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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (10/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 85

85 NORMAS LEGALES Viernes 10 de octubre de 2025 El Peruano / designó a la abogada Emérita Benita Reyes Murillo, fi scal provincial titular en lo penal del Cono Norte, Distrito Judicial del Cono Norte, actualmente Distrito Fiscal de Lima Norte, en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lima Norte. A través del o fi cio Nº 009952-2025-MP-FN- PJFSLIMANORTE, de fecha 28 de agosto de 2025, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte eleva al Despacho de la Fiscalía de la Nación la carta presentada en fecha 27 de agosto de 2025, suscrita por la abogada Emérita Benita Reyes Murillo, quien presenta su renuncia al cargo de fi scal provincial titular en lo penal del Cono Norte, Distrito Judicial del Cono Norte, actualmente Distrito Fiscal de Lima Norte, y a su designación en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lima Norte, por motivos personales, señalando como último día de labores el 30 de septiembre de 2025. Con Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 046-2025-MP-FN-JFS, de fecha 22 de septiembre de 2025, se aceptó la renuncia formulada por la abogada Emérita Benita Reyes Murillo al cargo descrito en el párrafo precedente, a partir del 1 de octubre de 2025. Del reporte de quejas y denuncias emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, de fecha 30 de septiembre de 2025, se advierte que la citada abogada registra 5 quejas en trámite por irregularidad en el ejercicio de sus funciones. El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fi scal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales). El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que “la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción”. En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente que dé por concluida, con e fi cacia anticipada, la designación de la fi scal renunciante; en atención al marco normativo antes citado y considerando lo señalado en el informe Nº 0045-2025-MP-FN-OREF- EBRV de fecha 30 de septiembre de 2025. De conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la abogada Emérita Benita Reyes Murillo, fi scal provincial titular en lo penal del Cono Norte, Distrito Judicial del Cono Norte, actualmente Distrito Fiscal de Lima Norte, en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lima Norte, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2172-2018-MP-FN, de fecha 27 de junio de 2018; con e fi cacia anticipada, a partir del 1 de octubre de 2025, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para la cancelación del título otorgado a la abogada Emérita Benita Reyes Murillo mediante la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 932-2003-CNM, de fecha 22 de diciembre de 2003.Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento a la abogada Emérita Benita Reyes Murillo que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Cuarto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación (i) 2446601-5 Nombran fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3060-2025-MP-FN Lima, 9 de octubre de 2025 VISTOS: El ofi cio Nº 011403-2025-MP-FN-PJFSLIMA e informe Nº 0227-2025-MP-FN-OREF-YGRC, y; CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro eleva la propuesta en terna para ocupar el cargo de fi scal adjunto provincial en el 2° Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Santiago de Surco-Barranco. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley Nº 31718, señala que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido, es necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar al abogado José Ernesto Soto Santos, para que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal adjunto provincial en el 2° Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Santiago de Surco-Barranco; en