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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (13/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Sábado 13 de setiembre de 2025 El Peruano / VERTICE LADO ESTE NORTEANGULO INTERNODISTANCIA V1 V1-V2 302449.5107 8827321.3452 89º 18´54´´ 82.40 V2 V2-V3 302482.5881 8827245.8806 92º 19´15´´ 14.74 V3 V3-V4 302469.3383 8827239.4212 88º 4´10´´ 50.28 V4 V4-V5 302448.8419 8827285.3296 269º 16´4´´ 29.65 V5 V5-V6 302421.6185 8827273.5903 90º 21´27´´ 32.01 V6 V6-V1 302408.7618 8827302.9004 90º 40´9´´ 44.73 Artículo 3.- Establecer que para ejecutar alguna obra o intervención al bien cultural se debe considerar el mecanismo de autorización y supervisión dispuesto por el Ministerio de Cultura, conforme lo dispuesto en el numeral 22.1 del artículo 22 de la Ley N° 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación bajo la responsabilidad a que hubiere lugar. Artículo 4.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble iniciar los trámites para la inscripción en la Partida N° 08000678, la condición de monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación del inmueble declarado como tal en el artículo 1 de la presente resolución, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación. Artículo 5.- Notifi car la resolución a los propietarios, así como a la Municipalidad Provincial de Oyón. Artículo 6.- Disponer la publicación de la resolución en el diario o fi cial El Peruano, así como en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe), en este último caso, conjuntamente con la propuesta técnica, la Lámina DBI-01, la Ficha de Información Básica y sus anexos. Regístrese, comuníquese y publíquese.MOIRA ROSA NOVOA SILVA Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 2437681-1 Inscriben a ciudadanos y ciudadanas en el Registro Nacional de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias del Ministerio de Cultura RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000021-2025- DGPI-VMI/MC San Borja, 10 de setiembre del 2025VISTO: el Informe N° 000135-2025-DLI-DGPI-VMI/ MC de la Dirección de Lenguas Indígenas; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 48 de la Constitución Política del Perú establece que son idiomas o fi ciales el castellano y, en las zonas donde predominen, también lo son el quechua, el aimara y las demás lenguas aborígenes, según la ley; Que, en concordancia con el marco constitucional, los literales c) y g) del numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú, disponen que son derechos de toda persona usar su lengua indígena u originaria en los ámbitos público y privado, así como gozar y disponer de los medios de traducción directa o inversa que garanticen el ejercicio de sus derechos en todo ámbito; Que, el numeral 4 del artículo 5 y el numeral 16.1 del artículo 16 del Reglamento de la Ley N° 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2016-MC, establecen que, en materia de lenguas indígenas u originarias, el Ministerio de Cultura es el encargado de administrar el Registro Nacional de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias; Que, mediante el Decreto Supremo N° 002-2015-MC se crea el Registro Nacional de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias del Ministerio de Cultura, el que, a su vez, está integrado por el Registro de Intérpretes de Lenguas Indígenas u Originarias para procesos de consulta previa y por el Registro de Intérpretes de Lenguas Indígenas u Originarias; Que, el artículo 2 del citado Decreto Supremo N° 002-2015-MC dispone que la fi nalidad del Registro Nacional de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias es incorporar a ciudadanos y ciudadanas hablantes de lenguas indígenas u originarias del Perú, debidamente acreditados en interpretación y/o traducción de lenguas indígenas u originarias por el Ministerio de Cultura, para la prestación de servicios de interpretación y/o traducción en lenguas indígenas u originarias, lo que permitirá garantizar adecuadamente los derechos lingüísticos de los hablantes de lenguas indígenas u originarias en los ámbitos público y privado, con pertinencia cultural y lingüística y libre de toda forma de discriminación; Que, a través del Informe N° 000135-2025-DLI-DGPI- VMI/MC, la Dirección de Lenguas Indígenas señala que se han cali fi cado cuarenta y cinco solicitudes de ciudadanos y ciudadanas que aprobaron satisfactoriamente el vigésimo cuarto Curso de Formación de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias realizado en la ciudad de Abancay, departamento de Apurímac, entre los meses de mayo y julio de 2025, recomendando proceder con su inscripción en el Registro Nacional de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias del Ministerio de Cultura de conformidad con la categoría asignada, por lo que resulta necesario emitir el acto correspondiente; Con el visto de la Dirección de Lenguas Indígenas;De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú y el Decreto Supremo N° 002-2015-MC que crea el Registro Nacional de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1.- INSCRIBIR en el Registro Nacional de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias del Ministerio de Cultura a los/las ciudadanos/as que se indica, de acuerdo con el detalle siguiente: N° NOMBRES Y APELLIDOS LENGUA VARIEDAD CATEGORÍAS 1ALEX RODOLFO YANAC HUACANCAquechua Áncash Traductor e intérprete 2ALICIA JOVITA CISNEROS QUISPEquechua Chanka Traductora e intérprete 3ANTHONY RODRIGO TUEROS FERNANDEZquechua Chanka Traductor e intérprete 4ANTONIA SOLEDAD JIMENEZ CUTIPAaimara Puno Traductora e intérprete 5CARLOS PAUCAR PALOMINOquechuaCusco CollaoTraductor e intérprete 6CARLOS FERNANDO MOISES ZARABIAquechua Chanka Traductor e intérprete 7CASILDA NANCI ATAUCHI MENDOZAquechuaCusco CollaoTraductora e intérprete 8CINTIA VARGAS LIMASCCAquechua Chanka Traductora e intérprete 9DAVID OSWALDO CALISAYA HUANCHIaimara Puno Traductor e intérprete 10DELIA MAMANI AN- CONEIRAquechuaCusco CollaoTraductora e intérprete 11DELSY LYSBETH SANCHEZ PARIquechuaCusco CollaoTraductora e intérprete 12EMILIA ANGELICA HUANCA CONDORIaimara Tacna Traductora 13ERIKA GABRIELA SUAREZ FLORESquechua Chanka Traductora e intérprete 14EVAMARISOL SALAS SUAREZquechuaCusco CollaoTraductora e intérprete