NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (23/09/2026)
CANTIDAD DE PAGINAS: 204
Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 180
180 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de setiembre de 2026 El Peruano / Asimismo, el artículo 85 del referido reglamento indica que “el desplazamiento por destaque, permuta o transferencia, procede excepcionalmente dentro de la misma entidad cuando las condiciones geográ fi cas de lejanía o las de orden presupuestal lo requieran”. El numeral 3.4.2 del apartado III del Manual Normativo de Personal Nº 002-92-DNP, aprobado con la Resolución Directoral Nº 013-92-INAP/DNP, de fecha 2 de setiembre de 1992, emitido por el Instituto Nacional de Administración Pública, precisa que el destaque no será menor de treinta (30) días ni excederá del período presupuestal vigente, debiendo contar con el consentimiento previo del servidor”. El Ministerio Público —en atención a sus funciones generales y especí fi cas en el Plan Estratégico Institucional 2023-2030— ha de fi nido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos en bene fi cio de la sociedad”, objetivo que se orienta a mejorar la celeridad del servicio fi scal que ofrece el Ministerio Público, con especial énfasis en su función constitucional como titular de la acción penal. Por tanto, resulta relevante la intervención del fi scal como ente encargado de conducir jurídicamente la investigación del delito y como partícipe directo de la celeridad procesal. De la información que obra en el Sistema Integrado de Gestión, Registro y Evaluación de Fiscales (SIGREF), se advierte la existencia de una (1) plaza de fi scal provincial —pendiente de ocupar— en la Décima Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao. En ese sentido, en virtud de la facultad conferida al Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, y estando a lo señalado a través del o fi cio de vistos, se estima pertinente emitir el resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar al abogado Heber Nicanor Romero Ortíz, para que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal provincial en la Décima Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao y, por necesidad de servicio, destacarlo a la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos; en atención al marco normativo, previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0227-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 17 de septiembre de 2026. Cabe acotar que el mencionado abogado actualmente labora a plazo indeterminado bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, conforme se advierte del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA), por lo que corresponde la reserva de su plaza de origen. De conformidad con lo establecido por los artículos 64 y 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada con el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Nombrar al abogado Heber Nicanor Romero Ortíz, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal del Callao, designándolo en la Décima Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao, con reserva de su plaza de origen; asimismo, destacarlo a la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, por necesidad de servicio, a partir de la fecha de juramentación hasta el 31 de diciembre de 2026 u otra disposición. Artículo Segundo .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales del Callao y Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Integridad Institucional, O fi cina de Imagen Institucional y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación 2556731-3Nombran fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2894-2026-MP-FN Lima, 21 de setiembre de 2026VISTOS:El informe N° 000079-2026-MP-FN-CN-FISPREV, de fecha 26 de agosto de 2026, e informe N° 00219-2026-MP- FN-OREF-LLA, de fecha 18 de septiembre de 2026, y; CONSIDERANDO:Mediante el informe N° 000079-2026-MP-FN-CN- FISPREV, la Coordinación Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito, eleva propuesta en terna para cubrir la plaza de fi scal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Áncash. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley N° 31718, señala que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC N° 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido, es necesario emitir el resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar a la abogada Lizzeth Elida Córdova Chinchay, para que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal adjunta provincial en la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Áncash; en atención al marco normativo, previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe N° 00219-2026-MP-FN-OREF-LLA, de fecha 18 de septiembre de 2026. Cabe acotar que la mencionada abogada actualmente labora a plazo indeterminado bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728, conforme se advierte del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA), por lo que corresponde la reserva de su plaza de origen. De conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Nombrar a la abogada Lizzeth Elida Córdova Chinchay, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash, designándola en la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Áncash, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash, Coordinación Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito, Gerencia General, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Integridad Institucional, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada.