Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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141 NORMAS LEGALES Jueves 27 de agosto de 2026 El Peruano / Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial especializado en delitos de lavado de activos y pérdida de dominio (corporativo) de Arequipa RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 086-2026-MP-FN-JFS Lima, 20 de agosto de 2026 VISTOS:La carta del abogado HUGO FAVIAN APAZA MAMANI presentada el 10 de agosto de 2026; el proveído Nº 039922-2026-MP-FN-OREF de fecha 11 de agosto de 2026; el o fi cio Nº 001951-2026-MP-FN-FSCN-FEDLA de fecha 11 de agosto de 2026; la hoja de envío Nº 016407-2026-MP-FN-FSCN-FEDLA de fecha 11 de agosto de 2026; la hoja de envío Nº 000532-2026-MP-FN- 1D-FPCEDLA-AREQUIPA de fecha 10 de agosto de 2026; la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 049-2015-CNM; y, CONSIDERANDO: Primero: Por Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 049-2015-CNM de fecha 5 de febrero de 2015, se resolvió nombrar al abogado HUGO FAVIAN APAZA MAMANI, fi scal adjunto provincial especializado en delitos de lavado de activos y pérdida de dominio (corporativo) de Arequipa. Segundo: Mediante el proveído Nº 039922-2026-MP- FN-OREF de fecha 11 de agosto de 2026; la hoja de envío Nº 016407-2026-MP-FN-FSCN-FEDLA de fecha 11 de agosto de 2026 y la hoja de envío Nº 000532-2026-MP- FN-1D-FPCEDLA-AREQUIPA de fecha 10 de agosto de 2026, el abogado HUGO FAVIAN APAZA MAMANI, remite su renuncia al cargo de fi scal adjunto provincial especializado en delitos de lavado de activos y pérdida de dominio (corporativo) de Arequipa, en mérito a su nombramiento como Juez Penal Unipersonal – Procesos de Flagrancia, omisión a la asistencia familiar y conducción en estado de ebriedad del distrito judicial de Arequipa, solicitando que la renuncia se haga efectiva al 11 de agosto de 2026. Tercero: A través del O fi cio Nº 001951-2026-MP- FN-FSCN-FEDLA de fecha 11 de agosto de 2026, la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, otorga el visto bueno a la renuncia del abogado HUGO FAVIAN APAZA MAMANI; asimismo, el fi scal renunciante hizo entrega de cargo el día 10 de agosto de 2026. Cuarto: De acuerdo a lo establecido en el artículo 106 de la Ley Nº 30483 - Ley de la Carrera Fiscal, lo señalado en la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y los artículos 183 y 185 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el cargo de fi scal termina, entre otros, desde que la renuncia es aceptada, encontrándose el empleador facultado para aceptarla desde la fecha en que fue recibida o dentro de los treinta (30) días siguientes; en el presente caso el señor abogado formula su renuncia el 10 de agosto de 2026, solicitando que la misma se haga efectiva el 11 de agosto de 2026, es decir, un día después de la presentación de su renuncia, pedido y plazo que se ajusta a lo establecido en la normativa señalada. Quinto: Y, si bien el artículo 16.2 del artículo 16 del Texto Único Ordenado la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que el acto administrativo es e fi caz desde la fecha de su emisión, es aplicable excepcionalmente el numeral 17.1 del artículo 17 de la misma ley, que establece: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión. […]”. Sexto: En consecuencia, la Junta de Fiscales Supremos con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, mediante Acuerdo Nº 104-2026 adoptado en sesión extraordinaria de fecha 20 de agosto de 2026, ACORDÓ por unanimidad aceptar con e fi cacia anticipada la renuncia formulada por el abogado HUGO FAVIAN APAZA MAMANI al cargo de fi scal adjunto provincial especializado en delitos de lavado de activos y pérdida de dominio (corporativo) de Arequipa, desde el 11 de agosto de 2026, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución. Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar con e fi cacia anticipada la renuncia formulada por el abogado HUGO FAVIAN APAZA MAMANI al cargo de fi scal adjunto provincial especializado en delitos de lavado de activos y pérdida de dominio (corporativo) de Arequipa, desde el 11 de agosto de 2026, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución. Artículo Segundo.- Remitir copia certi fi cada de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para los fi nes pertinentes. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal de Arequipa; a la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, a la Gerencia General, a la Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, a la O fi cina General de Potencial Humano, así como al interesado, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la NaciónPresidente de la Junta de Fiscales Supremos 2547710-5 Aceptan renuncia de fiscal provincial especializado en derechos humanos e interculturalidad de Lima Centro, del distrito fiscal del Callao, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte y Lima Sur RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 089-2026-MP-FN-JFS Lima, 20 de agosto de 2026 VISTOS: La carta del abogado ROGER YANA YANQUI de fecha 10 de agosto de 2026, el o fi cio Nº 002639-2026-MP-FN- CFSN-FPS-DHT de fecha 11 de agosto de 2026; el o fi cio Nº 408-2026-3FSUPRA-DHI-MP-FN de fecha 10 de agosto del 2026, la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 1451-2024-JNJ; y, CONSIDERANDO:Primero: Por Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 1451-2024-JNJ, de fecha 20 de diciembre de 2024, se resolvió nombrar al abogado ROGER YANA YANQUI, fi scal provincial especializado en derechos humanos e interculturalidad de Lima Centro del distrito fi scal de Callao, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte y Lima Sur. Segundo: Mediante el O fi cio Nº 002639-2026-MP- FN-CFSN-FPS-DHT, de fecha 11 de agosto de 2026, el abogado ROGER YANA YANQUI, remite su renuncia al cargo de fi scal provincial especializado en derechos