Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2002 (25/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, viernes 25 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES
MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas

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Incluyen representante de la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME en la Comision Multisectorial creada mediante D.S. Nº 099-2002-PCM
DECRETO SUPREMO Nº 112-2002-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 099-2002-PCM, publicado el 10 de octubre de 2002, se creo la Comision Multisectorial encargada de elaborar un informe que contenga los requerimientos tecnico funcionales y de informacion del Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado y las propuestas normativas necesarias para su funcionamiento; Que, de conformidad con el articulo 2º del Decreto Supremo MORDAZA citado, la Comision Multisectorial estara conformada, entre otros miembros, por un representante del Centro de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME; Que, conforme a la Decimo Primera Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 27711 - Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, se creo el Centro de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME, sobre la base de la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME, siendo que esta disposicion entrara en vigencia una vez que se apruebe su Reglamento de Organizacion y Funciones y se realicen las transferencias de presupuesto requeridas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2002-TR se aprobo la Estructura Organica y Reglamento de Organizacion y Funciones del Centro de Promocion de la Pequena y Miro Empresa - PROMPYME MORDAZA citado, no habiendose efectivizado aun las transferencias de presupuesto requeridas para que entre en funcionamiento; Que, por lo expuesto, resulta necesario modificar el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 099-2002-PCM, en el extremo que refiere al Centro de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME, debiendo sustituirse por la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME; De conformidad con el articulo 118º, numeral 8 de la Constitucion Politica del Estado, Decreto Legislativo Nº 560, modificado por Ley Nº 27779 y la Ley Nº 27711; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Modifiquese la parte pertinente del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 099-2002-PCM, a efectos de sustituir al representante del Centro de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME por el representante de la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME, de acuerdo al siguiente texto: "Ar ticulo 2º.- Conformacion de la Comision Multisectorial La Comision Multisectorial estara conformada por los siguientes funcionarios: - Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros; - Un representante del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE; - Un representante del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI; - Un representante del Ministerio de Economia y Finanzas; - Un representante de la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME; y, - Un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo." Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo y el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de octubre del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros

MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 18858

Incorporan al Ministro de Energia y Minas como integrante de la Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres Generados por fenomenos de origen natural o tecnologico creada por D.S. Nº 081-2002-PCM
DECRETO SUPREMO Nº 113-2002-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM, se creo la Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres generados por fenomenos de origen natural o tecnologico; Que, el articulo 1º del referido Decreto Supremo establece la conformacion de la Comision Multisectorial que se encargara de coordinar, evaluar, priorizar y supervisar las medidas de prevencion de danos, atencion y rehabilitacion en las zonas del MORDAZA que se encuentren en peligro inminente o afectados por desastres de gran magnitud; Que, resulta conveniente la inclusion del Ministerio de Energia y Minas en la conformacion de la referida Comision Multisectorial, dado que el mencionado Sector es tambien afectado por desastres y que el Instituto Geologico Minero Metalurgico - INGEMMET, Organismo Publico Descentralizado adscrito al Sector Energia y Minas, dentro de sus funciones tiene a su cargo la realizacion de estudios de los riesgos geologicos, asi como la determinacion de sus efectos en la comunidad y el medio ambiente; De conformidad con el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Incorporese en el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM, al Ministro de Energia y Minas, como integrante de la Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres, generados por fenomenos de origen natural o tecnologico, encargada de coordinar, evaluar, priorizar y supervisar las medidas de prevencion de danos, atencion y rehabilitacion en las zonas del MORDAZA que se encuentren en peligro inminente o afectados por desastres de gran magnitud. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de octubre del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 18859

Derogan el D.S. Nº 044-97-PCM, mediante el cual se dispuso que los servidores del sector publico tendrian derecho a solicitar que sus cotizaciones asociativas fueran descontadas por planilla
DECRETO SUPREMO Nº 114-2002-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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