Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2004 (17/04/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 54

Pag. 266768
VISTA:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 2004

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 07302

La invitacion cursada a esta Superintendencia por el Fondo Latinoamericano de Reservas (FLAR) con el fin de designar dos representantes de nuestra institucion para participar en el MORDAZA sobre la Negociacion de Servicios Financieros en el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos, el mismo que se llevara a cabo del 15 al 16 de MORDAZA de 2004 en la MORDAZA de Bogota, Colombia; CONSIDERANDO: Que, el principal objetivo del citado MORDAZA es el de servir de foro para el intercambio de opiniones y experiencias en el MORDAZA del proximo inicio de las negociaciones para la suscripcion del tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de los paises de Colombia, Peru, Bolivia y Ecuador, donde ademas se desarrollaran temas relacionados con el tratamiento de los nuevos servicios financieros, las sucursales y agencias y sus implicancias para la competencia en el tratado de libre comercio, los retos que presenta el tratado de libre comercio en materia de supervision y control sobre servicios financieros, flujo de capitales e inversiones, los efectos esperados del tratado de libre comercio sobre los sistemas financieros y las economias, entre otros; Que, por ser de interes para la institucion, se ha considerado conveniente designar en esta oportunidad, a la senora MORDAZA MORDAZA Rispa, Jefa del Departamento de Regulacion y al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Analista del Departamento de Regulacion de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, para que en representacion de esta Superintendencia participen en el referido evento; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios, solo por el tiempo necesario para el cumplimiento del presente encargo, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos, alojamiento y alimentacion para uno de nuestros funcionarios, seran cubiertos por el Fondo Latinoamericano de Reservas (FLAR), debiendo asumir esta Superintendencia, unicamente, los gastos complementarios por concepto de viaticos de un funcionario y la Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2004 de acuerdo a lo establecido en la Directiva SBS Nº SBS-DIR-ADM-092-03; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA Rispa, Jefa del Departamento de Regulacion y al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Analista del Departamento de Regulacion de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, a la MORDAZA de Bogota, Colombia, del 15 al 17 de MORDAZA de 2004, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, deberan presentar ante el Superintendente de Banca y Seguros un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion por concepto de pasajes aereos, alojamiento y alimentacion para uno de nuestros funcionarios, seran cubiertos por el Fondo Latinoamericano de Reservas (FLAR), debiendo asumir esta Superintendencia, unicamente, los gastos complementarios por concepto de viaticos de un funcionario y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2004 conforme a lo establecido en la Directiva SBS Nº SBS-DIR-ADM-092-03, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos complementarios (Gastos por alimentacion 1 funcionario) Tarifa CORPAC US$ 160,00 56,48

Modifican Manual de Contabilidad para las Cooperativas de Ahorro y Credito no autorizadas a operar con recursos del publico
RESOLUCION SBS Nº 518-2004 MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2004 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion SBS Nº 1100-2002 del 5 de noviembre de 2002 se aprobo el Manual de Contabilidad para las Cooperativas de Ahorro y Credito no autorizadas a operar con recursos del publico, en adelante Manual de Contabilidad; Que, la Resolucion SBS Nº 808-2003 del 28 de MORDAZA de 2003 aprobo el Reglamento para la Evaluacion y Clasificacion del Deudor y la Exigencia de Provisiones, en adelante Reglamento, introduciendo modificaciones como la creacion de las garantias preferidas autoliquidables, la posibilidad de efectuar la sustitucion de contraparte crediticia para efectos de provisiones, entre otros, resultando necesario adecuar el anexo de reporte de la informacion sobre la clasificacion de deudores y la exigencia de provisiones a las mencionadas modificaciones; Que, asimismo, resulta necesario adecuar el Manual de Contabilidad a los nuevos lineamientos establecidos en el Reglamento, siendo tambien conveniente actualizar la relacion de las empresas del sistema financiero y entidades relacionadas contempladas en el numeral 10 del Capitulo I del Manual de Contabilidad, asi como armonizar las practicas contables en el MORDAZA con los criterios prudenciales internacionales; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por los numerales 9 y 13 del articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias; RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el Manual de Contabilidad para las Cooperativas de Ahorro y Credito no autorizadas a operar con recursos del publico, en los terminos senalados en el Anexo adjunto. Articulo Segundo.- La presente Resolucion entra en vigencia a partir de la informacion correspondiente al cierre de MORDAZA del 2004. La informacion correspondiente al cierre de los meses de marzo y MORDAZA debera ser reportada de acuerdo a los formatos y periodicidad vigentes a la fecha de publicacion de la presente norma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros ANEXO MODIFICACIONES AL MANUAL DE CONTABILIDAD I. Modifiquese el Capitulo I "Disposiciones Generales" del Manual de Contabilidad, en los siguientes terminos:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.