Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2000 (01/11/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, miercoles 1 de noviembre de 2000

NORMAS LEGALES

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a), del Articulo 23º de la Ley Nº 26284 y el Articulo 70º del Decreto Supremo Nº 024-94-PRES. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional (e) 12511

ORDENANZA MORDAZA SINCERAMIENTO DE CUENTAS Articulo Primero.- VIGENCIA Apruebese dentro de la jurisdiccion del distrito de MORDAZA de MORDAZA, la MORDAZA denominada "Sinceramiento de Cuentas", que se realizara del 15 de noviembre al 31 de diciembre del presente ano. Articulo Segundo.- BENEFICIOS La MORDAZA de "Sinceramiento de Cuentas" otorgara, a quienes se acojan, los siguientes beneficios: a. Fraccionamiento para deudas tributarias y no tributarias (multas administrativas), hasta en 24 cuotas mensuales, incluyendose las que se encuentren en MORDAZA de Ejecucion Coactiva. b. Minimo interes de fraccionamiento permitido por el Codigo Tributario, (1.76% mensual lo que equivale al 80% de la TIM). c. Cuota Inicial (primera cuota) equivalente al 5% de la deuda, con un minimo de Cien Nuevos Soles (S/.100.00). d. Cuota de amortizacion minima de Cien Nuevos Soles (S/. 100.00). En el caso de los vecinos que hayan registrado su condicion de pensionista ante la Municipalidad, la cuota minima de fraccionamiento sera de Cincuenta Nuevos Soles (S/. 50.00). e. Descuento del 70% en el interes moratorio de las deudas tributarias correspondientes a los anos 1994 a 1999. f. Descuento del 70% del valor de las multas administrativas. g. Exoneracion de costas procesales y gastos administrativos correspondientes a los procesos de Ejecucion Coactiva iniciados sobre las deudas que se acojan a la presente Ordenanza. h. Exoneracion de los derechos administrativos correspondientes a la solicitud de traslado de pagos, fraccionamiento y ampliacion de los terminos de convenios de pago contenidos en los numerales 2.03, 2.07 y 2.08 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA para el ano 2000, aprobado mediante Ordenanza Nº 30-MSS y su modificatoria la Ordenanza Nº 37-MSS ratificadas mediante Acuerdo de Concejo Nº 126 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicado oficialmente el 30 de junio del 2000. i. Se aplicaran todos los beneficios contenidos en la presente Ordenanza, en el caso de pago al contado, al momento en que se efectue el abono. Articulo Tercero.- DESCUENTO EN MULTAS TRIBUTARIAS La MORDAZA otorgara adicionalmente a aquellos contribuyentes que subsanen las omisiones al cumplimiento de obligaciones formales en el plazo de vigencia de la Ordenanza, el descuento del 100% del valor de la multa tributaria correspondiente. Articulo Cuarto.- CONSOLIDACION DE FRACCIONAMIENTO En los casos de contribuyentes que hayan suscrito uno o mas convenios de fraccionamiento, los saldos pendientes de pago podran ser consolidados en el convenio que se suscriba en el MORDAZA de la presente Ordenanza con los siguientes beneficios: a. Descuento del 70% en el interes moratorio sobre los saldos de convenios de fraccionamiento incumplidos. b. Descuento del 100% en el interes moratorio sobre los saldos de convenios de fraccionamiento al dia en el pago de las cuotas. Articulo Quinto.- REQUISITOS Seran exigibles a efecto del acogimiento a la presente MORDAZA los requisitos y garantias senalados en el Reglamento de Fraccionamiento aprobado por el Decreto de Alcaldia Nº 10-99-DASS, modificado por el Decreto de Alcaldia Nº 02-2000-MSS, siempre que no se opongan a las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza, con excepcion del contenido en el Articulo 16º en cuanto a la exigencia de otorgar garantia hipotecaria cuando la deuda sea superior a 10 UIT, debiendo, en este caso, el contribuyente suscribir letras de cambio a favor de la Municipalidad en garantia de pago de cada cuota. Articulo Sexto.- DESISTIMIENTO La firma del convenio de fraccionamiento que se extienda en el MORDAZA de la presente Ordenanza, se entendera

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Aprueban MORDAZA "Sinceramiento de Cuentas" relativa a deudas tributarias y no tributarias de contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 51-MSS MORDAZA de MORDAZA, 26 de octubre de 2000 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con funciones normativas en la creacion, modificacion y supresion de sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias, de conformidad con los Articulos 191º y 192º incisos 2) y 3) de la Constitucion Politica del Peru, concordantes con las Normas III y IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario; Que, tal como establece el Articulo 36º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF es facultad de la Administracion Tributaria conceder fraccionamiento, en casos particulares; Que, excepcionalmente los Gobierno Locales podran condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren, segun lo regulado en el Articulo 41º del Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, la autoridad municipal no puede aplicar ninguna infraccion por falta de pago de una multa administrativa, siendo que estas no devengan interes, ello acorde a lo estipulado en el Articulo 117º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, corresponde al Concejo Municipal la funcion normativa, la que ejerce a traves de dispositivos, entre los cuales destaca la Ordenanza, que tiene rango de ley, conforme lo reconoce el numeral 4) del Articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru y la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario; Que, es necesario que los contribuyentes del distrito tengan Cuentas Corrientes saneadas e inobjetables, con saldos transparentes y libres de toda observacion que reflejen la forma de cumplimiento de sus obligaciones; Que, es interes de la Administracion Tributaria contar con una base de datos actualizada y transparente que permita determinar con exactitud los derechos y obligaciones de los contribuyentes del distrito; Estando a lo solicitado y sustentado por la Oficina de Rentas mediante Informe Nº 315-2000-OR/MSS, a lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica, mediante Informe Nº 1616-2000-OAJ-MSS y a lo dictaminado por la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto mediante Dictamen Nº 028-2000-CEPP/MSS; De conformidad a lo dispuesto por los Articulos 36º inciso 3), 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, por Unanimidad adopto la siguiente:

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