Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2001 (06/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, jueves 6 de setiembre de 2001
VISTA:

NORMAS LEGALES

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La Resolucion Ministerial Nº 225-2001-PE que establece las dimensiones maximas de redes de cerco a bordo de embarcaciones con permisos de pesca para anchoveta y sardina, y exige la MORDAZA de Certificados de Adecuacion de las Dimensiones de la Red de Cerco por parte de entidades reconocidas por la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales del Indecopi; y, CONSIDERANDO: Que, en agosto de 2001, la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero del Ministerio de Pesqueria comunico a la Comision, la metodologia de medicion de redes de cerco que debia emplearse en la certificacion dispuesta en la Resolucion Ministerial Nº 225-2001-PE; Que, el reconocimiento de entidades por parte de la Comision para prestar servicios de evaluacion de conformidad se realiza a traves del Sistema Nacional de Acreditacion y asimismo a traves del regimen de Autorizacion de Servicios Metrologicos, tratandose de aspectos de medicion; Que, las entidades encargadas de declarar la conformidad de un producto a traves de su medicion e inspeccion son los Organismos de Certificacion de Productos. En este sentido, resulta necesario facultar a dichas entidades para que certifiquen la adecuacion requerida por el Ministerio de Pesqueria en los terminos establecidos por el; Que, asimismo, a efectos de ampliar el MORDAZA de servicios de evaluacion de adecuacion de redes de cerco y tomando en cuenta que en materia de medicion dentro del sector pesquero las Empresas de Servicios Metrologicos cuentan con experiencia debido a la evaluacion de instrumentos de medicion que realizan en forma regular, es conveniente facultar a dichas entidades para que certifiquen la adecuacion requerida por el Ministerio de Pesqueria; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, y con el acuerdo unanime de sus miembros reunidos en sesion de fecha 23 de agosto de 2001; RESUELVE: Primero.- La Certificacion de Adecuacion de Redes de Cerco sera realizada por los Organismos de Certificacion de Productos Acreditados y las Empresas de Servicios Metrologicos Autorizadas que cuenten para tal efecto con procedimientos de inspeccion evaluados y aprobados por la Comision. Los procedimientos de inspeccion deben observar la metodologia establecida por la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de Pesqueria. Segundo.- La Secretaria Tecnica notificara a los Organismos de Certificacion de Productos acreditados y a las Empresas de Servicios Metrologicos autorizadas la metodologia y directrices remitidas por la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de Pesqueria Registrese y publiquese. MORDAZA RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales 30353

VISTO, el Acuerdo Nº 287 tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia en su Sesion Nº 29 de fecha 7 de agosto del 2000; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante el Acuerdo Nº 287, de fecha 7 de agosto del 2000, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al Conjunto Arqueologico de Cerro San MORDAZA de Coto, ubicado en la Comunidad de Coto, distrito 27 de Noviembre, provincia de Huaral, departamento de Lima; Con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, la Direccion Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura" y la Resolucion Suprema Nº 0042000-ED, Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al Conjunto Arqueologico de Cerro San MORDAZA de Coto, ubicado en la Comunidad de Coto, distrito 27 de Noviembre, provincia de Huaral, departamento de Lima. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion General de Patrimonio Arqueologico del Instituto Nacional de Cultura que establezca las acciones necesarias para la elaboracion del Plano de Delimitacion del Conjunto Arqueologico MORDAZA mencionado con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del Conjunto Arqueologico declarado "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CARRE Director Nacional 30334

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Declaran Patrimonio Cultural de la Nacion a conjunto arqueologico ubicado en la provincia de Huaral, departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 829/INC MORDAZA, 15 de agosto de 2001

Declaran Patrimonio Cultural de la Nacion a MORDAZA arqueologica ubicada en el distrito de Lucanas, departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 864/INC MORDAZA, 24 de agosto de 2001 VISTO, el Acuerdo Nº 197 tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia en su Sesion Nº 16, de fecha 6 de junio del 2001; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las

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