Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2002 (25/10/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 25 de octubre de 2002

expuestas en la parte considerativa en la presente Resolucion. Segundo.- DISPONER que se ponga en conocimiento del Comite Especial,la presente resolucion y se publique en el Diario Oficial El Peruano, dentro del plazo de Ley. Tercero.- DISPONER que la Oficina de Administracion, a traves de la Unidad de Tesoreria, queda encargada de reintegrar a los Adquirientes de Bases del MORDAZA, el costo de la misma. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo Quinto.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicacion y/o ampliacion de la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- Encarguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Oficina de Administracion, Oficina de Rentas, a traves de las Jefaturas pertinentes, y a la Oficina de Presupuesto, Planificacion, Racionalizacion e Informatica, asi como a la Secretaria General, la publicacion y difusion de la misma. POR CUANTO:

MORDAZA BONIFAZ MORDAZA MORDAZA 18722

Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 18467

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban Ordenanza de Beneficio Tributario por concepto de Impuesto Predial periodo 2001 y anos anteriores
ORDENANZA Nº 056-02-MDL
Lince, 23 de setiembre de 2002 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE POR CUANTO: En Sesion Extraordinaria de la fecha, con dispensa del tramite de Aprobacion del Acta y por UNANIMIDAD aprobo lo siguiente: ORDENANZA DE BENEFICIO TRIBUTARIO IMPUESTO PREDIAL 2001 Y ANOS ANTERIORES Articulo Primero.- CONCEDASE a los deudores tributarios un beneficio tributario (Amnistia) por concepto de Impuesto Predial periodo 2001 y anos anteriores a partir del 25 de setiembre y por quince dias, comprendiendose dentro del beneficio de condonacion lo siguiente: a) Los intereses moratorios de los tributos que son de administracion municipal, correspondiente a las deudas devengadas y factor de actualizacion al 31 de diciembre de 2001 por este concepto. b) Los Fraccionamientos que se hayan hecho por este concepto podran ser cancelados con este beneficio considerando las cuotas canceladas como pago a cuenta teniendo que cancelar el saldo al contado. Finalizado dicho periodo la Unidad de Ejecutoria Coactiva procederia a efectuar las acciones de embargo previstas en la Ley de Ejecutoria Coactiva, Ley Nº 26979. Articulo Segundo.- ESTABLEZCASE que el beneficio de condonacion incluye las deudas por los conceptos detallados en el articulo anterior que se encontraran con recursos de impugnacion ante esta Municipalidad, Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, y/o Tribunal Fiscal y dentro del procedimiento de cobranza coactiva; asi como las promovidas ante el Poder Judicial, previa acreditacion del respectivo desistimiento y pago de los tributos que quedasen como deuda real producto de este beneficio. Articulo Tercero.- Con el fin de acogerse al beneficio de la presente Ordenanza, el deudor tributario y los infractores deberan cumplir con el pago de la deuda resultante de la aplicacion de la condonacion, para la misma debera contar con la autorizacion y liquidacion de la Unidad de Ejecutoria Coactiva por encontrarse dichos valores en dicha area dejando una MORDAZA de la misma a dicha Unidad para efectuar las acciones administrativas pertinentes a que hubiera lugar. Los costos procesales y gastos administrativos seran cobrados por las acciones que se ejecutaron en el presente ano para al recuperacion de las deudas por dicha Unidad estableciendo en este caso los minimos por este concepto. Articulo Cuarto.- El presente beneficio se aplicara por segmento de deudas devengadas empezando por la mas antigua a la mas actual y siempre y cuando hayan cancelado por lo menos al I Trimestre de dicho Impuesto correspondiente al ano 2002.

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO-CHOSICA
Precisan designacion de Auxiliar Coactiva de la Municipalidad
(Se publica la Resolucion de Alcaldia de la referencia a solicitud de la Secretaria General de la Municipalidad de Lurigancho-Chosica mediante Oficio Nº 176-02-SG, recibido el 23 de octubre de 2002)

RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 2553/01-MDL
Chosica, 14 de diciembre de 2001 Visto el expediente de la referencia seguido por la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz, en el que solicita aclaracion de la Resolucion de Alcaldia Nº 2520-98-MDL, por las razones que expone; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 2520-98/MDL, de fecha 31.12.98 fue designada la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de confianza de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Lurigancho-Chosica; Que, mediante Informe Nº 042, el Jefe de la Unidad de Personal senala que la Ley Nº 27204 de fecha 26 de noviembre de 1999, precisa que el cargo de EJECUTOR y AUXILIAR COACTIVO no son cargos de confianza y en concordancia con el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento Nº 005-90-PCM, se debe considerar como FUNCIONARIA NOMBRADA en esta entidad edilicia, por lo que solicita la modificacion del primer numeral de la Resolucion de Alcaldia Nº 2520-98/MDL en ese sentido; Que, Asesoria Legal en su pronunciamiento emitido a fs. 13 opina por la procedencia de lo solicitado aclarando se reconozca a la recurrente su condicion de funcionaria nombrada sujeta al regimen de lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276 y su respectivo Reglamento; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades; RESUELVE: Articulo Primero.- Precisar que la designacion efectuada a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Resolucion de Alcaldia Nº 2520-98/MDL, es como Funcionaria Nombrada en el cargo de AUXILIAR COACTIVO, categoria remunerativa F-1, de la Municipalidad Distrital de Lurigancho-Chosica, sujeta al regimen del Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento Nº 005-90-PCM; en virtud de la Ley Nº 27204. Articulo Segundo.- Tomese debido conocimiento por la Oficina de Administracion y Unidad de Personal para sus fines. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 18821

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