Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2004 (17/04/2004)
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TEXTO DE LA PÁGINA 60
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H.- Monto de los creditos y contingentes que no cuentan con cobertura 15/ Comerciales MES Hipotecario para Vivienda Consumo I.- Provisiones constituidas 16/ Comerciales MES Hipotecario para Vivienda Consumo J.- Provisiones requeridas 17/ Comerciales
NORMAS LEGALES
MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 2004
Normal H1 H2 H3 H4 Normal I1 I2 I3 I4
CPP H5 H6 H7 H8 CPP I5 I6 I7 I8
Deficiente H9 H10 H11 H12 Deficiente I9 I10 I11 I12
Dudoso H13 H14 H15 H16 Dudoso I13 I14 I15 I16
Perdida H17 H18 H19 H20 Perdida I17 I18 I19 I20
Total H21=H1+H5+H9+H13+H17 H22=H2+H6+H10+H14+H18 H23=H3+H7+H11+H15+H19 H24=H4+H8+H12+H16+H20 Total I21=I1+I5+I9+I13+I17 I22=I2+I6+I10+I14+I18 I23=I3+I7+I11+I15+I19 I24=I4+I8+I12+I16+I20
J1=(C1+D1+E1+F1+H1) *1% J2=(C2+D2+E2+F2+H2) *1%
J5=C5*5%+D5*1%+E4* 1.25%+F4*2.5+H5*5% J6=C6*5%+D6*1%+E5* 1.25%+F5*2.5%+H6*5%
MES
Hipotecario para Vivienda
J3=(C3+D3+E3+F3)*1%+ J7=C7*5%+D7*1%+E6* G1*0%+(G2+G3+G4+G5+ 1.25%+F6*2.5%+G7* G6)* 1%+H3*1% 0%+G8*1%+G9*5%+G1 0*1.25%+G11*2.5%+G1 2*5%+H7*5% J4=(C4+D4+H4)*1% J8=C8*5%+D8*1%+H8* 5%
Consumo K.- Superavit (Deficit) de provisiones 18/ Comerciales MES Hipotecario para Vivienda Consumo TOTAL
J9=C9*25%+D9*1%+E7* J13=C13*60%+D13*1% 6.25%+F7*12.5%+H9* +E10*15%+F10*30%+ 25% H13*60% J10=C10+25%+D10*1% J14=C14*60%+D14*1% +E8*6.25%+F8*12.5%+ +E11*15%+F11*30%+ H10*25% H14*60% J11=C11*25%+D11*1% J15=C15*60%+D15*1% +E9*6.25%+F9*12.5%+ +E12*15%+F12*30%+ G13*0%+G14*1%+G15* G19*0%+G20*1%+G21* 25%+G16*6.25%+G17* 60%+G22*15%+G23* 12.5%+G18*25%+H11* 30%+G24*60%+H15* 25% 60% J12=C12*25%+D12*1% J16=C16*60%+D16*1% +H12*25% +H16*60%
J17=C17*100%+D17*1% +E13*30%+F13*60%+ H17*100% J18=C18*100%+D18*1% +E14*30%+F14*60%+ H18*100% J19=C19*100%+D19*1% +E15*30%+F15*60%+ G25*0%+G26*1%+G27* 100%+G28*30%+G29* 60%+G30*100%+H19* 100% J20=C20*100%+D20*1% +H20*100%
J21= J1+J5+J9+J13+J17
J22= J2+J6+J10+J14+J18
J23= J3+J7+J11+J15+J19
J24= J4+J8+J12+J16+J20
K1= I1 - J1 K2= I2 - J2 K3= I3 - J3 K4= I4 - J4 K5= K1+K2+K3+K4
K6= I5 - J5 K7= I6 - J6 K8= I7 - J7 K9= I8 - J8 K10= K6+K7+K8+K9
K11= I9 - J9 K12= I10 - J10 K13= I11 - J11 K14= I12 - J12 K15=K11+K12+K13+K14
K16= I13 -J13 K17= I14 - J14 K18= I15 - J15 K19= I16 - J16 K20=K16+K17+K18+K19
K21= I17 - J17 K26= K1+K6+K11+K16+K21 K22= I18 - J18 K27= K2+K7+K12+K17+K22 K23= I19 - J19 K28= K3+K8+K13+K18+K23 K24= I20 - J20 K29= K4+K9+K14+K19+K24 K25=K21+K22+K23+K24 K30=K5+K10+K15+K20+K25
II.- CUADRE DEL ANEXO Nº 5 CON LAS CIFRAS DEL BALANCE 19/
L.- CIFRAS DE BALANCE Monto de creditos y contingentes L1=1401+1403+1404+1405+1406+ 7201+7202-2901.01-2901.02 Provisiones genericas Provisiones especificas Monto de creditos y contingentes M1=A21+A22+A23+A24 M.- ANEXO Nº 5 Provisiones genericas constituidas M2= I1+I2+I3+I4 Provisiones especificas constituidas M3= I21+I22+I23+I24-M2
L2=1409.01.02+1409.01.03+1409.02.02 +1409.02.03+1409.03.02+1409.03.03+ 1409.04.02+ 1409.04.03+2701.02
L3=1409.01.01+1409.02.01+1409.03.01 +1409.04.01+2701.01
------------------------------Gerente General
---------------------------------- Contador General
---------------------------------- Funcionario Responsable
NOTAS METODOLOGICAS DEL ANEXO Nº 5 Para la elaboracion del Anexo Nº 5 se incluira la informacion correspondiente al monto del capital de los creditos y contingentes, excluyendose los intereses devengados de creditos vigentes, los intereses y comisiones pagados por adelantado, y los ingresos y comisiones diferidos producto de la refinanciacion y reestructuracion de creditos. Las cooperativas deberan distribuir los creditos y contingentes de acuerdo con el MORDAZA de garantia o responsabilidad subsidiaria que cuenten segun lo que se indica en cada nota. En el caso de creditos y contingentes que cuenten con varios tipos de garantia, las cooperativas podran distribuirlos en funcion a la garantia o responsabilidad subsidiaria que consideren pertinente, reportando como valor MORDAZA el saldo de los mismos. 1. Indicar el monto de los creditos y contingentes de la cartera de la cooperativa segun la clasificacion correspondiente al deudor. Sin perjuicio de la distribucion de los creditos y contingentes que se realice en los acapites C a H de la Seccion I, la clasificacion del deudor es unica. En caso la responsabilidad del deudor con una misma cooperativa incluya creditos de diversos tipos, las cooperativas deberan procesar previamente dicha informacion de manera que la clasificacion del deudor se base en la clasificacion del credito que presenta la categoria de mayor riesgo, sin considerar aquellos creditos (operaciones) de consumo o MES que el deudor mantenga con un saldo menor a S/. 20. Por ejemplo, un deudor que tenga en una misma cooperativa un credito MES por un monto de S/.19 clasificado como Deficiente y un credito hipotecario por un monto de S/. 1,000 clasificado como Normal, sera considerado como un deudor Normal, tanto por el monto del credito MES como por el monto del credito hipotecario. Este MORDAZA de consolidacion de informacion debera encontrarse a disposicion de la Federacion.
2. Indicar el numero de deudores que existe por cada MORDAZA de credito. En este sentido, para el reporte por MORDAZA de credito, un deudor que cuente con un credito de consumo y un credito hipotecario, sera considerado como dos deudores distintos, uno con credito de consumo y otro con credito hipotecario. No obstante, un deudor que cuente con dos o mas creditos del mismo MORDAZA debera ser considerado como uno solo; asi, por ejemplo, un deudor que tenga tres creditos de consumo sera considerado como un solo deudor. Este MORDAZA de consolidacion de informacion debera encontrarse a disposicion de la Federacion. 3. Indicar el total de deudores segun clasificacion. La fila total del acapite B no constituye la suma de las filas anteriores. Para dicho efecto, las cooperativas deberan consolidar la informacion de manera que un deudor con diferentes tipos de creditos sea considerado uno solo; asi por ejemplo, un deudor con un credito de consumo y un credito hipotecario sera considerado como un solo deudor. Este MORDAZA de consolidacion de informacion debera encontrarse a disposicion de la Federacion. 4. Indicar la porcion de los creditos y contingentes que cuenta con la responsabilidad subsidiaria de una empresa del sistema financiero o del sistema de seguros del MORDAZA o del exterior, instrumentada en fianza solidaria o avales, o que cuenta con cobertura de seguro de credito extendida por un patrimonio de seguro de credito. La porcion cubierta se asignara en la columna correspondiente a la clasificacion del fiador, avalista o patrimonio MORDAZA respectivo, independientemente de la clasificacion del deudor. Las tasas de provisiones aplicables a esta porcion de los creditos corresponden exclusivamente a las de la tabla 1 del numeral 2.1 del Capitulo III del Reglamento para la Evaluacion y Clasificacion del Deudor y Exigencia de Provisiones aprobado por la Resolucion Nº 808-2003. No incluir los creditos hipotecarios otorgados con recursos del Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda (Mi Vivienda) los que seran reportados en el acapite G.