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84 NORMAS LEGALES Sábado 29 de noviembre de 2025 El Peruano / del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en las Cortes Superiores de Justicia de Amazonas, Ancash, Ica, Pasco y Piura, para la especialidad civil subespecialidad comercial. Séptimo. Que, en cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo en el marco de la Resolución Administrativa N° 000043-2025-CE-PJ y Resolución Administrativa N° 000363-2025-CE-PJ, la Secretaría Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico ha elaborado el Informe N° 082-2025-ST-CT-EJE-PJ, teniendo como sustento el Ofi cio N° 003145-2025-GTI-GG-PJ de la Gerencia de Tecnologías de Información que gestiona el Informe N° 000396-2025-CDI-SDSI-GTI-GG-PJ, por el cual informa respecto a las acciones realizadas en el marco de la implementación del Expediente Judicial Electrónico en la Corte Superior de Justicia de Ica en la especialidad civil, subespecialidad comercial. Adicionalmente, la Gerencia de Servicios Judiciales a través del O fi cio N° 000322-2025-GSJ-GG-PJ, indica los órganos jurisdiccionales que serán comprendidos en la implementación del Expediente Judicial Electrónico y el dimensionamiento de la Mesa de Partes Física para la atención de ingresos de documentos en la Corte Superior de Justicia de Ica. Al respecto, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ica mediante O fi cios Nros. 001233-2025-P-CSJIC-PJ y 001234-2025-P-CSJIC-PJ, brinda conformidad a los precitados informes, solicitando adicionalmente se efectué la entrada en producción e inauguración. Octavo. Que, existiendo la necesidad de continuar con las implementaciones del Expediente Judicial Electrónico, como parte de las acciones de fortalecimiento de transformación digital, y estando en ejecución las actividades correspondientes al Plan Operativo Institucional del Expediente Judicial Electrónico y Plan de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, se propone la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad civil, subespecialidad comercial en la Corte Superior de Justicia de Ica. Noveno. Que, el artículo 82, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder Judicial funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por tales fundamentos; en mérito al Acuerdo N.º 1608- 2025 de la quincuagésima séptima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 26 de noviembre de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra y Zavaleta Grández, sin la intervención del señor Cáceres Valencia por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero. Disponer la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad civil, subespecialidad comercial, a partir del 01 de diciembre de 2025, en los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Ica, conforme al detalle siguiente: Sede Central, ubicada en la Calle Ayacucho N° 500 - Ica: • Sala Civil. • Primer Juzgado Especializado Civil.• Segundo Juzgado Especializado Civil.• Tercer Juzgado Especializado Civil. La ceremonia de inauguración se realizará a partir del 04 de diciembre 2025. Artículo Segundo. Encargar a la Gerencia General del Poder Judicial; así como a la Corte Superior de Justicia de Ica, en cuanto sea su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución. Artículo Tercero. Noti fi car la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ica; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JANET TELLO GILARDI Presidenta Consejo Ejecutivo 2463871-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2025 de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN ENRIQUE GUZMÁN Y VALLE RECTORADO RESOLUCIÓN Nº 2897-2025 -R-UNE Chosica, 15 de octubre del 2025 VISTO el O fi cio Nº 0498-2025-DIGA-UNE, expedido por la Dirección General de Administración de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle. CONSIDERANDO: Que el artículo 18º de la Constitución Política del Perú refi ere que cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios Estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes; Que el artículo 8º de la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria señala que el Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable; Que el numeral 11.1 del artículo 11º de la Ley Universitaria, referido a la transparencia en las universidades, dispone que las universidades públicas y privadas tienen la obligación de publicar en sus portales electrónicos, de forma permanente y actualizada, entre otros documentos, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que con Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 004-2018-PCM/SGP, del 24 de octubre del 2018, se aprueba el nuevo formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), de observancia obligatoria para todas las entidades de la administración pública; Que mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, del 27 de noviembre del 2018, se aprueban los lineamientos y formatos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, con Resolución Nº 0009-2022-AU-UNE y sus modi fi catorias, se aprueba el nuevo texto del Estatuto de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle;