Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 1998 (26/03/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

Articulo 2".- Otorgar a CONSERVERA EL MORDAZA S.A., autorizacion via regularizacion para el aumento de la capacidad instalada de su planta de enlatado con una linea de crudo de 1,260 cajas-turno, en su establecimiento industrial pesquero, citado en el primer articulo, para dedicarse al procesamiento de productos hidrobiologicos para consumo humano directo. Articulo 3".- Otorgar a CONSERVERA EL MORDAZA S.A., licencia de operacion en via de regularizacion para que desarrolle la actividad de enlatado (lineas de cocido y crudo) de productos hidrobiologicos, en el establecimiento industrial pesquero, ubicado en el distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, Region Chavin; con la siguiente capacidad instalada:

:aracteristicas de la embarcacion objeto del petitorio le los recurrentes corresponde a una embarcacion de nayor escala, por lo que conforme a lo establecido en :l Articulo IV del Titulo Preliminar del Texto Unico 3rdenado de la Ley de Normas Generales de Procedinientos Administrativos, aprobado por Decreto Suwemo N" 02-94-JUS incorporado por la Ley N" 26654, wocede encausarce de oficio en la via procedimental :orrespondiente; Que a traves del Oficio N" 335-9%PE/DNE de fecha 30 le enero de 1998, se solicito a los recurrentes los requisiarte de los administrados; ra operar su establecimiento industrial pesquero con Estando a lo informado por la Direccion de Adminissujecion a las normas legales y reglamentarias del orde,racion y Control Pesquero y con la visacion de la Oficina namiento juridico pesquero, asi como lo relativo a la 3eneral de Asesoria Juridica; y, preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanEn uso de las facultades conferidas a traves del Decreticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. ,o Supremo N" OlO-97-PE; Asimismo, debera cumplir con la implementacion del Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental calificado SE RESUELVE: favorablemente mediante Oficio N" 563-95PE/DIREMA de 4 de agosto de 1995, por la Direccion de Medio Articulo Unico.- Declarar IMPROCEDENTE la soliAmbiente. :itud de autorizacion de incremento de flota, presentada Articulo 5".- El incumolimiento de lo senalado en el jor los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Articulo 4" de la presente Resolucion, sera causal de %NCHEZ y MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE IPANAcaducidad del derecho otorgado. F¿UE, por las razones expuestas en la parte considerativa Articulo 6".- Transcribase la presente Resolucion le la presente Resolucion. Directoral a la Direccion Regional de Pesqueria de Chimbote. Registrese, comuniquese y publiquese. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Extraccion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Procesamiento Pesquero. 3322

Declaran infundada impugnacibn conDeclaran improcedente solicitud de tra resolucion que denego por improautorizacion de incremento de flota cedente solicitud de autorizacion de RESOLIJCION DIRECTORAL incremento de flota W 084-9%PE/DNE
MORDAZA, 25 de marzo de 1998 Visto el escrito de Registro N" 14487 de fecha 20 de diciembre de 1996 a traves del cual los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, solicitan autorizacion de incremento de flota para una (1) embarcacion pesquera, para la extraccion de recursos hidrobiologicos destinados al consumo humano directo; CONSIDERANDO: Que el Articulo 24" del Decreto Ley N" 25977 - Ley General de Pesca, establece que la construccion y/o adquisicion de embarcaciones pesqueras debera contar con autorizacion previa de incremento de flota otorgada por el Ministerio de Pes pueria en funcion de la disponibilidad, .i preservacion y exp otaclon raclonal de los recursos hidrobiologicos; Que el Articulo 4" del Decreto Supremo N" OOl-98-PE de fecha 15 de enero de 1998, dispone que los procedimientos administrativos en tramite deberan adecuarse a las disposiciones del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria aprobado por dicho dispositivo legal; Que mediante el escrito del visto los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, solicitan autorizacion de incremento de flota con una embarcacion pesquera, denominada "HOSSANA" de 36.06 m3 de volumen de bodega, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos destinados al consumo humano directo; Que de la evaluacion efectuada a los antecedentes que obran en el expediente, se ha determ@do que las RESOLUCION DIRECTORAL W 0859&PE/DNE MORDAZA, 25 de marzo de 1998 Visto los escritos de Reg stros N"s. 08764 y 1649002 de fechas 9 de MORDAZA de 1997 y 3 de marzo de 1998 presentados por la empresa PESQUERA MORDAZA S.R.Ltda., mediante el cual interpone recurso de reconsideracion contra la Resolucion Directoral N" 146-97-PE/DNE; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral N" 146-97-PE/ DNE de fecha 22 de setiembre de 1997, se declaro improcedente la solicitud de autorizacion de incremento de flota via sustitucion de igual capacidad de bodega, presentada por la empresa PESQUERA MORDAZA S.R.Ltda., al haberse determinado que la embarcacion pesquera "DOMINO" cuya sustitucion de capacidad de bodega se solicita, no forma parte de la flota existente, asi como no cuenta con derecho otorgado de permiso de pesca y/o procedimiento en tramite, no cumpliendo con los requisitos establecidos para dicho procedimiento, en el Decreto Supremo N" OS-95PE, razon por la cual no le asiste el derecho de solicitar autorizacion de incremento de flota via sustitucion de capacidad de bodega; Que mediante los escritos del visto la empresa PESQUERA MORDAZA S.R.Ltda., interpone recurso de reconsideracion contra la Resolucion citada en el considerando precedente; Que la recurrente no ha desvirtuado los fundamentos por los cuales se declaro improcedente la solicitud de autorizacion incremento de flota, por lo que deviene en infundado el medio impugnativo interpuesto;

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