NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (27/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 104
TEXTO PAGINA: 75
75 NORMAS LEGALES Sábado 27 de setiembre de 2025 El Peruano / resulta relevante el Expediente Nº 043-2025-77-0212-JR- PE-01, en el cual obra la Resolución Nº Dos, del 9 de julio de 2025, mediante la cual se le impuso una medida de detención preliminar vigente. Los otros dos procesos se encuentran actualmente en etapa de investigación. 2.3. Al respecto, el mandato de detención es un hecho incuestionable que impide al señor alcalde continuar ejerciendo, por el momento, su cargo en la Municipalidad Distrital de Sicsibamba, provincia de Sihuas, departamento de Áncash, puesto que le imposibilita desarrollar con normalidad las funciones que la ley le encomendó. Dicho impedimento implica la ausencia del representante legal y máxima autoridad administrativa de la entidad municipal. 2.4. Resulta importante tener en cuenta el severo impacto a la gobernabilidad y la estabilidad democrática que signi fi ca el mandato de detención, por cuanto genera incertidumbre no solo en los pobladores de la localidad, sino también entre las entidades públicas respecto de la autoridad que dirige la entidad edil. 2.5. Así, no se puede discutir ni desconocer la situación jurídico-penal del señor alcalde, sobre todo si la propia instancia judicial ha remitido la resolución correspondiente, que demuestra que dicha autoridad municipal se encuentra con un mandato de detención preliminar en el marco de la investigación seguida por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de homicidio simple. 2.6. La regulación procedimental de la suspensión de autoridades municipales debe ser interpretada atendiendo a la fi nalidad constitucional y legítima que persigue -esto es, garantizar la continuidad y el normal desarrollo de la gestión edil-, la cual podría entorpecerse por la imposibilidad material del señor alcalde de ejercer las funciones y las competencias propias de su cargo. 2.7. Asimismo, debe tenerse en cuenta que la comprobación de esta causal de suspensión es de naturaleza netamente objetiva, pues el hecho base que con fi gura su existencia está constituido, fundamentalmente, por una resolución emitida por un juez competente, expedida en el marco de un proceso judicial, en aplicación de la ley penal pertinente, y con respeto a los derechos y principios procesales amparados por ley, la cual debe ejecutarse indefectiblemente en el fuero electoral. 2.8. Por consiguiente, al acreditarse fehacientemente que el señor alcalde está incurso en la causal de suspensión prevista en el numeral 3 del artículo 25 de la LOM (ver SN 1.10.), se debe proceder conforme al Acuerdo de Concejo Municipal Nº 90-2025-MDS, de 22 de agosto de 2025. Por lo tanto, corresponde dejar sin efecto provisionalmente la credencial que se le otorgó al señor alcalde en tanto se resuelve su situación jurídica. 2.9. Por lo tanto, corresponde convocar a don Pedro Miki Reyes Méndez, identi fi cado con DNI Nº 40725268, primer regidor hábil que sigue en la misma lista electoral de la que proviene la autoridad suspendida (ver SN 1.8.), para que asuma, de modo provisional, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Sicsibamba, en tanto se resuelve la situación jurídica del alcalde suspendido, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal (ver SN 1.2., 1.4. y 1.9.). 2.10. Así, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 24 de la LOM, para completar el número de regidores, se debe respetar la precedencia establecida por ley y debe convocarse a don Olkers Ling Muñoz Sotomayor, identi fi cado con DNI Nº 48106019, candidato no proclamado de la organización política Movimiento Acción Nacionalista Peruano, a fi n de que asuma, de modo provisional, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Sicsibamba, en tanto se resuelve la situación jurídica del alcalde suspendido, para lo cual se le debe otorgar la credencial que lo faculte como tal. 2.11. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del 24 de octubre de 2022, remitida por el Jurado Electoral Especial de Pomabamba, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.12. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse según lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.11.).Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO , provisionalmente, la credencial otorgada a don Marcos Canuto Corzo López, alcalde de la Municipalidad Distrital de Sicsibamba, provincia de Sihuas, departamento de Áncash, en tanto se resuelve su situación jurídica en el marco del procedimiento de suspensión seguido en su contra, por el tiempo que dure el mandato de detención, conforme a la causal prevista en el numeral 3 del artículo 25 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. CONVOCAR a don Pedro Miki Reyes Méndez, identi fi cado con DNI Nº 40725268, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Sicsibamba, provincia de Sihuas, departamento de Áncash, en tanto se resuelve la situación jurídica de don Marcos Canuto Corzo López, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3. CONVOCAR a don Olkers Ling Muñoz Sotomayor, identi fi cado con DNI Nº 48106019, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Sicsibamba, provincia de Sihuas, departamento de Áncash, en tanto se resuelve la situación jurídica de don Marcos Canuto Corzo López, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales mediante Casilla Electrónica, aprobado con la Resolución Nº 117-2025-JNE; asimismo, para la presentación de escritos u otros documentos se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional, <www.jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.BURNEO BERMEJOMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYTORRES CORTEZOYARCE YUZZELLIClavijo Chipoco Secretaria General 1 Aprobado por la Resolución Nº 117-2025-JNE, publicada el 19 de abril de 2025 en el diario oficial El Peruano. 2442992-1 Declaran conformación de Jurados Electorales Especiales correspondientes al proceso de Elecciones Generales 2026 RESOLUCIÓN Nº 0452-2025-JNE Lima, 25 de setiembre de 2025VISTOS: los O fi cios Nº 001721-2025-P-CSJAM-PJ, Nº 000595-P-CSJAN-PJ, Nº 000605- 2025-P-CSJAP-PJ, Nº 000642-2025-P-CSJAR-PJ, Nº 000720-2025-P-CSJAY-PJ, Nº 000656-2025-P-CSJCA-PJ, Nº 000360-2025-P-CSJCÑ-PJ, Nº 001203-2025-P-CSJCU-PJ, Nº 001046-2025-P-CSJHN-PJ, OFICIO Nº 001378-2025-P-CSJHN-P, Nº 001776-2025-P-CSJLL- PJ, Nº 002425-2025-P-CSJLA-PJ, Nº 006058-2025-P-CSJLI-PJ, Nº 002161-2025-P-CSJLE-PJ, Nº 001187-2025-P-CSJLIMANORTE-PJ, Nº 001095-2025-P-CSJLS-