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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (01/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de octubre de 2025 El Peruano / Que, de conformidad con el artículo 175º inciso 3) del Estatuto de la Universidad Nacional de Piura, “El Rector es el representante legal de la Universidad y ejerce el gobierno de la misma (…).” Señalando dentro de sus funciones, “inciso 3) Dirigir la actividad académica de la Universidad y su gestión administrativa, económica y fi nanciera”; Que, estando a lo acordado por Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 07 del 26.Set.2025 y a lo dispuesto por el señor Rector (e), en uso de sus atribuciones legales conferidas y con visto de la Unidad de Planeamiento y Modernización, la O fi cina Central de Asesoría Jurídica y la Secretaria General; SE RESUELVE:Artículo 1°.- MODIFICAR el “MANUAL DE CLASIFICADOR DE CARGOS (MCC) DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA” aprobado por Resolución Rectoral N° 0843-R-2024 del 04.Nov.2024 y que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- DISPONER, la noti fi cación de la presente Resolución a todas las unidades de organización académicas y administrativas de la Universidad Nacional de Piura, para su conocimiento y demás fi nes pertinentes. Artículo 3°.- ENCARGAR, al Responsable del Portal de Transparencia, la publicación de la presente Resolución y su anexo, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el “Portal Institucional” (www.unp.edu.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario O fi cial El Peruano. Registrese, comuniquese y ejecuteseENRIQUE RAMIRO CACERES FLORIAN. Rector (e) VANESSA ARLINE GIRÓN VIERA. Secretaria General 2443578-1 Autorizan viaje de docente y alumnos de la Universidad Nacional de Piura para participar en evento a realizarse en Rumanía UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 0544-CU-2025 Piura, 26 de setiembre del 2025 VISTO: El Expediente N° 000003-3202-25-4 y N° 000169- 3202-25-5 que contiene el O fi cio N° 0389-2025-D.FC/UNP del 10.Jun.2025 presentado por el Dr. José del Carmen Silva Mechato, Decano de la Facultad de Ciencias sobre autorización de viaje al exterior, el otorgamiento de licencia con goce de haber, viáticos, subvenciones económicas y otros a favor del docente Ing. Roosebelt Yonatan Carmen Aguirre y seis alumnos de la Facultad de Ciencias. Asimismo, el O fi cio N° 0502-2025-UNP-URH-ANYC del 30.Jun.2025, el O fi cio N° 2646-J-URH-UNP-2025 del 01.Jul.2025, el O fi cio N° 1239-VR.ACAD.-UNP-2025 del 14.Jul.2025, el O fi cio N° 480-2025-UNP-VR.ACAD-DISA- UNP del 16.Jul.2025, el O fi cio N° 0481-2025-D.FC/UNP del 15.Ago.2025, el Memorándum N° 1778-2025-UP- OPYPTO-UNP del 21.Ago.2025, el Informe N° 1189-2025-OCAJ-UNP del 10.Set.2025, el O fi cio N° 3678-R-UNP-2025 del 16.Set.2025, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el Artículo 18° de la Constitución Política del Perú, prescribe: “(…) Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes (…)” ; Que, mediante Ley N° 13531 del 03.Mar.1961, fue creada la Universidad Nacional de Piura, cuya sede está ubicada en el Distrito de Castilla, Departamento de Piura, cuyos fi nes se encuentran estipulados en el Artículo 8° del Estatuto de la Universidad Nacional de Piura, Aprobado en Sesión Plenaria de Asamblea Estatutaria del 13.Oct.2014 (Ley N° 30220 - Ley Universitaria); Que, el Artículo 8° de la Ley N° 30220 - Ley Universitaria, prescribe: “(…) La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable (…)” ; asimismo, los numerales 8.4 Administrativo, implica la potestad autodeterminativa para establecer los principios, técnicas y prácticas de sistemas de gestión, tendientes a facilitar la consecución de los fi nes de la institución universitaria, incluyendo la organización y administración del escalafón de su personal docente y administrativo y 8.5 Económico, implica la potestad autodeterminativa para administrar y disponer del patrimonio institucional, así como para fi jar el destino de sus recursos propios directamente recaudados, mani fi esta los regímenes de su autonomía; Que, mediante O fi cio N° 0389-2025-D.FC/UNP del 10.Jun.2025, el Dr. José del Carmen Silva Mechato, Decano de la Facultad de Ciencias de la Universidad Nacional de Piura comunica al Titular del Pliego, el acuerdo del Departamento Académico de Ingeniería Electrónica y Telecomunicaciones adoptado en Sesión Extraordinaria N° 11-2025 del 04.Jun.2025 que indica: “APROBAR LA LICENCIA CON GOCE DE HABER, SOLICITADA POR EL ING. MIINF ROOSBELT YONATHAN CARMEN AGUIRRE, DEL 26.10 AL 08.11.2025, PARA PARTICIPAR EN EL EVENTO ROBOTCHALLENGER 2025, A DESARROLLARE EN LA NATIONAL UNIVERSITY OF SCIENCE AND TECHNOLOGY POLITEHNICA, BUCAREST, RUMANIA.” Por tanto, en Sesión Extraordinaria N° 003-2025 del 30.May.2025, el Consejo de Facultad de Ciencias, adoptó el siguiente acuerdo: “1.- APROBAR LA LICENCIA CON GOCE DE HABER, SOLICITADA POR EL ING. MIINF. ROOSBELT YONATHAN CARMEN AGUIRRE, DOCENTE MINEDU ADSCRITO AL DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA ELECTRÓNICA Y TELECOMUNICACIONES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA UNP, DEL 26.10 AL 08.11.2025, PARA PARTICIPAR EN EVENTO “INTERNATIONAL ROBOCHALLENGE 2025”, EN LA NATIONAL UNIVERSITY OF SCIENCE AND TECHNOLOGY POLITEHNICA, BUCAREST, RUMANIA. 2.- APROBAR LA SOLICITUD DE APOYO PARA VIÁTICOS Y PASAJES PARA LA PARTICIPACIÓN DEL CLUB DE ROBÓTICA ELI7E, A CARGO DE UN (01) DOCENTE RESPONSABLE: ING. ROOSBELT YONATHAN CARMEN AGUIRRE M.Sc Y SEIS (06) ALUMNOS DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA ELECTRÓNICA Y TELECOMUNICACIONES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA UNP, AL EVENTO ROBOCHALLENGER, EL CUAL SE DESARROLLARÁ EN LA NATIONAL UNIVERSITY OF SCIENCE AND TECHNOLOGY POLITEHNICA, EN BUCAREST, RUMANIA; LOS COSTOS QUE SE DESEAN CUBRIR ASCIENDEN A S/. 116,035.15 (CIENTO DIECISEIS MIL TRENTAICINCO CON 15/100 SOLES), PARA LOS DIAS 26.10.2025 AL 08.11.2025. PARA SEGUIR EL TRÁMITE CORRESPONDIENTE. APROBADO POR UNANIMIDAD.” - SOBRE EL OTORGAMIENTO DE LICENCIA CON GOCE DE HABER: Que, el Artículo 88° de la Ley N° 30220 - Ley Universitaria , establece los derechos del docente, señalando: “88.7 Tener licencias con o sin goce de haber con reserva de plaza, en el sistema universitario. ” en concordancia con el Artículo 268° del Estatuto de la Universidad Nacional de Piura, que dispone lo siguiente: