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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (02/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Jueves 2 de octubre de 2025 El Peruano / disposiciones establecidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, debido a que la Resolución Administrativa N° 000351-2025-CE-PJ que aprobó la implementación del tercer tramo del Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral fue noti fi cada el viernes 19 de setiembre de 2025 y la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, pese a contar, desde el lunes 22 de setiembre de 2025, con el Informe N° 000175-2025-CEP-UPD-GAD-CSJLI-PJ del coordinador de Estudios y Proyectos de dicha Unidad, elevó recién las propuestas el jueves 25 de setiembre de 2025 a la Presidencia de dicha Corte Superior de Justicia con el O fi cio N° 001671-2025-UPD-GAD-CSJLI-PJ, es decir, faltando tres (03) días hábiles para el inicio de funcionamiento de dicho módulo, teniendo que remitir dicha Presidencia de Corte el O fi cio N° 002139-2025-P-CSJLI-PJ en esta última fecha a la O fi cina de Productividad Judicial con conocimiento de la Secretaría Técnica del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil. Artículo Tercero.- Disponer que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, a partir de la fecha, evalúe la permanencia de los jueces supernumerarios y/o provisionales y personal jurisdiccional contratado a plazo fi jo, de los juzgados civiles permanentes y/o transitorios que a la fecha han venido presentando, y a futuro registren un bajo nivel resolutivo, a fi n de asegurar un adecuado desempeño en la descarga procesal; y disponga las medidas para que las áreas técnicas correspondientes efectúen un monitoreo mensual del avance en la liquidación de expedientes del sistema tradicional, debiendo remitir sus informes mensuales a la O fi cina de Productividad Judicial. Artículo Cuarto.- Notifi car la presente resolución a la presidenta del Poder Judicial, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, consejero responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, O fi cina de Productividad Judicial, Corte Superior de Justicia de Lima; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JANET TELLO GILARDI Presidenta Consejo Ejecutivo 2444164-1 Aprueban ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en diversas Cortes Superiores de Justicia Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000363-2025-CE-PJ Lima, 30 de setiembre del 2025VISTO: El O fi cio Nº 000094-2025-P-CT-EJE-PJ cursado por la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que, la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, mediante O fi cio Nº 000094-2025-P-CT-EJE-PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la aprobación de la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y Mesa de Partes Electrónica (MPE) en las Cortes Superiores de Justicia de Amazonas, Ancash, Arequipa, Huánuco, Junín, La Libertad y Lambayeque, para la especialidad Laboral – Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT); además, en las Cortes Superiores de Justicia de Apurímac y Lambayeque para la especialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas Niños y Adolescentes; así como en las Cortes Superiores de Justicia de Santa y Ucayali para la especialidad Familia Tutelar subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar; y la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y Mesa de Partes Electrónica (MPE) en las Cortes Superiores de Justicia de Lambayeque y Loreto para la especialidad Laboral subespecialidad Contencioso Administrativo Laboral y Previsional (PCALP) y en las Cortes Superiores de Justicia de Amazonas, Ancash, Ica, Pasco y Piura, para la especialidad Civil subespecialidad Comercial. Segundo. Que, el Expediente Judicial Electrónico promovido por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es parte del fortalecimiento de la transformación digital del Poder Judicial; previsto como Objetivo Estratégico (OEI 0.5) del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 000136-2021-P-PJ y modi fi cado mediante Resolución Administrativa Nº 000052-2024-P-PJ. En ese sentido, el Expediente Judicial Electrónico desde su lanzamiento en el 2017 mediante la Resolución Administrativa Nº 005-2017-CE- PJ, hasta la fecha, viene impulsando el uso de las nuevas Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos judiciales, a efecto de asegurar la celeridad y la transparencia en la solución de los con fl ictos que están a cargo de los órganos jurisdiccionales en concordancia con los objetivos estratégicos del Plan Estratégico Institucional del Poder Judicial. Tercero . Que, el Plan Anual de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (EJE) para el periodo 2025 considera acciones organizadas en dos grupos: I) Procesos jurisdiccionales se ejecutan en medios virtuales y con menor desplazamiento de usuarios y elevada disposición al uso de Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos jurisdiccionales y administrativos; II) E fi caz soporte de los procesos de decisión e información para los servicios judiciales que brinda el Poder Judicial. Cuarto. Que, la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico desde su conformación, a través de su Secretaría Técnica, ha venido desarrollando actividades de implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en treinta y cinco Cortes Superiores de Justicia, concretado en mil cuatrocientos cuarenta y cinco órganos jurisdiccionales que ya disponen de los bene fi cios del Expediente Judicial Electrónico, en las especialidades: Laboral-Nueva Ley Procesal del Trabajo, Laboral - subespecialidad Contencioso Administrativo Laboral y Previsional, Contencioso Administrativo subespecialidades Tributario, Aduanero y Temas de Mercado, Civil subespecialidad Comercial y Civil-Litigación Oral, Procesos de Amparo en materia Constitucional, así como en Familia en la subespecialidad Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar y Familia Civil – Proceso Único en materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes. El número de órganos jurisdiccionales incluye trece órganos jurisdiccionales correspondientes a la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada – etapa intermedia, en atención a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 000138-2020-P-CE-PJ y la implementación del Expediente Judicial Electrónico en tres órganos jurisdiccionales de la Corte Suprema de Justicia de la República: la Sala Penal Permanente, Sala Penal Especial y el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, aprobada por el Consejo Ejecutivo mediante Resolución Administrativa Nº 000135-2022-P-CE-PJ, totalizándose a dieciséis órganos jurisdiccionales implementados con el Expediente Judicial Electrónico en la especialidad penal. Los logros expuestos se encuentran en el Portal de Transparencia Estándar del Poder Judicial, con el propósito de contribuir a la mejora de la gestión; así como articular el cumplimiento de las actividades operativas con las acciones y objetivos estratégicos del Plan Estratégico, en cumplimiento a Resolución Administrativa Nº 000260-2023-P-PJ. Quinto. Que, los resultados obtenidos por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, que promueve la implementación del Expediente Judicial Electrónico y cuyos objetivos están enmarcados en