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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (01/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de octubre de 2025 El Peruano / Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, para desempeñar el cargo de Director de la Ofi cina de Administración del INGEMMET; Que, mediante Memorando Nº 000647-2025-INGEMMET/OPP e Informe Técnico Nº 000017-2025-INGEMMET/OPP-COR, ambos del 30 de setiembre de 2025, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable presupuestal para el año 2025 y años posteriores para cubrir el costo remunerativo del cargo de con fi anza de Director de la Ofi cina de Administración del INGEMMET; Que, mediante Informe Nº 000445-2025-INGEMMET/ OAJ del 30 de setiembre de 2025, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable designar al ingeniero Esteban Mario Bertarelli Bustamante, en el cargo de con fi anza de Director de la O fi cina de Administración del INGEMMET, ya que cuenta con las opiniones técnicas favorables de la Unidad de Personal y de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; Que, el numeral 8) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del INGEMMET, establece que el Presidente Ejecutivo tiene la atribución de designar al personal y cargos de con fi anza, de conformidad con la legislación vigente; Con el visado de la Gerencia General y de las O fi cinas de Planeamiento y Presupuesto, Administración y de Asesoría Jurídica, así como de la Unidad de Personal; y, De conformidad con las atribuciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR al ingeniero ESTEBAN MARIO BERTARELLI BUSTAMANTE en el cargo de confi anza de Director de la O fi cina de Administración del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET. Artículo 2.- NOTIFICAR el presente acto resolutivo a las Unidades Orgánicas del INGEMMET y al interesado, para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET: www.gob.pe/ingemmet. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS HUMBERTO CHIRIF RIVERA Presidente Ejecutivo 2443780-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA Índices de Precios al Consumidor a Nivel Nacional y de Lima Metropolitana, correspondientes al mes de setiembre 2025 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 211-2025- INEI Lima, 30 de setiembre de 2025 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29438, modi fi ca el Art. 10º del Decreto Legislativo Nº 502, estableciendo que el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) publicará en el diario ofi cial “El Peruano” y difundirá por cualquier medio válido a su alcance, a los organismos del Estado y a cualquier persona natural o jurídica interesada, el primer día útil del mes siguiente al que corresponda y con carácter de norma legal, la variación mensual que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor en el ámbito del nivel nacional y el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 685-2010- EF/10, se designó a los integrantes de la Comisión Especial, conformada por tres representantes del Banco Central - BCRP; del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF y del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, encargada de fi jar una metodología para construir un indicador estadísticamente con fi able para la medición del Índice de Precios al Consumidor (IPC) en el ámbito del nivel nacional; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos del Instituto Nacional de Estadística e Informática, ha elaborado el cálculo del Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional, aplicando la metodología aprobada por la referida Comisión Especial, por lo que es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual del Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional y del Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, correspondientes al mes de setiembre 2025 y la variación acumulada, así como aprobar su publicación en el Boletín Mensual; y Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística, Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE:Artículo 1 .- Aprobar el Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional (Base: Dic. 2021 = 100) correspondiente al mes de setiembre 2025, así como su Variación Porcentual Mensual y Acumulada. AÑO / MESNÚMERO ÍNDICE BASE: Dic. 2021= 100VARIACIÓN PORCENTUAL MENSUAL ACUMULADA 2025 ENERO FEBREROMARZOABRILMAYOJUNIOJULIOAGOSTOSETIEMBRE114,30 114,44115,31115,66115,60115,69115,89115,67115,71-0,08 0,12 0,76 0,30 -0,05 0,08 0,18 -0,20 0,04-0,08 0,04 0,80 1,10 1,05 1,13 1,31 1,11 1,15 Artículo 2 .- Aprobar el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana (Base: Dic. 2021 = 100), correspondiente al mes de setiembre 2025, así como su Variación Porcentual Mensual y Acumulada. AÑO / MESNÚMERO ÍNDICE BASE: Dic. 2021 = 100VARIACIÓN PORCENTUAL MENSUAL ACUMULADA 2025 ENERO FEBREROMARZOABRILMAYOJUNIOJULIOAGOSTOSETIEMBRE114,07 114,28115,21115,57115,51115,66115,92115,59115,60 -0,09 0,19 0,81 0,32 -0,06 0,13 0,23 -0,29 0,01-0,09 0,09 0,91 1,231,171,301,531,241,25 Artículo 3 .- Aprobar la publicación del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información O fi cial del Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional, y del Índice de Precios al Consumidor de