Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 1998 (26/03/1998)


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MORDAZA, jueves 26 de marzo de 1998

b) Su expreso reconocimiento a la jurisdiccion perua-

Articulo 29- El Permiso de Operacion otorgado prec edentemente se sujetara a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Servicio Aereo Especial Remunerado Comercial 3usqueda de Cardumenes y Apoyo a la Actividad Pesque`a. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO:

Articulo 6".- AECA - AEROSERVICIOS ECUATORIANOS C.A., queda obligada con el Gobierno del Peru para que este pueda emplear en su servicio aeronaves, elementos, material y personal peruano de que disponga dicha empresa en los casos de conflictos internacionales, desordenes internos y calamidades publicas. El Gobierno del Peru abonara los gastos ocasionados de conformidad con la legislacion vigente y la practica internacional. Articulo 7".- La vigencia del presente Permiso de Operacion se mantendra, mientras el peticionario no pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por la Ley N" 24882 Ley de Aeronautica Civil, modificada por el Decreto Legislativo N" 670, su Reglamento y cumpla las obligaciones a que se contrae la presente Resolucion. Articulo So.- El Permiso de Operacion que por la presente Resolucion Ministerial se otorga a AECA - AEROSERVICIOS ECUATORIANOS C.A., queda sujeto a la Ley N" 24882 - Ley de Aeronautica Civil, modificada por el Decreto Legislativo N" 670, su Reglamento y demas disposiciones legales vigentes y podra ser revocado total o parcialmente en caso que el Gobierno del Ecuador no otorgue a las lineas aereas peruanas derechos aerocomerciales reciprocos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 3225

- Una (1) aeronave Cessna 337G, matricula OB-1534. MORDAZA DE OPERACION: - Litoral de la costa peruana. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto de Chimbote. SUBBASE DE OPEBACJON: - Aeropuerto de 110.

l 1PROSPECCIONES PESQUERAS S.A., debe estar pro-

Articulo 3".- La aeronave autorizada a la Compania

Otorgan a empresa renovacion de permiso de operacion de servicio aereo especial remunerado comercial
RESOLUCION DIRECTORAL No 021~SS-MTC115.16 MORDAZA, 9 de marzo de 1998 Visto el Expediente N" 15565 mediante el cual la Compania PROSPECCIONES PESQUERAS S.A., solicita Renovacion del Permiso de Operacion de Servicio Aereo Especial Remunerado Comercial. que le fuera otorgado mediante Resolucion Ministerial N" 1103-92-TCC/ 15.12 del 8.1292. CONSIDERANDO: Que, segun los terminos del Memorandum N" 017.98MTC/15.16.02, Memorandum N" 0130-98-MTCY15.16.6, Memorandum N" 062-98-MTC15.16.05.3, Memorandum No 143-98-MTCY15.16.05.2 y MORDAZA de Inscripcion Registra1 emitidos por la Direccion de Asesoria Legal, Direccion de Seguridad de Vuelo y Personal Aeronautico, Subdireccion de Operaciones Aereas, Subdireccion de Material Aeronautico y el Registrador Publico de la Oficina Registra1 de MORDAZA y Callao; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley N" 24882 - Ley de Aeronautica Civil, modificada por el Decreto Legislativo N" 670, su Reglamento y demas disposiciones legales vigentes; Que, en aplicacion a la Cuarta Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley N" 26917, la Compania PROSPECCIONES PESQUERAS S.A. ha solicitado se adecue su requerimiento a la indicada Ley a efectos que esta Direccion General resuelva lo solicitado mediante la expedicion de la Resolucion Directoral; De conformidad con la Ley N" 24882, Decreto Legislativo N" 670, Decretos Supremos N"s. 054~88TC, O19-90TC y 009-96-MTC, Ley N" 26917 y Decreto Ley N" 25862; SE RESUELVE: Articulo l".- Otorgar a la Compania PROSPECCIONES PESQUERAS S.A, la Renovacion de su Permiso de Operacion de Servicio Aereo Especial Remunerado Comercial, por el plazo de cinco (5) anos, contados a partir del 17 de diciembre de 1997.

vista de su correspondiente Certificado de Matricula vigente, expedido por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registra1 de MORDAZA y Callao; de su Certificado de Aeronavegabilidad vigente, expedido o convalidado por la Direccion General de Transporte Aereo; y de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 4".- La Compania PROSPECCIONES PESQUERAS S.A., empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certiticacion de aptitud expedidos o convalidados por la Direccion General de Transporte Aereo. Articulo 5".- La Compania PROSPECCIONES PESQUERAS S.A., esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener permanente informacion sobre el trafico aereo que realiza su aeronave. Articulo 6".- La Compania PROSPECCIONES PESQUERAS S.A., presentara mensualmente a la Direccion General de Transporte Aereo los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad. Articulo 7".- El presente Permiso de Operacion sera revocado o suspendido de inmediato en forma automatica cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente resolucion o pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por la Ley N" 24882, modificada por el Decreto Legislativo N" 670, su Reglamento, la Ley N" 26917 y demas disposiciones legales vigentes; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador de servicios aereos y especificaciones tecnicas de operacion. Articulo 8".- La vigencia del presente Permiso de Operacion queda condicionada a la obligacion de la Compania PROSPECCIONES PESQUERAS S.A. de otorgar la garantia global que establece el Articulo 19" de la Ley N" 26917, dentro del plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario contados a partir del dia siguiente de la publicacion del Reglamento de la Ley MORDAZA citada, en los terminos y condiciones que este establezca. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 9".- El Permiso otorgado precedentemente queda sujeto a la Ley N" 24882, modificada por el Decreto Legislativo N" 670, su Reglamento, lo pertinente de la Ley N" 26917, las Regulaciones Aeronauticas del Peru y demas disposiciones legales vigentes, asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Aereo 3284

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