-2025-CONADIS-DPRIPD, de la Dirección de Promoción, Registro e Intervenciones para las Personas con Discapacidad, sustentado en el Informe N° D000019-2025-CONADIS-SDRID, de la Subdirección de Registro e Intervenciones en Discapacidad, complementado con el Memorando N° D002154-2025-CONADIS-DPRIPD, de la Dirección de Promoción, Registro e Intervenciones para las Personas con Discapacidad, sustentado en la Nota N° D001571-2025-CONADIS-SDRID, de la Subdirección de Registro e Intervenciones en Discapacidad; el Informe N° D000127-2025-CONADIS-OPPM, complementado con el Memorando N° D002546-2025-CONADIS-OPPM, de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; la Nota N° D000480-2025-CONADIS-OAJ, sustentada en el Informe N° D000755-2025-CONADIS-OAJ, complementado con la Nota N° D000515-2025-CONADIS-OAJ, sustentado en el Informe N° D000806-2025-CONADIS-OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; la Nota N° D000996-2025-CONADIS-GG, de la Gerencia General; y CONSIDERANDO:Que, el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (en adelante, Conadis) es el órgano especializado en cuestiones relativas a la discapacidad, el mismo que está constituido como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con autonomía técnica, administrativa, de administración, económica y fi nanciera, el cual constituye pliego presupuestario conforme lo establece el artículo 63 de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad (en adelante, LGPCD);Que, el literal o) del artículo 64 de la LGPCD, establece que el Conadis tiene como función dirigir el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad; Que, el artículo 70 del Reglamento de la LGPCD, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2014-MIMP, establece que el Conadis, a través del órgano de línea competente, es la entidad encargada de organizar y actualizar el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad y otros registros. Desarrolla técnicas y procedimientos para un manejo e fi caz e integrado de la información; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 020- 2017-CONADIS-PRE, se aprueba el nuevo Reglamento del Registro Nacional de la Persona con Discapacidad a cargo del Conadis y sus tres (03) formularios, con el objetivo de establecer los procedimientos y responsabilidades para la inscripción en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad. Dicho Reglamento fue modi fi cado, posteriormente, con Resolución de Presidencia Nº 079-2017-CONADIS/PRE y Resolución de Presidencia Nº 015-2021-CONADIS/PRE; Que, el literal b) del artículo 43 de la Resolución de Presidencia N° D000119-2024-CONADIS-PRE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Conadis, establece que la Dirección de Promoción, Registro e Intervenciones para las Personas con Discapacidad tiene como función dirigir la gestión de los registros en materia de discapacidad; asimismo, el literal a) del artículo el 48 del referido reglamento establece que la Subdirección de Registro e Intervenciones en Discapacidad, unidad orgánica dependiente de la Dirección antes indicada, tiene la función de administrar el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad y otros registros normativamente creados, incluyendo sus registros especiales; Que, asimismo, el literal m) del artículo 10 del Reglamento de Organización y funciones del Conadis, establece que es función de la Presidencia aprobar normas y documentos técnicos de los procedimientos que ejecutan los órganos de línea; Que, conforme lo anteriormente expuesto, con Memorando N° D001634-2025-CONADIS-DPRIPD y Memorando N° D002154-2025-CONADIS-DPRIPD, sustentados en los Informes N° D000019-2025-CONADIS- SDRID, y la Nota N° D001571-2025-CONADIS-SDRID, de la Subdirección de Registro e Intervenciones en Discapacidad, la Dirección de Promoción, Registro e Intervenciones para las Personas con Discapacidad propone y sustenta la actualización del Reglamento del Registro Nacional de la Persona con Discapacidad; Que, con Memorando N° D000813-2025-CONADIS- DFS, la Dirección de Fiscalización y Sanciones, emite pronunciamiento favorable respecto de la actualización del Reglamento del Registro Nacional de la Persona con Discapacidad, esto en el marco de sus competencias; Que, mediante el Informe N° D000127-2025- CONADIS-OPPM, complementado con el Memorando N° D002546-2025-CONADIS-OPPM, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, emite opinión técnica favorable respecto de la propuesta de actualización del Reglamento del Registro Nacional de la Persona con Discapacidad; Que, con la Nota N° D000480-2025-CONADIS-OAJ, sustentada en el Informe N° D000755-2025-CONADIS- OAJ, complementado con la Nota N° D000515-2025- CONADIS-OAJ, sustentado en el Informe N° D000806-2025-CONADIS-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que resulta jurídicamente viable aprobar la propuesta de actualización del Reglamento del Registro Nacional de la Persona con Discapacidad; siendo así, correspondería derogar la Resolución de Presidencia Nº 020-2017-CONADIS-PRE, y sus modi fi catorias, efectuadas mediante Resolución de Presidencia Nº 079-2017-CONADIS/PRE y Resolución de Presidencia Nº 015-2021-CONADIS/PRE; Que, asimismo, la O fi cina de Asesoría Jurídica, mediante los documentos antes citados señala que, conforme literal m) del artículo 10 del Reglamento de Organización y funciones del Conadis, corresponde que la Presidencia apruebe, mediante el resolutivo correspondiente, la propuesta de actualización del