NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (16/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 100
TEXTO PAGINA: 52
52 NORMAS LEGALES Martes 16 de setiembre de 2025 El Peruano / una entidad descentralizada de derecho público que goza de autonomía conforme a su Ley Orgánica; Que, el artículo 16 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, establece que esta Entidad Fiscalizadora Superior cuenta con autonomía administrativa, funcional, económica y fi nanciera, teniendo por misión dirigir y supervisar con efi ciencia y e fi cacia el control gubernamental, orientando su accionar al fortalecimiento y transparencia de la gestión de las entidades, la promoción de valores y la responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos, así como, contribuir con los Poderes del Estado en la toma de decisiones y con la ciudadanía para su adecuada participación en el control social; Que, conforme al literal a) del artículo 32 de la Ley N° 27785, el Contralor General de la República, en el desempeño de su gestión, está facultado para determinar la organización interna de esta Entidad Fiscalizadora Superior; Que, a través de Resolución de Contraloría N° 274- 2025-CG, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, modi fi cado por la Resolución de Contraloría N° 320-2025- CG, estableciendo los órganos y unidades orgánicas de esta Entidad Fiscalizadora Superior, y sus respectivas funciones; Que, los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, y sus modi fi catorias, aplicables a los organismos constitucionalmente autónomos en los aspectos no contemplados o que no se opongan a lo establecido en sus leyes orgánicas, prevén como su fi nalidad que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fi n de responder a las necesidades públicas, en bene fi cio de la ciudadanía, regulando los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; Que, el literal c) del numeral 46.1 del artículo 46 de los citados Lineamientos, prevé como supuesto de modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones, cuando se reasignen o modi fi quen funciones sin que se afecte la estructura orgánica; Que, de otro lado, según lo previsto en el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretende retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción”. Además, el segundo párrafo del numeral 7.1 del artículo 7 del mismo cuerpo normativo establece que el régimen de efi cacia anticipada de los actos administrativos también es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna, siempre que no se violen normas de orden público ni se afecte a terceros; Que, con base en el principio de predictibilidad o de confi anza legítima, de conformidad con los documentos de visto, emitidos por la Subgerencia de Modernización y la Gerencia de Modernización y Planeamiento, se propone la modi fi cación del artículo 61 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, en razón de que se ha identi fi cado la necesidad de fortalecer las competencias de la Gerencia de Gestión de Proyectos, con e fi cacia anticipada al 8 de setiembre de 2025; Que, estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante Memorando N° 000951-2025-CG/GJNC, y de conformidad a lo expuesto en la Hoja Informativa N° 000694-2025-CG/AJ de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que modi fi ca el artículo 61 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, con e fi cacia anticipada al 8 de setiembre de 2025; conforme a la propuesta formulada por la Subgerencia de Modernización, que cuenta con la conformidad de la Gerencia de Modernización y Planeamiento; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car, con e fi cacia anticipada al 8 de setiembre de 2025, el artículo 61 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado mediante Resolución de Contraloría N° 274-2025-CG, modi fi cado por la Resolución de Contraloría N° 320-2025-CG, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Publicar la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, y a su vez ésta con su Anexo en el Portal del Estado Peruano (https://www.gob.pe/ contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI Contralor General de la República 2438596-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional Agraria La Molina para participar en evento a realizarse en Ecuador UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA RECTORADO RESOLUCIÓN Nº 0577-2025 -R-UNALM La Molina, 8 de setiembre de 2025CONSIDERANDO:Que, el Comité Organizador del “XVI Congreso Latinoamericano de Sociedades de Estadística (CLATSE 2025) hace extensiva la invitación al Mg. Jesús Walter Salinas Flores, docente de la Facultad de Economía y Plani fi cación de la Universidad Nacional Agraria La Molina (UNALM), a fi n de que participe como expositor de su artículo de investigación titulado: “Tratamiento de Clases Desbalanceadas usando el algoritmo de detección de anomalías Isolation Forest”, el cual ha sido aceptado en el citado congreso; y, que se llevará a cabo del 20 al 24 de octubre de 2025, en la Ponti fi ca Universidad Católica del Ecuador, en Quito, Ecuador; Que, mediante Resolución Nº 0375-2025/D-FEP, de fecha 19 de agosto de 2025, la Facultad de Economía y Plani fi cación resuelve otorgar Comisión de Servicios, del 20 al 24 de octubre de 2025, al Mg. Jesús Walter Salinas Flores, Profesor Principal a Tiempo Completo en el Departamento Académico de Estadística e Informática, a fi n de que asista al “XVI Congreso Latinoamericano de Sociedades de Estadística (CLATSE 2025)” y participe como expositor de su artículo de investigación mencionado en el considerando precedente; Que, con Comunicación Nº 0592-2025/FEP, de fecha 20 de agosto de 2025, el decano de la Facultad de Economía y Plani fi cación solicita al vicerrector académico de la UNALM, el apoyo económico para cubrir los gastos de viáticos del Mg. Jesús Walter Salinas Flores, a fi n de que participe en el “XVI Congreso Latinoamericano de Sociedades de Estadística (CLATSE 2025); Que, con Comunicación Nº 298/25 VR.AC, de fecha 08 de setiembre de 2025, el vicerrector académico hace de conocimiento que asumirá a través de la unidad operativa 02.100.04.00 “Apoyo a la Enseñanza y Material Didáctico”, los gastos de viáticos del Mg. Jesús Walter