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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (27/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Sábado 27 de setiembre de 2025 El Peruano / Casilla Electrónica, aprobado con la Resolución N° 117- 2025-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. BURNEO BERMEJO MAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRY TORRES CORTEZ OYARCE YUZZELLIClavijo Chipoco Secretaria General 1 Segundo párrafo del numeral 4 de la parte considerativa de la Resolución N° 539-2013-JNE. 2 Aprobado mediante la Resolución N° 117-2025-JNE, publicada el 19 de abril de 2025 en el diario oficial El Peruano. 2443002-1 Declaran nulo lo actuado a partir del acto de notificación de citación a sesión extraordinaria, y, en consecuencia, nulos los actos posteriores que se hayan emitido en procedimiento de vacancia seguido contra regidores del Concejo Distrital de Pueblo Nuevo, provincia de Chincha, departamento de Ica; y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN Nº 0353-2025-JNE Expediente Nº JNE.2023002850 PUEBLO NUEVO - CHINCHA - ICAVACANCIA TRASLADO Lima, 26 de agosto de 2025VISTO: el O fi cio Nº 356-2025-GM/MDPN, presentado el 4 de agosto de 2025, por don Juan Víctor Rojas Astohuamán, gerente municipal de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, provincia de Chincha, departamento de Ica (en adelante, señor gerente municipal), mediante el cual remitió documentación relacionada con el procedimiento de vacancia en contra de don Ángel Jonathan Vega Valentín, don Edwin Jeanpier Aburto Saravia y doña Lizett Amelia Torres Baca, regidores de la citada comuna (en adelante, señores regidores), por la causal de ejercicio de funciones o cargos ejecutivos o administrativos, prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). ANTECEDENTES 1.1. Con el Auto Nº 1, del 2 de noviembre de 2023, se dispuso trasladar al Concejo Distrital de Pueblo Nuevo la solicitud de vacancia presentada por don Alberto Rolando Mel Facho (en adelante, señor recurrente) en contra de los señores regidores, por la causal de ejercicio de funciones o cargos ejecutivos o administrativos, prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la LOM. 1.2. Mediante el O fi cio Nº 003193-2023-SG/JNE, del 1 de diciembre de 2023, se remitió al Concejo Distrital de Pueblo Nuevo documentación presentada por el señor recurrente. 1.3. A través del O fi cio Nº 001-2024-MDPN/A, presentado el 4 de enero de 2024, don Abel William Sánchez Cahuana, alcalde de la referida entidad edil (en adelante, señor alcalde), remitió los cargos de la notifi cación del Auto Nº 1, dirigida a los miembros del referido concejo municipal. 1.4. Por medio del O fi cio Nº 002667-2024-SG/JNE, del 4 de octubre de 2024, se solicitó al señor alcalde que informe documentadamente sobre las acciones realizadas por el concejo edil a fi n de resolver el pedido de vacancia presentado por el señor recurrente. 1.5. A través del Auto Nº 2, del 10 de junio de 2025, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones requirió al señor alcalde, y al gerente municipal de la citada comuna para que, en el plazo máximo de tres (3) días hábiles, luego de noti fi cado el citado auto, cumplan con remitir los documentos señalados en el considerando 2.2. del citado auto, según corresponda; bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de remitir copias de los actuados a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a efectos de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno para que evalúe las conductas de cada cual, y proceda de acuerdo con sus atribuciones. 1.6. Mediante O fi cio Nº 356-2025-GM/MDPN, presentado el 4 de agosto de 2025, el señor gerente municipal remitió los siguientes documentos: a) Cargo de convocatoria a sesión extraordinaria de concejo y el cargo de noti fi cación al solicitante de la vacancia. b) Descargos de don Ángel Jonathan Vega Valentín y don Edwin Jeanpier Aburto Saravia. c) Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo, del 18 de enero de 2024, el O fi cio Nº 003193-2023-SG/JNE, y el Acuerdo de Concejo Nº 007-2024/MDPN. d) Cargos de noti fi cación del Acuerdo de Concejo Nº 007-2024/MDPN. e) Constancia Nº 003-2025-MDPN/S.G., del 9 de julio de 2025, que declara consentido el citado acuerdo de concejo. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú 1.1. El numeral 4 del artículo 178 establece: Artículo 178.- Atribuciones del Jurado Nacional de Elecciones Compete al Jurado Nacional de Elecciones:[…] 4. Administrar justicia en materia electoral. En la LOM1.2. El tercer y cuarto párrafo del artículo 13 determinan lo siguiente: Artículo 13.- Sesiones del concejo municipal […] En la sesión extraordinaria solo se tratan los asuntos prefi jados en la agenda; tiene lugar cuando la convoca el alcalde o a solicitud de una tercera parte del número legal de sus miembros. En el caso de no ser convocada por el alcalde dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la petición, puede hacerlo el primer regidor o cualquier otro regidor, previa notifi cación escrita al alcalde. Entre la convocatoria y la sesión mediará cuando menos un lapso de 5 (días) hábiles [resaltado agregado]. 1.3. El artículo 19 señala: Artículo 19.- Noti fi cación El acto de noti fi cación tiene por objeto poner en conocimiento de los interesados el contenido de lo acordado o resuelto por los órganos de gobierno y de administración municipal. Los actos administrativos o de administración que requieren de noti fi cación solo producen efectos en virtud de la referida noti fi cación hecha con arreglo