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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (02/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Jueves 2 de octubre de 2025 El Peruano / “Recursos Ordinarios”, contando para ello con la aprobación de la Presidencia Ejecutiva; Que, en el marco del Programa Presupuestal “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”, en el año 2025, DEVIDA suscribió una adenda al convenio de cooperación interinstitucional con el Poder Judicial del Perú para la ejecución de la precitada actividad, hasta por la suma de DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS DIECISÉIS Y 00/100 SOLES (S/ 225,916.00), cuyo fi nanciamiento se efectuará a través de transferencia fi nanciera; Que, la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, ha emitido los Informes Nos 000251-2025-DV-OPP-UPTO y 000256-2025-DV-OPP-UPTO, informes previos favorables que dispone el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; asimismo, se ha emitido la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 0000002698, y la respectiva conformidad del plan operativo de la actividad; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la precitada norma legal, la entidad ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de la Actividad detallada en el Anexo Nº 1, de conformidad con el plan operativo aprobado por DEVIDA, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otras inversiones, actividades y/o gastos administrativos; Con los visados de la Gerencia General, los Responsables de la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Promoción y Monitoreo, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la Ofi cina General de Administración y la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM. SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia fi nanciera hasta por la suma total de DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS DIECISÉIS Y 00/100 SOLES (S/ 225,916.00), para fi nanciar la actividad a favor de la entidad ejecutora que se detalla en el Anexo Nº 1, que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que la transferencia fi nanciera autorizada por el Artículo Primero, se realice con cargo al presupuesto del año fi scal 2025 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, correspondiente a la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios”. Artículo Tercero.- RATIFICAR que la entidad ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de la actividad descrita en el Anexo Nº 1 de la presente resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otras inversiones, actividades y/o gastos administrativos, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 13.3 del artículo 13 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, sea la encargada de efectuar el monitoreo y seguimiento de las metas para las cuales fueron entregados los recursos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 13.3 del artículo 13 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025. Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente resolución a la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Promoción y Monitoreo, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y a la O fi cina General de Administración para los fi nes correspondientes, así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fi n que proceda a gestionar la publicación del presente acto resolutivo en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional de DEVIDA.Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ANTONIO FIGUEROA HENOSTROZA Presidente Ejecutivo ANEXO Nº 1 TRANSFERENCIA FINANCIERA DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL “GESTIÓN INTEGRADA Y EFECTIVA DEL CONTROL DE OFERTA DE DROGAS EN EL PERÚ” NºENTIDAD EJECUTORAUNIDAD EJECUTORAÓRGANO JURISDICCIONAL (UNIDAD ESPECIALIZADA)NOMBRE DE LA ACTIVIDADMONTO DE LA TRANS- FERENCIA HASTA S/ 1PODER JUDICIAL DEL PERÚ001-12: GERENCIA GENERAL DEL PODER JUDICIALCORTE SUPERIOR NACIONAL DE JUSTICIA PENAL ESPECIALIZADA.TRANSFERENCIAS PARA LAS OPERACIONES CONJUNTAS PARA EL CONTROL DE LA OFERTA DE DROGAS.225,916.00 TOTAL 225,916.00 2444232-1 Autorizan transferencia financiera para financiar Inversión a favor de la Municipalidad Distrital de Honoria RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 000179-2025-DV-PE Mira fl ores, 30 de setiembre del 2025 VISTO:El Memorando Nº 002492-2025-DV-DATE, mediante el cual la Dirección de Articulación Territorial remite el Anexo Nº 1 que detalla la Inversión, entidad ejecutora e importe a ser transferido, y; CONSIDERANDO:Que, el literal a) del artículo 4º del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el literal c) del numeral 13.1 del artículo 13º de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza a DEVIDA en el presente año fi scal, a realizar de manera excepcional, transferencias fi nancieras en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas”, y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”; precisándose en el numeral 13.2 del referido artículo, que dichas transferencias fi nancieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, el numeral 13.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que trans fi ere los recursos en virtud al numeral 13.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales fueron