Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2004 (17/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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con el Informe Nº 0214-2004-INACC-DGDV de fecha 13 de MORDAZA de 2004; De conformidad con lo dispuesto por el inciso m) del articulo 105º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM y el articulo 77º del Reglamento de Diversos Titulos del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM; Con la visacion de la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- EXCLUIR de la relacion de derechos mineros que no han cumplido con el pago oportuno de la Penalidad correspondiente al ano 2003, aprobada por Resolucion Jefatural Nº 3780-2003-INACC/J de fecha 17 de noviembre del 2003, a sesenta y dos (62) concesiones mineras que se detallan en la relacion que forma parte de la presente resolucion y que se encuentra a disposicion de los usuarios en la Sede Central del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero, en sus Oficinas Descentralizadas, y, en la pagina web de la institucion (www.inacc.gob.pe), al haber cumplido oportunamente con el pago de la Penalidad correspondiente al ano 2003. Articulo 2º.- Modifiquese la Base de Control de Pagos de Derecho de Vigencia y Penalidad conforme a la presente resolucion. Articulo 3º.- Anexese MORDAZA certificada de la presente resolucion a cada uno de los expedientes involucrados y parte pertinente de la relacion de exclusion. Registrese, publiquese y archivese.

carne y pescado crudo" y al potaje de pescado crudo le llamaban "Gualquen", primando tambien esta costumbre en el lago Titicaca y sus MORDAZA afluentes; Que, en el siglo XVII el plato indio evoluciono abandonando su antiguo nombre por el de "Sei-vech" y luego al de Seviche, al agregarsele el zumo de limon que trajeran aquellas mujeres herederas de la cultura musulmana, convirtiendose en el plato nacional por excelencia, que se come en las tres regiones del Peru y en consecuencia con merito a ser declarado patrimonio cultural de la Nacion; Que, mediante Informe Nº 20-2003-INC/DIGECICU del Fondo Bibliografico de la Cultura Peruana, se observa la utilizacion de los terminos Ceviche o Cebiche, para identificar a esta Comida Tradicional, opinando que la ortografia correcta e historica, es "Seviche" escrito con "s" y con "v", destacandose el habla de la influencia MORDAZA en la comida peruana; Estando a lo visado por la Direccion de Registro y Estudio de la Cultura del Peru Contemporaneo, la Direccion de Fomento de las Artes, la Oficina de Asuntos Juridicos y la Direccion de Gestion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DECLARAR PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION al "SEVICHE: COMIDA TRADICIONAL DEL PERU", por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese.

MORDAZA MORDAZA BARCELLOS M. Jefe Institucional 07469

MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 07294

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Declaran Patrimonio Cultural de la Nacion al "Seviche: comida tradicional del Peru"
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 241/INC MORDAZA, 23 de marzo de 2004 VISTO, el Expediente Nº 01490 del Congreso de la Republica; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru, senala que es funcion del Estado la proteccion del patrimonio cultural de la Nacion; Que, mediante expediente del Visto, se solicita opinion sobre el proyecto de Ley Nº 2129/2001-CR que propone declarar al Ceviche: Comida Tradicional del Peru, patrimonio cultural de la Nacion; Que, el articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion" establece que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de proteger y declarar el patrimonio cultural arqueologico, historico y artistico, asi como tambien las manifestaciones culturales orales y tradicionales del pais; Que, el Instituto Nacional de Cultura en cumplimiento de la funcion que le asigna la ley, y con la participacion activa de la comunidad, viene realizando una permanente identificacion de las manifestaciones tradicionales del MORDAZA que deben ser declaradas patrimonio cultural de la Nacion; Que, mediante Informe Nº 52-003, la Direccion de Fomento de las Artes, da cuenta que en la epoca de la conquista se recogen informaciones que en la costa "comen

Declaran monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion al Templo de Huancasancos, provincia de Huancasancos
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 254/INC MORDAZA, 23 de marzo de 2004 Visto el Acuerdo Nº 18/19.02.2004 de la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo y demas documentacion sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru, senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con el articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo mediante Acuerdo Nº 18 de fecha 19 de febrero de 2004, propuso se declare Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion al Templo de Huancasancos, ubicado en la Plaza Mayor de Huancasancos, distrito de Sancos, provincia de Huancasancos, departamento de Ayacucho; Estando a lo visado por la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion"; Ley Nº 27580 "Ley que dispone medidas de proteccion que debe

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