Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2000 (01/11/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, miercoles 1 de noviembre de 2000 Registrese, comuniquese y publiquese.

NORMAS LEGALES

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Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA BEDOYA CAMERE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 12586

Autorizan el Acuerdo de codigo compartido para prestar servicio de transporte aereo regular de pasajeros, carga y correo suscrito entre la Compania Nacional Air France y MORDAZA Airlines Inc.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 258-2000-MTC/15.16 MORDAZA, 17 de octubre del 2000 Vista, la solicitud de la COMPANIA NACIONAL AIR FRANCE sobre la aprobacion del Acuerdo de Codigo Compartido para el Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo suscrito con MORDAZA AIRLINES INC.; CONSIDERANDO: Que, con solicitud de Registro Nº 02895006 del 3 de marzo de 2000, la COMPANIA NACIONAL AIR FRANCE solicito la aprobacion de las operaciones bajo la modalidad de Codigo Compartido con MORDAZA AIRLINES INC. para operar el Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, en la ruta MORDAZA - ATLANTA - MORDAZA y vv., con derechos de trafico de Tercera, Cuarta y MORDAZA MORDAZA del Aire, con siete (7) frecuencias semanales, por el plazo de cinco (5) anos; Que, MORDAZA AIRLINES INC. cuenta con un Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, otorgado segun R.D. Nº 074-98-MTC/15.16 del 18 de junio de 1998, autorizandola a servir la ruta ATLANTA - MORDAZA y vv., con siete (7) frecuencias semanales y con derechos de trafico de Tercera y Cuarta MORDAZA del Aire; Que, el Departamento de Transporte de los Estados Unidos de Norteamerica - DOT, mediante Declaracion General Nº 98-303 del 6 de agosto de 1998, autorizo a MORDAZA AIRLINES INC. operar con la COMPANIA NACIONAL AIR FRANCE segun el Acuerdo de Codigo Compartido suscrito entre MORDAZA empresas, siendo los vuelos operados en la ruta ATLANTA - MORDAZA y vv. por MORDAZA, AIRLINES INC.; Que, asimismo, el Departamento de Transporte de los Estados Unidos de Norteamerica, con documento de fecha 21 de MORDAZA de 2000, confirma que en fecha 6 de agosto de 1998, dicha Autoridad autorizo las operaciones en codigo compartido entre MORDAZA AIRLINES INC. y COMPANIA NACIONAL AIR FRANCE por tiempo indefinido; Que, la COMPANIA NACIONAL AIR FRANCE ha sido autorizada por la Direccion General de Aviacion Civil de la Republica Francesa, en fecha 28 de enero de 2000, para efectuar operaciones bajo la modalidad de Codigo Compartido con MORDAZA AIRLINES INC., en la ruta MORDAZA - MORDAZA y vv., via ATLANTA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Aeronautica Civil del Peru, Ley Nº 27261; y, con la opinion favorable de las areas competentes de la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el Acuerdo de Codigo Compartido suscrito entre la COMPANIA NACIONAL AIR FRANCE y MORDAZA AIRLINES INC. para prestar el Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, en la ruta MORDAZA - ATLANTA - MORDAZA y vv., con siete (7) frecuencias semanales, hasta el 20 de junio de 2003, fecha de vencimiento del Permiso de Operacion de MORDAZA AIRLINES INC. otorgado mediante la Resolucion Directoral Nº 074-98-MTC/15.16 del 18 de junio de 2000.

Articulo Segundo.- La autorizacion indicada en el Articulo Primero se sujetara a las siguientes condiciones: 1. La presente autorizacion comprende la explotacion por parte de MORDAZA AIRLINES INC. de los derechos de trafico de Tercera y Cuarta MORDAZA del Aire entre MORDAZA - ATLANTA y vv.; y, por parte de la COMPANIA NACIONAL AIR FRANCE la comercializacion de los derechos de trafico de Tercera y Cuarta MORDAZA del Aire en la ruta MORDAZA ATLANTA - MORDAZA y vv., bajo el MORDAZA de Reciprocidad. 2. En la publicacion y comercializacion de los servicios materia del Acuerdo de Codigo Compartido que se autoriza, ambos transportadores deberan hacer mencion expresa al publico usuario, que se trata de vuelos de codigo compartido de forma tal que no se induzca a error al consumidor, especialmente en cuanto a las caracteristicas del servicio, el precio y las condiciones de venta. Articulo Tercero.- MORDAZA empresas de transporte aereo se encuentran obligadas a presentar mensualmente a la Direccion General de Aeronautica Civil, los datos estadisticos e informes que correspondan a las operaciones de codigo compartido que se autorizan por la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- La presente autorizacion queda sujeta a la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; D.S. Nº 054-88TC y sus modificatorias; asi como al cumplimiento estricto de todas las condiciones y requisitos establecidos en la presente Resolucion Directoral, tanto por parte de MORDAZA AIRLINES INC. como de COMPANIA NACIONAL AIR FRANCE, asi como a las demas disposiciones legales vigentes. Articulo Quinto.- La presente autorizacion sera revocada, previa comunicacion a MORDAZA empresas transportadoras, cuando incumplan las obligaciones contenidas en la presente Resolucion Directoral; o renuncie, se suspenda o se revoque el respectivo Permiso de Operacion. Sin perjuicio de lo anterior, cualquier incumplimiento a la presente autorizacion, sera sancionado en la forma que establece el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Ley de Aeronautica Civil. Articulo Sexto.- En la presente autorizacion, MORDAZA empresas responden indivisible y solidariamente frente a los pasajeros y carga transportados, sin perjuicio de las obligaciones establecidas en el respectivo contrato. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HARMES BOURONCLE Director General de Aeronautica Civil 12298

PODER JUDICIAL
Aprueban Directiva "Normas para la Formulacion del Plan Operativo de las Dependencias del Poder Judicial para el Ano 2001"
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 363-SE-TP-CME-PJ MORDAZA, 31 de octubre de 2000 VISTO: El Proyecto de Directiva que MORDAZA el MORDAZA de formulacion del Plan Operativo de las Dependencias del Poder Judicial para el Ano 2001, elaborado por la Gerencia General; y, CONSIDERANDO: Que, es necesario establecer las orientaciones metodologicas para la formulacion del Plan Operativo de las Dependencias del Poder Judicial para el Ano 2001, a fin de que los organos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial cuenten con un instrumento basico que oriente la gestion de los mismos; En uso de las funciones y atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26546, 26623, 26695, y 27009, y de acuerdo a las Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032-CME-PJ y 029-99-SE-TP-CME-PJ;

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