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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (01/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de octubre de 2025 El Peruano / VISTOS: El Memorándum Nº 81-2025/SG de la Secretaría General; el Informe Nº 171-2025/OA/PER del Área de Personal de la O fi cina de Administración; el Memorándum Nº 270-2025/OA de la O fi cina de Administración; el Informe Legal Nº 744-2025/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el numeral 12.1 del artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público - Privadas y Proyectos en Activos, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN es un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, mediante Memorándum Nº 81-2025/SG, la Secretaría General solicita la designación de la señora María Margarita Arellano Arellano en el puesto de Asesor (a) de Secretaría General de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, a partir del 1 de octubre de 2025; Que, a través del Informe Nº 171-2025/OA/PER, el Área de Personal de la O fi cina de Administración señala que la señora María Margarita Arellano Arellano, no cuenta con impedimentos o incompatibilidades para el ejercicio de la función pública, y cumple con el per fi l para el puesto de con fi anza de Asesor (a) de Secretaría General, contenido en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional, con el número de Plaza 011/EC; conforme con lo dispuesto en el Manual de Clasi fi cador de Cargos de PROINVERSIÓN aprobado por Resolución de la Secretaría General Nº 152-2023 y modi fi catorias, señalando que el puesto está presupuestado y se encontrará vacante el 1 de octubre de 2025; Que, mediante el Memorándum Nº 270-2025/OA la Ofi cina de Administración, en atención a lo informado por el Área de Personal de la referida O fi cina, señala que es posible efectuar la designación solicitada; Que, con Informe Legal Nº 744-2025/OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica, señala que es legalmente viable proceder con la emisión de la resolución de designación solicitada; Que, el literal u) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado por Decreto Supremo Nº 185-2017-EF, dispone que la Dirección Ejecutiva tiene la función de designar a servidores públicos que ocupen direcciones y jefaturas, autorizar la contratación del personal, así como asignar funciones y competencias; Con los vistos de la Secretaría General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y de la O fi cina de Administración; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado por Decreto Supremo Nº 185-2017-EF; y, el Manual de Clasi fi cador de Cargos de PROINVERSIÓN aprobado por Resolución de la Secretaría General Nº 152-2023 y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la señora María Margarita Arellano Arellano, en el puesto de con fi anza de Asesor (a) de Secretaría General de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, contenido en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional, con el número de Plaza 011/EC, a partir del 1 de octubre de 2025. Artículo 2.- Notifi car la presente resolución a la señora María Margarita Arellano Arellano, y a la O fi cina de Administración. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia Estándar (www.transparencia.gob.pe) y en la sede digital de PROINVERSIÓN (www.gob.pe/proinversion), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano.Regístrese, comuníquese y publíquese. TABATA DULCE VIVANCO DEL CASTILLO Directora Ejecutiva PROINVERSIÓN 2443828-1 AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA Designan Funcionarios Responsables de Acceso a la Información Pública de la Autoridad Nacional del Agua para atender las solicitudes de acceso a la Información Pública - SAIP, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0192-2025-ANA San Isidro, 26 de setiembre de 2025 VISTOS: Los Informes Nros. 0010 y 0015-2024-ANA-AIP y los Informes Legales Nros. 0005, 0010 y 0013-2025-ANA- AIP, emitidos por la Responsable de entregar la información de acceso público - Sede Central; El informe Nº 0398-2024-ANA-OA-UATD, de la Unidad de Archivo y Trámite Documentario; el Informe Legal Nº 0771-2025-ANA-OAJ, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 997, crea la Autoridad Nacional del Agua - ANA, como un organismo público adscrito al Ministerio de Agricultura, actualmente Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en concordancia con los artículos 2 y 13 de la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, y mediante Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones, documento de gestión que establece la estructura orgánica y funciones de los órganos y unidades orgánicas de la ANA; Que, la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021- 2019-JUS, tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental al acceso de la información, conforme al numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, en el marco de lo dispuesto en los artículos 3 y 8 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se debe designar al funcionario responsable de brindar la información que se solicite al amparo de la mencionada Ley; Que, conforme el numeral 1.2 del artículo 1 del Reglamento de la Ley Nº 27806, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2024-JUS, dispone que es obligación de la máxima autoridad de la Entidad, bajo responsabilidad, designar a los/las funcionarios/as responsables de atender las solicitudes de acceso a la información pública; Que, asimismo, es necesario precisar que el artículo 5 del Reglamento de la Ley Nº 27806 señala que, en caso de suspensión o ausencia justi fi cada de el/la funcionario/a responsable de atender las solicitudes de acceso a la información y de el/la funcionario/a responsable de la implementación y actualización del Portal de Transparencia Estándar, o cuando estos no han sido designados, el/la Secretario/a General o quien haga sus veces asume las obligaciones establecidas en la Ley y el Reglamento; Que, el numeral 8.2 del artículo 8 de Reglamento de la Ley Nº 27806, dispone que la designación del