Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2001 (06/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, jueves 6 de setiembre de 2001

NORMAS LEGALES

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Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Hnos. contra la Resolucion Directoral Nº 020-2001-CTARPIURA-DIREPE-DR, del 26 de febrero del 2001, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, quedando agotada la via administrativa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Pesqueria 30351 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 058-2001-PE MORDAZA, 31 de agosto del 2001 Visto el expediente con Registro Nº 07554002 del 19 de junio del 2001, a traves del cual se remiten los documentos correspondientes al recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA y HNOS., contra la Resolucion Directoral Nº 019-2001-CTAR- PIURA-DIREPE-DR. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 019-2001CTAR- PIURA-DIREPE-DR, del 26 de febrero del 2001, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por MORDAZA DE MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion Directoral Nº 156-2000-CTAR-PIURA-DIREPE-DR, del 13 de diciembre del 2000, a traves de la cual se declaro improcedente la solicitud de permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "SENOR CAUTIVO" con matricula Nº PT-3481-CM, al MORDAZA de la Ley Nº 26920, por cuanto no se presentaron los requisitos exigidos para acceder al permiso de pesca solicitado dentro de los plazos establecidos por el Decreto Supremo Nº 03-2000-PE; Que segun el escrito del visto, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y HNOS., interpuso recurso de apelacion contra la Resolucion Directoral Nº 019-2001-CTAR-PIURA-DIREPE-DR, citada en el considerando anterior sustentando que no se ha hecho una interpretacion correcta a los requisitos establecidos en la Resolucion Ministerial Nº 143-2000-PE, al solicitar todos y no cualquiera de ellos como lo establecia la mencionada MORDAZA, en la que indica que basta uno de los referidos y, que el documento presentado no ha sido merituado por la Direccion Regional, por lo que solicita se declare fundado su recurso de apelacion y se le otorgue el permiso de pesca solicitado, teniendo en cuenta que tanto la Ley Nº 26920 asi como su Reglamento estan dirigidos a regularizar la situacion juridica de dichas embarcaciones; Que por Decreto Supremo Nº 03-2000-PE publicado el 14 de MORDAZA del 2000, se establecio que los armadores cuyas embarcaciones estan comprendidas en el regimen de la Ley Nº 26920 podrian solicitar el permiso de pesca correspondiente en un plazo de 45 dias calendario y acreditar los requisitos para obtener dicho permiso dentro de ese plazo prorrogables por otros 45 dias calendario, contados a partir de la entrada en vigencia de la resolucion a traves de la cual se establezca el procedimiento y los requisitos exigidos, asimismo, se dispuso que vencidos dichos plazos sin que se hubiese cumplido con acreditar los requisitos, no se podra acceder al permiso respectivo; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados y los que obran en el expediente se ha determinado que el recurrente no ha desvirtuado los fundamentos sobre los cuales se expidio la resolucion recurrida, toda vez que incumplio el requisito exigido para acceder al permiso de pesca solicitado dentro del plazo dispuesto por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 03-2000-PE, en consecuencia, el recurso de apelacion interpuesto deviene infundado; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS y el Decreto Supremo Nº 03-2000PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por

Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y HNOS. contra la Resolucion Directoral Nº 019-2001CTAR- PIURA-DIREPE-DR, del 26 de febrero del 2001, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, quedando agotada la via administrativa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Pesqueria 30352

PROMUDEH
Auspician el Concurso "Voluntas" en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 325-2001-PROMUDEH MORDAZA, 31 de agosto de 2001 Vistos la Carta de fecha 24 de MORDAZA del 2001 de la Coordinadora General de la Asociacion de MORDAZA Salesianas "Maria Auxiliadora", Filial de la Asociacion Internacional de MORDAZA Salesianas; CONSIDERANDO: Que mediante el documento de vistos la Coordinadora General de la Asociacion de MORDAZA Salesianas "Maria Auxiliadora", Filial de la Asociacion Internacional de MORDAZA Salesianas, comunica la realizacion del Concurso "Voluntas" que tiene por finalidad difundir entre los jovenes y en la sociedad en general el conocimiento, aprecio y compromiso con el voluntariado, el mismo que se desarrollara entre agosto y diciembre del 2001; Que el Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano a traves de la Gerencia de Desarrollo Humano viene realizando diversas acciones a efectos de promover, potenciar y apoyar a los distintos grupos de voluntariado a nivel nacional, asi como la conduccion de la celebracion del Ano Internacional del Voluntariado conforme a lo dispuesto en la Resolucion Suprema Nº 0682001-PROMUDEH, por lo que en este contexto resulta procedente auspiciar el mencionado evento; Con la opinion favorable de la Gerencia de Desarrollo Humano del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano y modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH y modificatorias, Resolucion Suprema Nº 068-2001-PROMUDEH; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Auspiciar el Concurso "Voluntas", organizado por la Asociacion de MORDAZA Salesianas "Maria Auxiliadora", Filial de la Asociacion Internacional de MORDAZA Salesianas, que se realizara en la MORDAZA de MORDAZA, entre los meses de agosto y diciembre del 2001. Articulo 2º.- El MORDAZA del evento a que se hace referencia, no generara egreso alguno al Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Asociacion de MORDAZA Salesianas "Maria Auxiliadora", Filial de la Asociacion Internacional de MORDAZA Salesianas. Registrese, comuniquese y publiquese. LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 30408

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