Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 1998 (26/03/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

l,ima,jucves 26 dc mardo dc 199X MORDAZA por Notario Publico o certincada por Fedatario del Ministerio. 2. Datos personales del solicitante. Tratandose de personas juridicas deben comprender a los socios o accionistas que posean acciones o participaciones con derecho a MORDAZA, que representen un porcentaje igual 0 superior al diez por ciento (10%) del capital social de la misma. Dicha informacion sera proporcionada mediante el formulario correspondiente. 3. Declaracion Jurada del solicitante, y en su caso, de los socios o accionistas que posean acciones 0 participaciones con derecho a MORDAZA, que representen un porcentaje igual o superior al diez por ciento (10%) del capital social de la empresa solicitante, de no hallarse impedidos de contratar con el Estado ni estar incursos en las limitaciones establecidas en la Ley y el Reglamento. 4. Perfil del proyecto tecnico para la prestacion del servicio solicitado autorizado por ingeniero colegiado de la especialidad. 5. Proyeccion de la inversion prevista para los primeros cinco anos y monto de la inversion inicial a ser ejecutada durante el primer ano. Para efectos del pago de los derechos de concesion y ohligaciones del solicitante que se estipule en el contrato respectivo, la inversion inicial no podra ser menor del diez por ciento (10% 1 de la prevista para los primeros cinco anos. Articulo 137".- Presentada la solicitud! se verificara que MORDAZA contenga o este acompanada de la mformacion y documentacion senalados en el articulo precedente anterior. En caso que falte alguno de los requisitos se notificara al solicitante para que, dentro del plazo MORDAZA de siete (7) dias calendario, cumpla con subsanar la omision, anotandose esta circunstancia en la solicitud presentada. Si dentro del termino MORDAZA indicado el solicitante no hubiera subsanado las omisiones, la solicitud se considerara como no presentada, y se pondran a disposicion del interesado los documentos presentados. El Ministerio podra eliminar dicha documentacion si transcurridos cuarenticinco (45) dias calendario desde su MORDAZA no hubieran sido recabados por el solicitante. Verificado el cumplimiento de los requisitos formales el organo competente del Ministerio MORDAZA a publicar un extracto de la solicitud por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano y en uno de los diarios de mayor circulacion nacional. El solicitante debera efectuar la publicacion dentro de diez (101 dias calendario a partir de la fecha del acto administrativo que dispuso la publicacion; en caso contrario, la solicitud quedara automaticamente denegada, no siendo necesario expedir ninguna Resolucion. Una vez publicado el extracto correspondiente, el Ministerio puede disponer que la solicitud se ventile en Audiencia Publica, publicando para tal efecto en el Diario Oficial El Peruano y en uno de los diarios de mayor circulacion nacional, un aviso que contenga la convocatoria a la Audiencia Publica y el lugar, dia y hora de su realizacion. Si el organo competente del Ministerio luego de la evaluacion integral de la solicitud considera procedente el pedido, emitira su informe proponiendo el otorgamiento de la concesion y elevara el expediente al Viceministro de Comunicaciones para su conformidad, quien a su vez MORDAZA I I

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cuenta al Titular del Ministerio para su aprobacion definitiva. Si el organo competente del Ministerio, considera improcedente la solicitud, emitira el informe respectivo y previa conformidad del Viceministro de Comunicaciones, denegara la solicitud para el otorgamiento de la concesion. Dentro del plazo de sesenta (60) dias calendario siguientes a la recepcion del informe del organo competente del Ministerio, el Titular del Ministerio, de considerar procedente la solicitud, aprobara el contrato de concesion y designara al o a los funcionarios que deben suscribir el contrato en representacion del Estado. El interesado cubrira los gastos que irrogue la publicacion de la Resolucion Ministerial correspondiente en el Diario Oficial El Peruano, en la oportunidad senalada en el Articulo 125" del Reglamento. Articulo 139".- La elaboracion de las bases y la conduccion del Concurso Publico de Ofertas estan a cargo del kgano competente del Ministerio. La aprobacion de las bases y la conformacion del Comite de Recepcion y Evaluacion de Ofertas compete al Viceministro de Comunicaciones. Por disposicion expresa el Ministerio podra, para casos especificos, encargara otra entidad las funciones a que se refieren los parrafos precedentes. Articulo 144".- Los Servicios de Radiodifusion: Privados de Interes Publico, se prestan previo otorgamiento de la autorizacion respectiva mediante Resolucion del Viceministro de Comunicaciones. Articulo 146"~ El titular de la autorizacion del Servicio de Radiodifusion debera cumplir con el pago por derecho de autorizacion, del canon y por la publicacion de la Resolucion, dentro de los treinta (30) dias de publicada la misma. Transcurrido dicho plazo sin que se MORDAZA cumplido la referida obligacion, la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente. Tratandose de los Teleservicios Privados, el pago por el derecho de autorizacion y del canon deberan ser acreditados adjuntando a su solicitud el recibo correspondiente. Articulo 169".- Las caracteristicas tecnicas de operacion de los servicios contenidas en los permisos de instalacion, podran modificarse a solicitud del titular de la autorizacion correspondiente. Articulo 175".- Las personas naturales o juridicas que deseen prestar servicios de valor anadido, deberan inscribirse en un registro que para tal fin llevara el organo competente del Ministerio. La inscripcion debera efectuarse previamente al inicio de la prestacion del servicio respectivo. La inscripcion se realizara presentando una Declaracion Jurada a traves del formulario que les sera proporcionado por el organo competente del Ministerio, en el que se anotaran entre otros datos, los siguientes:

CONTADURIA PUBLICA DE LA NACION CAMARA DE COMERCIO DE MORDAZA
COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES
SEMINARIO-TALLER

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NUEVA LEY GENERAL DE SOCIEDADES Y SU ANALISIS MULTIDISCIPLINARIO
(SOCIETARIO, TRIBUTARIO, CONTARLE, REGISTRAL Y OTROS)

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16 - 17 de MORDAZA de 6 p.m. a 9 p.m.; y 18 de MORDAZA de 9 a.m. a 12:30 m. AUDITORIO DE PETROPERU (Paseo de la Republica 3361 - San MORDAZA CORPAC) MORDAZA MORDAZA N" 274 MORDAZA MORDAZA Telefax: 433-7220 / 433-6969 / 433-6990 / 433-0357 / 433-7170 / 433-1013 1330-0005 / 330-0006

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