Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2004 (17/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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ganizacion y Funciones, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 0512-B-92-IN/DM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Transferir a la Facultad de Ingenieria Quimica de la Universidad Nacional del Altiplano - MORDAZA, sesenta y cuatro kilogramos con seiscientos gramos (64,600 kg) de ACETONA, cuarenta y cinco kilogramos con quinientos gramos (45,500 kg) de ACIDO CLORHIDRICO, ciento diez kilogramos (110,000 kg) de ACIDO SULFURICO, treinta y tres kilogramos con ochocientos gramos (33,800 kg) de AMONIACO, veinticuatro kilogramos con quinientos gramos (24.500 kg) de CARBONATO DE POTASIO, tres kilogramos con setecientos gramos (3,700 kg) de CARBONATO DE SODIO, once kilogramos con cuatrocientos gramos (11,400 kg) de CLORURO DE AMONIO, ocho kilogramos con doscientos ochenta gramos (8,280 kg) de PERMANGANATO DE POTASIO, cuarenta y un kilogramos con cien gramos (41,100 kg) de TOLUENO y cuarenta y cinco kilogramos (45,000 kg) de XILENO, con la finalidad de ser utilizados exclusivamente en el servicio academico de dictado de cursos especializados en la Facultad; asi como practicas de laboratorios. Articulo 2º.- La Oficina Ejecutiva de Control de Drogas procedera a la entrega de los Insumos Quimicos autorizados del stock existente en el Deposito Oficial de Insumos Quimicos del Ministerio del Interior - MORDAZA al representante acreditado de la Facultad de Ingenieria Quimica de la Universidad Nacional del Altiplano - MORDAZA, en presencia del representante del Ministerio Publico, previo pesaje y analisis certificado por un profesional quimico del Laboratorio Central de la Direccion de Criminalistica - PNP. Articulo 3º.- El Decano de la Facultad de Ingenieria Quimica de la Universidad Nacional del Altiplano - MORDAZA, adoptara las medidas necesarias que garanticen el debido uso de los insumos quimicos transferidos a merito de la presente Resolucion Ministerial, e informara pormenorizadamente a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas sobre dicho uso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 07299

Dan de baja y eliminan diversos insumos quimicos fiscalizados a cargo de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas del ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0541-2004-IN/1101 MORDAZA, 2 de MORDAZA del 2004 VISTO: El Informe Tecnico Nº 01-2004-IN/1105 de fecha 6 de febrero del 2004, con el cual profesionales quimicos de la Oficina de Drogas e Insumos Quimicos de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio del Interior OFECOD, comunican el resultado del Inventario Fisico de Insumos Quimicos decomisados por trafico ilicito de drogas y/o excedentes de las empresas que utilizan y comercializan insumos quimicos fiscalizados, efectuado en el Deposito Oficial de Insumos Quimicos del Ministerio del Interior bajo responsabilidad de la OFECOD y recomiendan Neutralizacion Quimica, Eliminacion, Transferencia y/ o Comercializacion de los mismos segun sus caracteristicas y/o estado de conservacion; CONSIDERANDO: Que, en el Deposito de Insumos Quimicos del Ministerio del Interior, bajo responsabilidad de la OFECOD existen entre otros, Veintiun kilogramos con setecientos gramos (21,700 kg) ACIDO CLORHIDRICO, tres kilogramos

(3,000 kg) de ACIDO CLORHIDRICO 0.5 N, cuatro kilogramos (4,000 kg) de ACIDO CLORHIDRICO DILUIDO, mil trescientos veintiseis kilogramos con cien gramos (1 326,100 kg) de ACIDO SULFURICO, ciento noventa y ocho kilogramos con trescientos (198,300 kg) de ACIDO SULFURICO 1 N, mil quinientos veintinueve kilogramos con doscientos cincuenta gramos (1 529,250 kg) de ACIDO SULFURICO DILUIDO, siete kilogramos con ochocientos gramos (7,800 kg) de ACETONA, un kilogramo con cuatrocientos gramos (1,400 kg) de ACETONA - BENCENO, catorce kilogramos con trescientos gramos (14,300 kg) de AMONIACO, dos kilogramos con novecientos gramos (2,900 kg) de ALCOHOL ETILICO, un kilogramo (1,000 kg) de ALCOHOL, quinientos gramos (0,500 kg) de CLORURO DE AMONIO, veinticuatro kilogramos con quinientos gramos (24,500 kg) de CARBONATO DE POTASIO, dos mil trescientos cuarenta y tres kilogramos con novecientos cincuenta gramos (2 343,950 kg) de CARBONATO DE SODIO, dos kilogramos con seiscientos gramos (2,600 kg) de CARBONATO DE SODIO (Sal de soda), un kilogramo (1,000 kg) de HIPOCLORITO DE SODIO, cinco kilogramos con quinientos gramos (5,500 kg) de MEZCLA DE ACETONA - TOLUENO, cuatro kilogramos con quinientos gramos (4,500 kg) de MEZCLA ACETONA - ALCOHOL, sesenta kilogramos (60,000 kg) de PERMANGANATO DE POTASIO EN SOLUCION, ochenta y cuatro kilogramos (84,000 kg) de PERMANGANATO DE POTASIO, cuatro kilogramos (4,000 kg) de SOLUCION ACUOSA MEZCLADA CON BARNIZ, ciento ochenta y un kilogramos con doscientos gramos (181,200 kg) de SULFATO DE SODIO, cuatro kilogramos con cuatrocientos sesenta y ocho gramos (4,468 kg) de XILOL, los mismos que se encuentran en mal estado de conservacion, son de alta toxicidad y por sus propiedades fisico-quimicas representan riesgo para la salud de las personas y contaminacion del medio ambiente, por lo que resulta necesario proceder a su Neutralizacion Quimica y/o Eliminacion; De conformidad a lo establecido en el articulo 79º inciso d) de la Ley de Represion del Trafico Ilicito de Drogas aprobada por Decreto Ley Nº 22095, concordante con el Art. 43º del Decreto Supremo Nº 008-93-ITINCI que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 25623 sobre Control y Fiscalizacion de Productos e Insumos Quimicos que intervienen directa e indirectamente en la elaboracion de Pasta Basica de Cocaina y otros; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoria Juridica y de conformidad con el Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 0512-B-92-IN/DM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar de baja y proceder a la Neutralizacion Quimica y/o Eliminacion por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Veintiun kilogramos con setecientos gramos (21,700 kg) ACIDO CLORHIDRICO, tres kilogramos (3,000 kg) de ACIDO CLORHIDRICO 0.5 N, cuatro kilogramos (4,000 kg) de ACIDO CLORHIDRICO DILUIDO, mil trescientos veintiseis kilogramos con cien gramos (1 326,100 kg) de ACIDO SULFURICO, ciento noventa y ocho kilogramos con trescientos (198,300 kg) de ACIDO SULFURICO 1 N, mil quinientos veintinueve kilogramos con doscientos cincuenta gramos (1 529,250 kg) de ACIDO SULFURICO DILUIDO, siete kilogramos con ochocientos gramos (7,800 kg) de ACETONA, un kilogramo con cuatrocientos gramos (1,400 kg) de ACETONA - BENCENO, catorce kilogramos con trescientos gramos (14,300 kg) de AMONIACO, dos kilogramos con novecientos gramos (2,900 kg) de ALCOHOL ETILICO, un kilogramo (1,000 kg) de ALCOHOL, quinientos gramos (0,500 kg) de CLORURO DE AMONIO, veinticuatro kilogramos con quinientos gramos (24,500 kg) de CARBONATO DE POTASIO, dos mil trescientos cuarenta y tres kilogramos con novecientos cincuenta gramos (2 343,950 kg) de CARBONATO DE SODIO, dos kilogramos con seiscientos gramos (2,600 kg) de CARBONATO DE SODIO (Sal de soda), un kilogramo (1,000 kg) de HIPOCLORITO DE SODIO, cinco kilogramos con quinientos gramos (5,500 kg) de MEZCLA DE ACETONA - TOLUENO, cuatro kilogramos con quinientos gramos (4,500 kg) de MEZCLA ACETONA - ALCOHOL, sesenta kilogramos (60,000 kg ) de PERMANGANATO DE POTASIO EN SO-

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