Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2004 (17/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 2004 2. Asiento MORDAZA de Inscripcion

NORMAS LEGALES

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Contendra los actos que la organizacion con posterioridad a su inscripcion realice, los mismos que se especifican en el articulo 12º. Articulo 16º.- La Subgerencia de Participacion Vecinal, responsable de la promocion del desarrollo local, otorgara credenciales a cada uno de los miembros del Organo Directivo de las Organizaciones Sociales inscritas en la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, de conformidad con la presente Ordenanza. El derecho de pago por dicho tramite sera de acuerdo a lo establecido en el TUPA. La credencial contendra como minimo los siguientes datos: a) Nombre de la Organizacion Social. b) Nombres y Apellidos del Miembro Directivo. c) Cargo del Miembro Directivo. d) Documento de Identidad. e) Domicilio. f) Fecha de Vigencia de la Credencial. g) Fotografia reciente a color y en tamano carne del Dirigente. h) Firma del Funcionario responsable." Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia Municipal a traves de la Subgerencia de Participacion Vecinal, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo 3º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion, en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 07364

Que mediante el documento de visto, se designo al senor Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Procurador Publico Municipal de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, cargo considerado de confianza y con rango de Gerente; Que, el articulo 10º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece las causales de nulidad de los actos administrativos, siendo entre otros el de contravenir la Constitucion, las leyes o las normas reglamentarias; Que, el articulo 202º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que en cualquiera de los casos enumerados en el articulo 10º de la referida Ley, la entidad, puede declarar de oficio la nulidad de los actos administrativos, aun cuando hayan quedado firmes, siempre que agravien el interes publico; Que, la referida Resolucion adolece de un error insalvable, en el sentido que el referido profesional no cuenta con los anos requeridos para dicho fin de conformidad con el articulo 30º liberal b) del Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa del Estado de fecha 25 de marzo de 1969; Que, estando a lo expuesto y con el visto MORDAZA de la Gerencia Municipal, Oficina de Asesoria Juridica, y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades concordado con el articulo 202º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la Nulidad de Oficio, de la Resolucion de Alcaldia Nº 042-2004/MDV-ALC de fecha 28 de enero del ano 2004, mediante la cual se designo al senor Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Procurador Publico Municipal de la Municipalidad Distrital de Ventanilla; por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Encargar, en via de regularizacion, la Procuraduria Publica Municipal de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, al senor Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, desde el 15 de enero del presente ano hasta que la MORDAZA autoridad de la entidad designe a funcionario titular. Articulo 3º.- El mencionado funcionario encargado ocupara el cargo, en condicion de confianza, retornando al termino de sus funciones al cargo de MORDAZA del cual fue titular u otro similar; asimismo, percibira las remuneraciones, bonificaciones y beneficios a que tenga derecho, con los dispositivos legales vigentes, encargandose a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion y Finanzas, Subgerencia de Personal y Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el fiel cumplimiento de lo dispuesto en el presente articulo. Articulo 4º.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas, bajo responsabilidad, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, cumplase, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALAVA MORDAZA 07322

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Declaran nulidad de resolucion que designo al Procurador Publico Municipal
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 123-2004/MDV-ALC Ventanilla, 6 de MORDAZA de 2004 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTOS: La Resolucion de Alcaldia Nº 042-2004/MDV-ALC de fecha 28 de enero del ano 2004 sobre designacion de Procurador Publico Municipal de la Municipalidad Distrital de Ventanilla y Ordenanza Municipal Nº 008-2003/ MDV-ALC; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, sustituido por el Articulo 194º mediante Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XVI del Titulo IV sobre Descentralizacion;

MUNICIPALIDAD DE C. P. MORDAZA DE PIEROLA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicios de profesional para la fiscalizacion, asesoria, procuraduria y cobranza de deudas tributarias y no tributarias
ACUERDO DE CONCEJO Nº 05-2004-MCPNP MORDAZA de Pierola, 30 de marzo del 2004

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