Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2026 (27/08/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 176

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 139

139 NORMAS LEGALES Jueves 27 de agosto de 2026 El Peruano / Segundo: Mediante el proveído Nº 039814-2026-MP- FN-SEGFIN de fecha 10 de agosto de 2026, la hoja de envío Nº 012274-2026-MP-FN-PJFS-LAMBAYEQUE de fecha 10 de agosto de 2026, la hoja de envío Nº 000093-2026-MP-FN-FPF-JAEN de fecha 07 de agosto de 2026 y el o fi cio Nº 004-2026-FPCF-JRRC de fecha 07 de agosto de 2026; el abogado JAIME ROLAND REBAZA CRIBILLERO, remite su renuncia al cargo de fi scal adjunto provincial de Familia de Jaén del distrito fi scal de Lambayeque, en mérito a su nombramiento como Juez Especializado de Familia, solicitando que la misma se haga efectiva desde el 11 de agosto de 2026. Tercero: A través del o fi cio Nº 002918-2026-MP-FN- PJFS-LAMBAYEQUE de fecha 10 de agosto de 2026, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque otorga la conformidad a la renuncia del abogado JAIME ROLAND REBAZA CRIBILLERO. Cuarto: De acuerdo a lo establecido en el artículo 106 de la Ley Nº 30483 - Ley de la Carrera Fiscal, lo señalado en la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y los artículos 183 y 185 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el cargo de fi scal termina, entre otros, desde que la renuncia es aceptada, encontrándose el empleador facultado para aceptarla desde la fecha en que fue recibida o dentro de los treinta (30) días siguientes; en el presente caso el señor abogado formula su renuncia el 10 de agosto de 2026, solicitando que la misma se haga efectiva el 11 de agosto de 2026, es decir, un día después de la presentación de su renuncia, pedido y plazo que se ajusta a lo establecido en la normativa señalada. Quinto: Y, si bien el artículo 16.2 del artículo 16 del Texto Único Ordenado la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que el acto administrativo es e fi caz desde la fecha de su emisión, es aplicable excepcionalmente el numeral 17.1 del artículo 17 de la misma ley, que establece: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión. […]”. Sexto: En consecuencia, la Junta de Fiscales Supremos con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, mediante Acuerdo Nº 099-2026 adoptado en sesión extraordinaria de fecha 20 de agosto de 2026, ACORDÓ por unanimidad aceptar con e fi cacia anticipada la renuncia formulada por el abogado JAIME ROLAND REBAZA CRIBILLERO, al cargo de fi scal adjunto provincial de Familia de Jaén del distrito fi scal de Lambayeque, desde el 11 de agosto de 2026, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución; debiendo noti fi carse al abogado haciéndosele de conocimiento que deberá efectuar la entrega de cargo conforme a las disposiciones de la materia, bajo responsabilidad funcional. Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar con e fi cacia anticipada la renuncia formulada por el abogado JAIME ROLAND REBAZA CRIBILLERO al cargo de fi scal adjunto provincial de Familia de Jaén del distrito fi scal de Lambayeque, desde el 11 de agosto de 2026, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado JAIME ROLAND REBAZA CRIBILLERO, que deberá efectuar la entrega de cargo conforme a las disposiciones de la materia, bajo responsabilidad funcional. Artículo Tercero.- Remitir copia certi fi cada de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para los fi nes pertinentes. Artículo Cuarto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal de Lambayeque, a la Gerencia General, a la O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, a la O fi cina General de Potencial Humano, así como al interesado, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación Presidente de la Junta de Fiscales Supremos 2547710-2 Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial penal (corporativo) de Tocache, distrito fiscal de Huánuco RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 083-2026-MP-FN-JFS Lima, 20 de agosto de 2026VISTOS:La carta del abogado GUAMNER GUMERCINDO MEDINA HERRERA de fecha 10 de agosto de 2026; los proveídos Nº 039817-2026-MP-FN-SEGFIN y Nº 039687-2026-MP-FN-SEGFIN de fecha 10 de agosto de 2026; el o fi cio Nº 004782-2026-MP-FN-PJFS- SANMARTIN de fecha 10 de agosto de 2026; el proveído Nº 012292-2026-MP-FN-PJFS-SANMARTIN de fecha 10 de agosto de 2026; el o fi cio Nº 000050-2026-MP-FN- GMH-FPPC-SM-TOCACHE-1D de fecha 10 de agosto de 2026; la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 174-2014-CNM; y, CONSIDERANDO:Primero: Por Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 174-2014-CNM de fecha 24 de julio de 2014, se resolvió nombrar al abogado GUAMNER GUMERCINDO MEDINA HERRERA, fi scal adjunto provincial penal (corporativo) de Tocache, del distrito fi scal de Huánuco. Segundo: Mediante los proveídos Nº 039817-2026-MP- FN-SEGFIN y Nº 039687-2026-MP-FN-SEGFIN de fecha 10 de agosto de 2026; el o fi cio Nº 004782-2026-MP-FN- PJFS-SANMARTIN de fecha 10 de agosto de 2026, el proveído Nº 012292-2026-MP-FN-PJFS-SANMARTIN de fecha 10 de agosto de 2026 y el o fi cio Nº 000050-2026-MP- FN-GMH-FPPC-SM-TOCACHE-1D de fecha 10 de agosto de 2026; el abogado GUAMNER GUMERCINDO MEDINA HERRERA, remite su renuncia al cargo de fi scal adjunto provincial penal (corporativo) de Tocache, del distrito fi scal de Huánuco, en mérito a su nombramiento como Juez de Investigación Preparatoria Supraprovincial Especializado en delitos de corrupción de funcionarios de Huánuco, solicitando que la renuncia se haga efectiva a partir del 22 de agosto de 2026. Tercero: A través del O fi cio Nº 004782-2026-MP-FN- PJFS-SANMARTIN de fecha 10 de agosto de 2026, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de San Martín, otorga conformidad a la renuncia del abogado GUAMNER GUMERCINDO MEDINA HERRERA. Cuarto: De acuerdo a lo establecido en el artículo 106 de la Ley Nº 30483 - Ley de la Carrera Fiscal, lo señalado en la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y los artículos 183 y 185 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el cargo de fi scal termina, entre otros, desde que la renuncia es aceptada, encontrándose el empleador facultado para aceptarla desde la fecha en que fue recibida o dentro de los treinta (30) días siguientes; en el presente caso el señor abogado formula su renuncia el 10 de agosto de 2026, indicando que el último día de sus labores se realizaría el 21 de agosto de 2026, pedido y plazo que se ajusta a lo establecido en la normativa señalada.