Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2004 (17/04/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 2004

viajes al exterior del MORDAZA en comision de servicios, estableciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, estos seran aprobados por resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del sector correspondiente, con excepcion de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, asi como de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aprobaran por resolucion del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares aeronauticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria - I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, la empresa FJ Turbine Power Inc., con Carta s/ n, del 18 de marzo del 2004, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 17 (Autorizacion para Talleres de Mantenimiento Aeronautico) y 18 (Inspeccion Tecnica a Talleres de Mantenimiento Aeronautico para Establecimiento o Actualizacion de Habilitaciones) de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil, establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, reprogramar la inspeccion tecnica de sus instalaciones en la MORDAZA de Miami, durante los dias 19 y 20 de MORDAZA del 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nºs. 3306 y 3307, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 0454-2004-MTC/12.04-SDA designando al Inspector MORDAZA MORDAZA Rubio MORDAZA, para realizar una inspeccion tecnica al taller de mantenimiento aeronautico FJ Turbine Power Inc. por renovacion de permiso de operacion, en la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 18 al 21 de MORDAZA del 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar la inspeccion tecnica a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 0454-2004-MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Rubio MORDAZA, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 18 al 21 de MORDAZA del 2004, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa FJ Turbine Power Inc., a traves de los Recibos de Acotacion Nºs. 3306 y 3307, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle:

Viaticos US$ 880.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 07347

Autorizan contratacion del servicio de soporte tecnico del software Oracle mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 264-2004-MTC/01 MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2004 VISTOS: El Informe Tecnico Nº 100-2004-MTC/10 de la Oficina General de Administracion y el Informe Nº 5122004-MTC/08 de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, relacionados con la solicitud de expedicion de la Resolucion Ministerial que exonere al Ministerio de Transportes y Comunicaciones del MORDAZA de seleccion correspondiente para la contratacion mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia del servicio de soporte tecnico del software Oracle; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Informe Tecnico Nº 100-2004-MTC/ 10 de la Oficina General de Administracion las aplicaciones informaticas de la Direccion General de Aeronautica Civil utilizan como plataforma de Base de datos, el software Oracle, contando a la fecha con varios rubros atendidos, principalmente en apoyo a la Seguridad Operacional, donde sobresale la aplicacion de Licencias y Habilitaciones al personal aeronautico; Que, asimismo se senala que la Direccion General de Circulacion Terrestre se encuentra implementando el Sistema Integrado de Circulacion Terrestre, abarcando los Subsistemas de Licencias de Conducir, Transporte de Carga y Pasajeros, Registro de Infracciones y Sanciones y Registro de Placas, todos utilizando como plataforma de Base de Datos el software Oracle version 9i; Que, igualmente, las Direcciones Generales de Gestion de Telecomunicaciones, de Control y Supervision de Telecomunicaciones, de Servicios Postales, y la Oficina de Recaudacion y Soporte Operativo del Viceministerio de Comunicaciones, utilizan diariamente en sus actividades el Sistema Ellipse para la administracion del Espectro Radioelectrico y el Sistema iGACC de Acotaciones y Cuentas por Cobrar, las cuales emplean como plataforma de Base de Datos el software Oracle version 8i, albergando la informacion actual e historica de todas las dependencias del Viceministerio de Comunicaciones; Que, de acuerdo a lo informado por la Oficina de Recaudacion y Soporte Operativo, la Base de datos que emplea el software Oracle y que almacena la informacion que es utilizada diariamente por las diferentes dependencias del Viceministerio de Comunicaciones, es manejada por la referida Oficina;

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