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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (27/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Sábado 27 de setiembre de 2025 El Peruano / en el domicilio registrado en el documento nacional de identidad. SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. Acreditada la causal de vacancia prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la LOM (ver SN 1.1.), conforme al acta de defunción del señor regidor, remitida por el señor alcalde 3, corresponde dejar sin efecto la credencial que le fuera otorgada y convocar a la nueva autoridad, acorde con el artículo 24 de la LOM (ver SN 1.2.) y la jurisprudencia del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (ver SN 1.3.). 2.2. En ese sentido, se debe de convocar a don Daniel Vilca Huamán, identi fi cado con DNI Nº 75485394, candidato no proclamado de la organización política Alianza para el Progreso, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Choras, a fi n de completar el número de integrantes del referido concejo por el periodo de gobierno municipal 2023-2026. 2.3. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 23 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Yarowilca, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.4. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse según lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento (ver SN 1.4.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Vidal Javier Vilca como regidor del Concejo Distrital de Choras, provincia de Yarowilca, departamento de Huánuco, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, por la causal de muerte, prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. CONVOCAR a don Daniel Vilca Huamán, identi fi cado con DNI Nº 75485394, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Choras, provincia de Yarowilca, departamento de Huánuco, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales mediante Casilla Electrónica, aprobado con la Resolución Nº 117-2025-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.BURNEO BERMEJO MAISCH MOLINA RAMÍREZ CHÁVARRY TORRES CORTEZ OYARCE YUZZELLIClavijo Chipoco Secretaria General 1 Segundo párrafo del numeral 4 de la parte considerativa de la Resolución Nº 539-2013-JNE. 2 Aprobado mediante la Resolución Nº 117-2025-JNE, publicada el 19 de abril de 2025 en el diario oficial El Peruano. 3 Información corroborada con la consulta virtual del DNI Nº 77356775, correspondiente al señor regidor, realizada en el portal web del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. 2442996-1Declaran nulo todo lo actuado hasta el acto de notificación del Acuerdo de Concejo Nº 001-2025-MDPCH/CM, dirigido a regidora de la Municipalidad Distrital de Pampas Chico, provincia de Recuay, departamento de Áncash, en el procedimiento de vacancia seguido en su contra; y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN N° 0351-2025-JNE Expediente N° JNE.2025002991 PAMPAS CHICO - RECUAY - ÁNCASH VACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, 26 de agosto de 2025 VISTO: el O fi cio N° 0215-2025-MDPCH/A, recibido el 22 de julio de 2025, mediante el cual don Modesto Eulalio Rivera Juan de Dios, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pampas Chico, provincia de Recuay, departamento de Áncash (en adelante, señor alcalde), remitió documentación relacionada con la declaratoria de vacancia de doña Delsy Vilca Ramos, regidora de dicha comuna (en adelante, señora regidora), por la causal de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, establecida en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). ANTECEDENTES En el Expediente N° JNE.2024001408 1.1. Mediante los O fi cios N° 0110-2024-MDPCH/A y N° 0123-2024-MDPCH/A, presentados el 14 de mayo y el 3 de junio de 2024 respectivamente, el señor alcalde remitió la siguiente documentación relacionada con el procedimiento de vacancia de la señora regidora: a) Informe N° 015-2024-MDPCH/SG/EEHH, del 4 de abril de 2024, emitido por don Eduardo Eusebio Herrera Huamán, encargado de la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Pampas Chico (en adelante, encargado de la SG), sobre las inasistencias de la señora regidora a las sesiones ordinarias del 27 de febrero, 12 y 27 de marzo de 2024. b) Citaciones a las Sesiones Ordinarias N° 004-2024, N° 005-2024 y N° 006-2024, mediante las cuales se convocó a la señora regidora a dichas sesiones. c) Acta de Sesión Extraordinaria N° 01-2024, del Concejo Distrital de Pampas Chico, correspondiente al 30 de abril de 2024, con la cual se declaró procedente la solicitud de vacancia de la señora regidora. d) Acuerdo de Concejo N° 001-2024-MDPCH/CM, del 30 de abril de 2024, que formalizó la decisión edil adoptada. 1.2. En virtud de ello, a través de la Resolución N° 0176-2024-JNE, del 18 de junio de 2024, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones resolvió declarar la nulidad de todo lo actuado hasta la citación dirigida a la señora regidora, para que asista a la Sesión Extraordinaria N° 01-2024; asimismo, se requirió al señor alcalde y al secretario de la citada entidad edil que cumplieran con las actuaciones establecidas en sus considerandos 2 y 3, respectivamente, bajo apercibimiento de remitir copias de los actuados al Ministerio Público. 1.3. Por medio del O fi cio N° 0294-2024-MDPCH/A, presentado el 18 de octubre de 2024 (en virtud del requerimiento cursado mediante O fi cio N° 002487-2024- SG/JNE del 16 de setiembre de 2024), el señor alcalde remitió, entre otros, el Acta de Sesión Extraordinaria N° 02-2024 y el Acuerdo de Concejo N° 002-2024-MDPCH/ CM, del 16 de julio de 2024, con los cuales se declaró