NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (13/09/2025)
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31 NORMAS LEGALES Sábado 13 de setiembre de 2025 El Peruano / Viceministerial N° 000001-2025-VMPCIC-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Huaca Ipanaqué, ubicado en el distrito de Mochumí, provincia y departamento de Lambayeque, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo plazo. Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 001-2025-UE005-MNB-JMF/MC de fecha 09 de junio de 2025, así como en los Informes N° 001295-2025/DSFL- DGPA-VMPCIC/MC, Informe N° 000151-2025-DSFL- DGPA-VMPCIC-MDR/MC y en el Plano Perimétrico con código P-001-MNB-2025; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura de Lambayeque, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA Paralización y/o cese de la afectación:xNotificar a los responsables de las afecta- ciones (señor Abelardo Jibaja Pérez y señora Santos Eliana Barrantes Mundaca con domi-cilio en calle Juan Cuglievan N° 1037 – Chi-clayo), para que se abstengan de continuar afectando el sitio arqueológico, exhortándoles a la paralización de cualquier actividad que pretendan realizar sobre el mismo. Comunicar a la Municipalidad Distrital de Mochumí, la condic ión cultural e intangible del sitio arqueológico para que lo tengan en cuenta en las actividades que dicha entidad realice por la zona.. Señalización: xSe debe proceder a la colocación de hitos y paneles informativos sobre su intangibilidad, de ser el caso, con el apoyo de la Municipali-dad Distrital de Mochumí. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Lambayeque, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto. - DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (https://www.gob.pe/cultura ). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Mochumi a fi n de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 001-2025-UE005-MNB- JMF/MC de fecha 09 de junio de 2025, el Informe N° 001295-2025/DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, Informe N° 000151-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC e Informe Nº 000326-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código P-001-MNB-2025, los cuales se publican en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (https://www.gob.pe/cultura )para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSE ALDAVE SERNA Director GeneralDirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2437593-1 DEFENSA Autorizan viaje de personal de la Fuerza Aérea del Perú a Brasil, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 01129-2025-DE Lima, 10 de setiembre del 2025 VISTOS: El O fi cio EXTRA FAP N° 003418-2025-SECRE/ FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio N° 02110-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 01767-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, a través del O fi cio FAP N° 000103-2025-AGBRA/ FAP, el Agregado Aéreo a la Embajada del Perú en la República Federativa de Brasil comunica a la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú las fechas previstas para la realización de la visita académica del personal de los programas académicos: Programa de Alto Mando (PAM) y Programa de Comando y Estado Mayor (PCEM) de la Escuela Superior de Guerra Aérea de la Fuerza Aérea del Perú, a realizarse en la República Federativa de Brasil; Que, con O fi cio Extra FAP N° 003418-2025-SECRE/ FAP, la Fuerza Aérea del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal FAP del Programa de Alto Mando (PAM) y del Programa de Comando y Estado Mayor (PCEM) de la Escuela Superior de Guerra Aérea de la Fuerza Aérea del Perú, que participará en la visita profesional de estudios, a realizarse en la ciudad de Sao Paulo, República Federativa de Brasil, autorizando la salida y retorno al país del personal FAP del PAM del 14 al 17 de setiembre de 2025; y la salida y retorno al país del personal FAP del PCEM del 22 al 25 de setiembre de 2025, sin que el día de retorno genere gasto alguno al Tesoro Público; Que, a través del citado documento, la Institución Armada remite el Informe Técnico Legal N° 057-DEAJ 2025; la Hoja de Gastos N° 133 DGVC-ME/SIAF-RP; así como la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000000004 que garantiza el fi nanciamiento correspondiente; Que, mediante la Exposición de Motivos, la Institución Armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del citado personal, por cuanto, permitirá contar con personal califi cado lo cual repercutirá en bene fi cio de la Institución haciéndola más competente en relación a las Fuerzas Aéreas de la Región; Que, conforme a lo indicado en el acotado documento, se precisa que el personal participante en la presente actividad será trasladado en aeronave de la Fuerza Aérea del Perú, tanto de ida como de retorno; asimismo, el personal del PAM arribará a la República Federativa de Brasil el día 14 de setiembre de 2025, por lo que, corresponde otorgar viáticos por alimentación