Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2000 (01/11/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, miercoles 1 de noviembre de 2000 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, por Resolucion SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se establecio los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa; Que, la Comision Calificadora de Corredores de Seguros, en la Sesion celebrada el 7 de setiembre de 2000, ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro Oficial; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolucion SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con el Nº N-3455 en el Registro del Sistema de Seguros Seccion A: Personas Naturales Libro II de los Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto Seguros (a.i.) 12475 RESOLUCION SBS Nº 762-2000 MORDAZA, 19 de octubre del 2000 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA Hilfreich del Pielago para que se le autorice la inscripcion en el Registro del Sistema de Seguros Seccion A: Personas Naturales del Libro II: de los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se establecio los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa; Que, la Comision Calificadora de Corredores de Seguros, en la Sesion celebrada el 7 de setiembre de 2000, ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro Oficial; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolucion SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion del senor MORDAZA MORDAZA Hilfreich del Pielago con el Nº N-3491 en el Registro del Sistema de Seguros Seccion A: Personas Naturales Libro II de los Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto Seguros (a.i.) 12473

CONASEV
Modifican resolucion que aprobo montos maximos de tarifa por servicios que presta Cavali ICLV S.A.
RESOLUCION CONASEV Nº 080-2000-EF/94.10 MORDAZA, 25 de octubre de 2000 VISTO: La opinion de la Gerencia de Operaciones sustentada en el Directorio de CONASEV el 23 de octubre de 2000, con el visto MORDAZA de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, la Resolucion CONASEV Nº 019-2000-EF/94.10, aprueba los montos maximos de tarifa por servicios que presta CAVALI ICLV S.A.; Que, conforme a lo dispuesto en el Articulo 2º de la referida Resolucion, en caso CAVALI ICLV S.A. decida cobrar tarifas inferiores a las aprobadas, debe comunicar a CONASEV con diez (10) dias utiles MORDAZA de su aplicacion; Que, en la medida que las tarifas que aprueba CONASEV son maximas, no es necesario la comunicacion previa con la anticipacion indicada precedentemente a esta Comision, siendo necesaria unicamente una comunicacion de modo previo a su implementacion, sin perjuicio de la difusion que CAVALI ICLV S.A. debe efectuar al MORDAZA de la tarifa reducida y de lo dispuesto en el Articulo 27º del Reglamento de Instituciones de Compensacion y Liquidacion de Valores, aprobado por la Resolucion CONASEV Nº 031-99-EF/94.10, en caso las tarifas esten incluidas en las Disposiciones Vinculadas a los Reglamentos Internos; Que, en ese sentido resulta necesario modificar la Resolucion CONASEV Nº 019-2000-EF/94.10, para que en lo sucesivo CAVALI ICLV S.A. pueda cobrar tarifas inferiores a las aprobadas, sin que sea necesario que la comunicacion a CONASEV la formule con diez (10) dias utiles de anticipacion; y, Estando a lo dispuesto por el Articulo 2º inciso a) y el Articulo 11º inciso b) del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, aprobado por el Decreto Ley Nº 26126, modificado por la Ley Nº 27323, asi como a lo acordado por el Directorio de esta Comision reunido en sesion de fecha 23 de octubre de 2000; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modifiquese el MORDAZA parrafo del Articulo 2º de la Resolucion CONASEV Nº 019-2000-EF/ 94.10, en los siguientes terminos: "Articulo 2º.(...) CAVALI puede cobrar tarifas por un monto menor al aprobado en la presente Resolucion, para cuyo fin bastara una comunicacion previa a CONASEV, sin perjuicio de su divulgacion al mercado". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA EYZAGUIRRE MORDAZA Presidente 12311

INEI
Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana, correspondiente al mes de octubre del ano 2000
RESOLUCION JEFATURAL Nº 273-2000-INEI MORDAZA, 31 de octubre del 2000

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