Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2004 (17/04/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 2004

2004, para asistir como ponente en el "V Congreso Latinoamericano de Ciegos de ULAC". Articulo 2º.- El gasto que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion sera asumido por la Union Latinoamericana de Ciegos (ULAC) y lo que no cubra esta entidad, sera asumido por la propia funcionaria; no irrogando gasto alguno con cargo al Presupuesto de CONASEV. Articulo 3º.- La presente Resolucion no otorga derecho de exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA SAN MORDAZA Presidenta 07316

PCM, y los articulos 105º, 113º y 115º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; y, Con las visaciones de los Gerentes de Asesoria Legal y de Administracion e Informatica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion respectivo para la prorroga del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en el Jr. MORDAZA MORDAZA Nºs. 1826 - 1834 del Barrio Partido Alto, distrito de Tarapoto, provincia del departamento de San MORDAZA, por el monto total de $ 2,520.00 (Dos Mil Quinientos Veinte Dolares Americanos), por el periodo de nueve meses, financiados con recursos Donaciones y Transferencias - USAID. Articulo 2º.- Autorizar a la Gerencia General a suscribir la prorroga del contrato de arrendamiento del local descrito. Articulo 3º.- Disponer su publicacion en el Diario Oficial El Peruano en un plazo no mayor de diez (10) dias habiles de aprobada la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ERICSSON MORDAZA Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo 07418

DEVIDA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la prorroga de contrato de arrendamiento de inmueble ubicado en el departamento de San MORDAZA
COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y MORDAZA SIN DROGAS RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 029-2004-DV-PE MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA, es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Presidencia del Consejo de Ministros cuyo Titular del Pliego es el Presidente Ejecutivo y que de acuerdo a su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2002-PCM, es el ente rector que disena y conduce la Politica Nacional de Lucha contra el Trafico Ilicito de Drogas, el Consumo Ilegal de Drogas Toxicas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del pais; Que el inciso g) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicaciones Directas, las prorrogas del plazo del contrato de arrendamiento de inmuebles siempre que la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor; Que DEVIDA, al no contar con una infraestructura propia para el funcionamiento de sus oficinas de MORDAZA y Unidades Desconcentradas, requiere prorrogar el contrato de alquiler del inmueble ubicado en el Jr. MORDAZA MORDAZA Nºs. 1826 - 1834 del Barrio Partido Alto, distrito de Tarapoto, provincia del departamento de San MORDAZA, con la finalidad de continuar con el funcionamiento y el desarrollo de las actividades propias de la Institucion; Que, la Gerencia de Asesoria Legal y Gerencia de Administracion e Informatica de DEVIDA, ha emitido el correspondiente Informe Tecnico Legal que sustenta la necesidad de prorrogar al arrendamiento del local MORDAZA mencionado, por el periodo de nueve meses, en concordancia con lo establecido en el articulo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobada mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, lo expuesto en dicho informe justifica Tecnica y Legalmente la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la prorroga del contrato de arrendamiento cumpliendose con lo establecido en el articulo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobada mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-

INACC
Excluyen diversas concesiones mineras de la relacion de derechos mineros que no han cumplido con el pago oportuno de la penalidad correspondiente al ano 2003
INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y CATASTRO MINERO RESOLUCION JEFATURAL Nº 1320-2004-INACC/J MORDAZA, 14 de MORDAZA del 2004 VISTO; el Informe Nº 0214-2004-INACC-DGDV de fecha 13 de MORDAZA del 2004 emitido por la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Jefatural Nº 3780-2003-INACC/J de fecha 17 de noviembre de 2003, se aprueba la relacion de 4,412 concesiones mineras que no han cumplido con el pago oportuno de la Penalidad correspondiente al ano 2003; Que, por Ley Nº 28140, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27 de diciembre del 2003, se modifica el articulo 1º de la Ley Nº 28104, publicada el 21 de noviembre del 2003, disponiendo en su Articulo Primero: "Establecese por unica y MORDAZA vez hasta el 31 de diciembre de 2003, el plazo legal para el pago del derecho de vigencia y penalidades de los derechos mineros vencidos el 30 de junio del presente ano..."; Que, los titulares deberan acreditar los pagos por Derecho de Vigencia y/o Penalidad dentro del mes siguiente de efectuado dicho pago, entendiendose que el pago oportuno del Derecho de Vigencia y/o Penalidad comprende el abono integro de su monto y su acreditacion dentro de los plazos establecidos, de conformidad el articulo 37º del Reglamento de Diversos Titulos de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM; Que, en consecuencia, resulta conveniente excluir de la relacion de concesiones mineras que no han cumplido con el pago oportuno de la Penalidad correspondiente al ano 2003, aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 37802003-INACC/J de fecha 17 de noviembre de 2003, a sesenta y dos (62) concesiones mineras al haberse realizado los pagos por concepto de Penalidad del ano 2003, al MORDAZA de las normas MORDAZA citadas y cuya relacion obra

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