Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2001 (06/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 6 de setiembre de 2001

Articulo Segundo.- El personal que trabaja en las operaciones de carga y descarga en la referida area encapsulada debera de estar provisto de la indumentaria y equipos de seguridad necesario para su proteccion. Articulo Tercero.- Solo se permitira el transporte de concentrados de mineral de plomo en el ambito de la Provincia Constitucional del Callao, a aquellos vehiculos que asegurando un total hermetismo, cuenten con los siguientes requisitos: 1. Estar provisto de una plastilona que cubra la mitad de la altura de la carroceria debidamente asegurada, para evitar que el material en particulas se esparza. 2. Sellar las compuertas con costales o jebes y contar con los dispositivos y/o accesorios de seguridad correspondiente. 3. Contar con un distintivo circular de 30 cm. de diametro de fondo MORDAZA con letras MORDAZA donde conste las 3 primeras letras del deposito de concentrados de donde provienen y el numero que corresponde a cada unidad otorgada por dicho deposito. Articulo Cuarto.- El Terminal Maritimo del Callao, en adicion a lo senalado por el Decreto de Alcaldia Nº 00025-99, debera de cumplir obligatoriamente con los siguientes dispositivos: 1. Instalar un sistema de MORDAZA a presion del vehiculo que egresa del terminal, el mismo que contara con su correspondiente drenaje y poza de decantado para recuperar los solidos. 2. Establecer un programa de atencion de 24 horas a vehiculos que transportan concentrados de minerales en los periodos de embarque de dichos concentrados. 3. Remitir con 7 dias de anticipacion a la Direccion de Control de la Contaminacion Ambiental de la Municipalidad Provincial del Callao la programacion de embarque de concentrados de minerales en el Primer Puerto. Articulo Quinto.- La Direccion General de Proteccion Ambiental de la Municipalidad Provincial del Callao promovera la adopcion de las acciones pertinentes para implementar sistemas de tecnologia relacionadas al traslado mecanizado y encapsulado de los concentrados de minerales del deposito al puerto. Articulo Sexto.- La Direccion General de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Provincial del Callao determinara, en un plazo de 30 dias calendario contados a partir de la promulgacion de la presente MORDAZA, las rutas que deberan de observar los transportistas de concentrados de minerales en el Callao. Articulo Setimo.- La Municipalidad Provincial del Callao no otorgara, a partir de la fecha, nuevas Licencias de Funcionamiento para el rubro de manejo y operaciones de concentrados de mineral de plomo en el ambito de su jurisdiccion. Primera Disposicion Final.- Los Articulos Primero y Tercero del presente Decreto de Alcaldia entraran en vigencia a partir del 1 de febrero del 2002. MORDAZA Disposicion Final.- Deroguese los Decretos de Alcaldia Nº 025-99-MPC y Nº 010-00-MPC en lo que se oponga a la presente norma. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 30443

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TOCACHE VISTO: El Informe Nº 001-2001-MPT/CEPAD, de fecha 13 de agosto del 2001, emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Provincial de Tocache, que opina se instaure MORDAZA administrativo disciplinario contra el funcionario de la Municipalidad don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber contravenido el Articulo 28º, los incisos d, f, h y j del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa. CONSIDERANDO: Que, analizados y merituados las conclusiones, los documentos que obran en la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, es necesario se aclare las irregularidades cometidas por el funcionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cuando se desempenaba como Director de Rentas, transgrediendo el Articulo 28º, incisos d, f, h, j del Decreto Legislativo Nº 276. Que, el referido funcionario se ausento de manera intempestiva con fecha 7-8-2001, al tener conocimiento de las investigaciones iniciadas, dejando presentado una Solicitud de Renuncia Irrevocable, sin haber hecho entrega formal del cargo y no siendo ubicado desde esa fecha en la direccion senalada en el referido documento. Estando a lo informado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios y de conformidad con el Art. 47º, inciso 6) y Articulo 109º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853. SE RESUELVE: Articulo Primero.- APERTURAR MORDAZA administrativo disciplinario al funcionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Director de Rentas de la Municipalidad Provincial de Tocache, en merito a los considerandos expuestos. Articulo Segundo.- NOTIFICAR la presente Resolucion a la persona indicada, para que se sirva recabar el pliego de cargos en la Oficina de Personal de la Municipalidad Provincial de Tocache, sito en el Jr. Progreso Nº 198, y haga uso de su derecho de descargo en el plazo de cinco (5) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 30183

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia de Protocolo Adicional al Acuerdo suscrito con el Organismo Internacional de Energia Atomica a fin de aplicar salvaguardias en relacion con Tratados para la Proscripcion y No Proliferacion de MORDAZA Nucleares
De acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE. (GAB) Nº 0-3-A/174 comunica que el referido protocolo, suscrito el 22 de marzo del ano 2000, aprobado mediante Resolucion Legislativa Nº 27463 de fecha 25 de MORDAZA de 2001, ratificado por Decreto Supremo Nº 0492001-RE del 15 de junio de 2001 y publicado en el Diario Oficial El Peruano, al igual que el texto, el 18 de junio de 2001, entro en vigencia para el Peru el 23 de MORDAZA del ano 2001. 30390

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TOCACHE
Inician procedimiento disciplinario a ex Director de Rentas de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 100-2001-MPT Tocache, 28 de agosto del 2001

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