Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2001 (06/09/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 6 de setiembre de 2001

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial a presuntos ocupantes precarios de inmueble incautado por trafico ilicito de drogas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1038-2001-IN/1101 MORDAZA, 23 de agosto de 2001 Visto, el Oficio Nº 1087-01-IN/1201 del 2.MAY.2001, del Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, con el cual solicita gestionar ante el senor Ministro del Interior, la expedicion de la resolucion correspondiente que le autorice interponer las acciones legales a que hubiere lugar contra MORDAZA SOUZA MORDAZA y otros para que desocupe el inmueble incautado por trafico ilicito de drogas a HELVIN MORDAZA MORDAZA e MORDAZA MORDAZA MORDAZA ubicado en la MORDAZA MORDAZA Nº 1121, Lte. 37, Mz. 17, Pueblo Joven MORDAZA, MORDAZA etapa del distrito de Iquitos, provincia de Maynas, departamento de MORDAZA, que viene ocupando ilegal e indebidamente; CONSIDERANDO: Que, el citado inmueble ha sido incautado definitivamente a favor del Estado por resolucion de fecha 23.ABR.98 expedida por la Jueza Especializada en Procesos por Trafico Ilicito de Drogas, en la causa seguida contra HELVIN MORDAZA MORDAZA e MORDAZA MORDAZA MORDAZA por trafico ilicito de drogas, derecho inscrito en el Asiento Nº 8 de la MORDAZA literal Nº P12016209 del Registro Predial MORDAZA de la Zonal de Loreto; Que, el mencionado ocupante no ha cumplido con desocupar el citado inmueble a pesar de las reiteradas Notificaciones Extrajudiciales, siendo necesario por tanto dictar el acto administrativo que permita la intervencion del Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones judiciales correspondientes; Estando a lo propuesto por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio del Interior (OFECOD); y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo dispuesto por el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru, Art. 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; y Art. 7º del D.S. Nº 039-94-JUS de 22.JUL.94; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, para que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales que correspondan, contra el senor MORDAZA SOUZA MORDAZA, y toda persona que venga ocupando ilegal e indebidamente el inmueble incautado por trafico ilicito de drogas ubicado en la MORDAZA MORDAZA Nº 1121, Lte. 37, Mz. 17, Pueblo Joven MORDAZA, MORDAZA etapa del distrito de Iquitos, provincia de Maynas, departamento de Loreto. Articulo 2º.- Remitir a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, los antecedentes y actuados del caso, con transcripcion de la presente Resolucion Ministerial, para su conocimiento y fines del caso. Registrese, publiquese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 29891

Visto el Informe Especial Nº 012-2001-02-0930 "Examen Especial al Consejo Transitorio de Administracion Regional - CTAR Moquegua", de la Auditoria General del Ministerio de la Presidencia; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de las actividades comprendidas en el Plan Anual de Control 2001 de la Oficina de Auditoria Interna del Ministerio de la Presidencia se llevo a cabo una accion destinada a evaluar determinados aspectos de los sistemas de administracion del CTAR MORDAZA, que tuvo como resultado el Informe Especial Nº 012-2001-020930 "Examen Especial al CTAR Moquegua"; Que, conforme los Capitulos II "Fundamentos de Hecho", III "Fundamentos de Derecho" y IV "Identificacion de participes de los hechos" del referido Informe Especial se determino que el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente Ejecutivo del CTAR MORDAZA y el Sr. MORDAZA MORDAZA Longa, ex Presidente Ejecutivo del CTAR MORDAZA, dispusieron y accedieron al memorial presentado por los trabajadores para la reduccion del horario requerido para el pago del incentivo a la productividad, asi como haber permitido arbitrariamente la distribucion de los saldos y haber suscrito el primero el Acta de Comite Directivo que autorizo la indicada distribucion del ano 2001, con lo que tambien han obtenido ventajas economicas, no obstante tener conocimiento de que los recursos han sido utilizados para fines diferentes a los cuales estaban destinados; Que, asimismo, el Sr. MORDAZA Toala MORDAZA, Secretario Tecnico; Sres. Eudibiades MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Secretarios Tecnicos percibieron la bonificacion del incentivo a la productividad, no obstante saber que no les correspondia, ya que no era procedente el pago del incentivo a la productividad sin que se cumpliera con el horario requerido, con el agravante de que no existia base legal para la distribucion de los saldos. De otro lado el Sr. MORDAZA Toala MORDAZA, bajo el cargo de Secretario Tecnico, suscribio el Acta de Comite Directivo que autorizo la distribucion, conociendo de antemano que los recursos serian utilizados para fines diferentes a los que estaban destinados; Que, de la misma forma, la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente Regional de Administracion, el CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gallo, ex Gerentes Regionales de Administracion autorizaron de forma arbitraria el Acta de Comite Directivo, ademas de ser participes del beneficio; Que, la Gerencia Regional de Asesoria Juridica, al mando de la Sra. MORDAZA MORDAZA Pantos no asesoro a la Direccion Superior acerca de las implicancias legales de la distribucion de dichos saldos, suscribiendo dicha funcionaria de forma arbitraria el Acta de Comite Directivo, ademas de participar del beneficio; Que, el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente Regional de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo Institucional, Sres. MORDAZA Ferrer MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerentes Regionales de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo Institucional, no asesoraron a la Direccion Superior de la irregularidad presupuestal que significaba la distribucion de los saldos indicados, por no haber gestionado ante la Direccion Nacional de Presupuesto Publico la autorizacion correspondiente mediante Decreto Supremo, conforme con la normatividad; Que, el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente Regional de Promocion de Inversiones; Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente Regional de Operaciones, Sra. MORDAZA Huanqui MORDAZA, Subgerente de Recursos Humanos suscribieron arbitrariamente el Acta de Comite Directivo y fueron a su vez participes del beneficio; Que, conforme el Capitulo III "Fundamentos de Derecho" del citado Informe los hechos anteriormente descritos configuran indicios razonables de la comision de delito contra la administracion publica en la modalidad de abuso de autoridad y peculado por parte de los funcionarios y ex funcionarios MORDAZA senalados; Que, en virtud de lo expuesto resulta necesario expedir una Resolucion Ministerial que faculte al Procurador Publico del Ministerio de la Presidencia para que interponga las acciones judiciales a que hubiere lugar contra los funcionarios y ex funcionarios citados en el Informe Especial Nº 012-2001-02-0930 "Examen Especial al CTAR Moquegua"; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, concordado con la Ley Nº 17537 de Representacion de Defensa del Estado en Juicio, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, Ley Nº 26162, Ley Nº 26922 y Decreto Supremo Nº 011-2001-PRES;

PRES
Autorizan a procurador iniciar acciones contra funcionarios y ex funcionarios del CTAR MORDAZA por presunta comision de delitos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 311-2001-PRES MORDAZA, 31 de agosto del 2001

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