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32 NORMAS LEGALES Jueves 27 de noviembre de 2025 El Peruano / Reglamento del Registro Nacional de la Persona con Discapacidad; Con el visado de la Dirección de Promoción, Registro e Intervenciones para las Personas con Discapacidad; de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; de la O fi cina de Asesoría Jurídica; de la Gerencia General y, De conformidad con lo dispuesto en Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP; Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, la Resolución de Presidencia N° D000119-2024-CONADIS-PRE, que aprueba el texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad; SE RESUELVE: Artículo 1.- APROBAR el Reglamento del Registro Nacional de la Persona con Discapacidad del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad que, como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- DEROGAR la Resolución de Presidencia Nº 020-2017-CONADIS-PRE que aprueba Reglamento del Registro Nacional de la Persona con Discapacidad a cargo del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad y sus tres (03) formularios; así como, sus modi fi catorias. Artículo 3.- DISPONER que la presente Resolución y su anexo sean publicados en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), así como en la Sede Digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (www.conadisperu.gob.pe), el mismo día de la publicación, de la presente Resolución, en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y cúmplase.SANDRA PILAR PIRO MARCOS PresidentaConsejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad 2462642-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionaria diplomática a la República Oriental del Uruguay, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0840-2025-RE Lima, 26 de noviembre de 2025 VISTOS: El Memorándum N° DAE017952025 de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 13 de noviembre de 2025; la Hoja de Trámite (GAC) N° 5152 del Despacho Viceministerial, de 17 de noviembre de 2025; y el Memorándum N° OAP035532025, de la O fi cina de Administración de Personal, de la O fi cina General de Recursos Humanos, de 21 de noviembre de 2025; CONSIDERANDO: Que, la Segunda Reunión del Consejo Intergubernamental (CI) del Programa Iberoamericano para el Fortalecimiento de la Cooperación Sur Sur (PIFCSS) y el Seminario “Nuevos mecanismos y oportunidades en la Cooperación Triangular entre la Unión Europea (UE) e Iberoamérica”, se realizarán en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 1 de diciembre de 2025 y del 2 al 3 de diciembre de 2025, respectivamente; Que, la Segunda Reunión del CI del PIFCSS tiene como objeto, entre otros, validar el documento fi nal de Refl exión de Alto Nivel (RAN) sobre la sostenibilidad fi nanciera, institucional y estratégica del referido Programa; y, aprobar el presupuesto y plan de actividades al 2026; Que, el Seminario “Nuevos mecanismos y oportunidades en la Cooperación Triangular entre la Unión Europea (UE) e Iberoamérica” tiene por objetivo fortalecer la Cooperación Triangular de carácter birregional; Que, el PIFCSS, la Secretaría General Iberoamericana (SEGIB) y la Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional (AUCI) de la República Oriental del Uruguay, invitaron a la Directora Ejecutiva de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), Embajadora en el Servicio Diplomático de la República, en situación de retiro, Noela María Eufemia Pantoja Crespo, a participar en los citados eventos; Que, en ese sentido, se estima importante la participación de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República, en situación de retiro, Noela María Eufemia Pantoja Crespo, Directora Ejecutiva de la APCI, en los referidos eventos; Que, por razones de itinerario, el viaje de la referida funcionaria diplomática a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, se realizará del 30 de noviembre al 4 de diciembre de 2025; Que, el artículo 5 del Decreto Supremo N° 056-2013- PCM, que modi fi ca los artículos 5 y 6 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que las Entidades del Sector Público deberán aprobar menores asignaciones por concepto de viáticos tomando en consideración, entre otros, las facilidades proporcionadas en el lugar de destino; Que, el cuarenta por ciento de los gastos por concepto de viáticos a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, de la citada funcionaria diplomática, serán cubiertos por el PIFCSS; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0516-2025-RE; la Ley N° 27692, Ley de creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, modi fi cada mediante la Ley N° 32301, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 032-2025-RE; y, la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República, en situación de retiro, Noela María Eufemia Pantoja Crespo, Directora Ejecutiva de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 30 de noviembre al 4 de diciembre de 2025, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos referidos al cuarenta por ciento de los viáticos a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, de la mencionada funcionaria diplomática, serán cubiertos por el Programa Iberoamericano para el Fortalecimiento de la Cooperación Sur-Sur (PIFCSS). Artículo 3.- Los demás gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el pliego presupuestal de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendarios, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: