Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2002 (25/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 25 de octubre de 2002

Que, el 15 de marzo del 2001, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA denuncio ante la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de MORDAZA que, al apersonarse al Juzgado Mixto de Vilcashuaman, a efecto de solicitar la expedicion de sentencia en el expediente Nº 2000-020, sobre prescripcion adquisitiva de dominio, el juez, doctor MORDAZA MORDAZA Mostajo MORDAZA, le exigio la entrega de medio millar de papel MORDAZA A4, escribiendo en un pedazo de papel dicho pedido, el cual adjunto a su denuncia; y, posteriormente, se entrevisto nuevamente con el juez procesado, quien le dijo que le entregaria la sentencia el dia sabado 17 de marzo del 2001, solicitandole la entrega de cien nuevos soles, con la indicacion de que dicha suma seria para el doctor MORDAZA, quien redactaria la sentencia, citandola para tal efecto en su domicilio; Que, en merito de la denuncia interpuesta, se llevo a cabo un operativo en el domicilio del doctor Mostajo MORDAZA, levantandose el acta respectiva, en la cual se aprecia que se produjo una entrevista entre la senora MORDAZA y el magistrado denunciado, en la MORDAZA del domicilio de este, y despues de unos minutos de conversacion, la denunciante se retiro, luego de que el procesado le entregara un papel en el que indicaba "No se ha nombrado curador procesal. Debe pasar a vista fiscal. Hablar con la senora Antonia"; asimismo, le solicito el pago de trescientos nuevos soles; posteriormente, la senora MORDAZA regreso, entregando el pago solicitado al hermano del juez Mostajo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en cuyo poder se encontro el dinero MORDAZA referido; Que, en su descargo, el procesado manifiesta que los cargos que se le imputan son falsos y malintencionados, puesto que no es verdad que MORDAZA solicitado papel a la denunciante, y que la nota que le entrego, en que detallaba el MORDAZA de papel que debia comprar para el juzgado, fue a solicitud de esta, en razon a su propio ofrecimiento, agregando ademas que la senora MORDAZA MORDAZA nunca hizo efectivo dicho ofrecimiento, conforme a lo declarado por la testigo actuario MORDAZA MORDAZA Gamboa; Que, asimismo, senala que nunca pacto reunion alguna con la denunciante y menos en su domicilio, para darle algun alcance del curso del expediente o recibir dinero alguno; que la reunion sostenida con esta, fue sorpresiva, pues la encontro en la MORDAZA de su domicilio cuando regresaba del MORDAZA, manifestandole que faltaba actuar algunas diligencias en su expediente, y por ello, le entrego la nota citada en el acta del operativo, no solicitandole dinero alguno; ademas, indica que en el operativo se encontro los cien nuevos soles en el interior de la zapatilla de su hermano, y no en su poder; finalmente, manifiesta que llevo el expediente del MORDAZA de la denunciante, a su MORDAZA para su estudio, junto con otros expedientes, y a fin de agilizar su marcha de su despacho; Que, conforme se aprecia de autos, el procesado no evito en ningun momento la reunion en su domicilio, por el contrario, trato asuntos jurisdiccionales con una litigante, fuera de su despacho, e inclusive le dio indicaciones por escrito de las acciones que debia seguir; Que, es de resaltar que el expediente que contenia el MORDAZA seguido por la denunciante fue encontrado en el domicilio del procesado, y segun la propia declaracion de este estaba pendiente de sentencia desde hacia tres meses, de lo que se infiere que concerto la reunion que sostuvo en su domicilio con la denunciante, a efecto de que esta le entregara el dinero solicitado, pues no se explica de otro modo el motivo por el que llevo el expediente a su MORDAZA, aun sabiendo que no se encontraba MORDAZA para sentencia; Que, del examen de los actuados se aprecia que la entrega del dinero solicitado por el procesado a la denunciante, no se llego a realizar entre esta y el juez denunciado, interviniendo para tal efecto el hermano del procesado, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en cuyo poder se encontro el billete de cien nuevos soles, y quien manifesto que lo recibio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para entregarlo a su hermano, el juez MORDAZA Mostajo Lavado; situacion que guarda relacion con los hechos analizados y que compromete al procesado; Que, ha quedado probado que el procesado incurrio en inconducta funcional grave, ya que, primero, solicito indebidamente una entrega de papel para el juzgado; MORDAZA, solicito dinero a cambio de expedir un fallo judicial; y, tercero, no evito reunirse con una litigante en su domicilio, instruyendola sobre las diligencias que debian actuarse a fin de expedir resolucion vulnerando lo dispuesto en el articulo 196º numerales 1, 2 y 4 de la Ley Organica del Poder Judicial, hechos que atentan gravemente contra la respetabilidad del Poder Judicial, comprometiendo la dignidad del cargo y desmereciendolo en el concepto publico, lo que le hace pasible de la sancion de destitucion, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 31º numeral 2 de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; Por estos fundamentos, apreciando los hechos y las pruebas con criterio de conciencia, el Pleno del Consejo Nacional

de la Magistratura considera que hay motivos suficientes para aplicar en este caso, la sancion de destitucion, por lo que en uso de las facultades previstas por el articulo 154º inciso 3) de la Constitucion Politica, articulos 31º numeral 2, 32º y 34º de la Ley Nº 26397, y 36º del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Consejo, y estando a lo acordado por unanimidad en sesion de 15 de agosto del 2002; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Destituir al doctor MORDAZA MORDAZA Mostajo MORDAZA, por su actuacion como Juez Suplente del Juzgado Mixto de la provincia de Vilcashuaman, de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho. Articulo Segundo.- Disponer la cancelacion del titulo y todo otro nombramiento que se le hubiere otorgado al magistrado destituido a que se contrae el articulo primero de la presente resolucion, inscribiendose la medida en el registro personal, debiendose asimismo cursar oficio al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia y a la senora Fiscal de la Nacion, y publicarse la presente resolucion, una vez que quede consentida o ejecutoriada. Registrese y comuniquese. MORDAZA LA HOZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA STANBURY MORDAZA MORDAZA MORDAZA 18872

Destituyen a vocal titular por su actuacion como Presidente Encargado de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 082-2002-PCNM P.D. Nº 025-2001-CNM
San MORDAZA, 4 de setiembre de 2002 VISTO: El MORDAZA Disciplinario numero 025-2001-CNM, seguido contra el doctor MORDAZA Munoz MORDAZA, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por su actuacion como Presidente encargado de la Corte Superior de Justicia de Lima; y el pedido de destitucion formulado por el senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Nº 059-2001-PCNM, del 18 de diciembre del 2001, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura abrio MORDAZA Disciplinario al doctor MORDAZA Munoz MORDAZA, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, los cargos que se le imputan al doctor MORDAZA Munoz MORDAZA son los siguientes: a) Haber retirado a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Calvo del cargo de Juez del Noveno Juzgado Especializado en lo Penal de MORDAZA, sin que mediara argumento valedero, debido a que en dicho juzgado se tramitaban expedientes con trascendencia politica, como el MORDAZA penal contra el derecho de sufragio por adulteracion del MORDAZA preferencial con motivo de las ultimas elecciones generales; la instruccion por delito contra la tranquilidad publica, a raiz de la marcha de los "cuatro suyos"; el seguido contra el MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por delito de violencia y resistencia a la autoridad; la denuncia penal contra don MORDAZA Mur MORDAZA, asi como la sumaria investigacion seguida por don MORDAZA Escardo MORDAZA Gallo contra "Canal N", don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otro; b) Aceptar la recomendacion del Vocal integrante de la Sala del procesado, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para designar a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA en lugar

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