Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2004 (17/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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Que, de acuerdo a los terminos del referido Informe Tecnico, el Proyecto de Gestion Tecnica para Administracion de Frecuencias de la Oficina de Recaudacion y Soporte Operativo utiliza 6 instancias de Bases de Datos que trabajan con el software Oracle 8i, instaladas en dos Servidores de Datos, que almacenan la informacion correspondiente a los Sistemas: Ellipse, Acotaciones y Cuentas por Cobrar (iGACC), Donacion de Antenas Parabolicas y Capacitacion de Recursos Humanos, los cuales son usados diariamente en funciones de gestion, recaudacion y administrativas por todas las dependencias del Viceministerio de Comunicaciones y no pueden ser objeto de retraso o paralizacion, siendo por lo tanto imprescindible el servicio de soporte tecnico de Oracle; Que, el Sistema Integrado de Gestion Administrativa, usado en forma corporativa en la sede Central del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, esta desarrollado en ambiente visual y utiliza como plataforma de Base de Datos el Oracle 9i; Que, de acuerdo al referido Informe Tecnico, resulta de extrema necesidad que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones cuente con el servicio de soporte tecnico del software Oracle, pues de no ser asi se pondria en riesgo la informacion requerida para el normal desarrollo de las funciones asignadas y la adecuada utilizacion de la informacion creada que se maneja al interior de cada una de las dependencias usuarias del software Oracle; Que, asimismo se precisa que el servicio comprende el derecho de actualizacion, actualizacion de software y soporte de producto, para la Direccion General de Aeronautica Civil y para la Oficina de Recaudacion y Soporte Operativo (Ex Proyecto de Gestion para la Administracion de Frecuencia y Ex Proyecto de Control de Espectro Radio Electrico); asi como la actualizacion de software y soporte de producto para la Direccion General de Circulacion Terrestre; Que, la continuacion del servicio de soporte tecnico comprende el servicio de actualizacion sin costo adicional, mediante la entrega de CDs, con la nueva version de programas y la documentacion de los mismos y el soporte del producto, que brinda acceso y asistencia tecnica mediante su herramienta de soporte basada en Internet Oracle Metalink, la cual atiende las 24 horas del dia, los 7 dias de la semana y los 365 dias del ano y que solo esta disponible para todos los clientes con contratos de soporte activo; en el que se encontraran boletines tecnicos, articulos de solucion a problemas, asistencia en instalaciones, y otros; Que, de acuerdo a los terminos del referido Informe Tecnico, el software Oracle requiere de un alto conocimiento del manejo y administracion para no poner en riesgo la informacion utilizada, siendo imprescindible contar con el soporte tecnico que pueda brindar el propio fabricante del software; Que, la exclusividad del soporte tecnico para el software Oracle en nuestro MORDAZA, lo tiene la empresa Sistema Oracle del Peru S.A. por lo que se trata de un proveedor unico para la atencion de dicho requerimiento; Que, segun refiere el Informe Tecnico, el valor referencial del servicio de soporte tecnico para el software Oracle asciende a la suma de S/. 343 607.50 (trescientos cuarenta y tres mil seiscientos siete y 50/100 nuevos soles ), correspondiendo S/. 135 237.71 a la Direccion General de Aeronautica Civil, S/. 153 972.46 a la Oficina de Recaudacion y Soporte Operativo y S/. 54 397.33 a la Direccion General de Circulacion Terrestre; Que, asimismo se senala que la contratacion del servicio se realizara con cargo a Recursos Directamente Recaudados y Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 001-Oficina General de Administracion; Que, de acuerdo a los terminos del citado Informe Tecnico, el contrato para el soporte tecnico de la Direccion General de Aeronautica Civil y de la Oficina de Recaudacion y Soporte Operativo (Ex Proyecto de Gestion para la Administracion de Frecuencias y Ex Proyecto de Control de Espectro Radio Electrico), tendra una vigencia desde el 15 de MORDAZA del 2004 hasta el 14 de MORDAZA del 2005 y el contrato para el soporte tecnico de la Direccion General de Circulacion Terrestre tendra vigencia desde el 30 de MORDAZA del 2004 hasta el 29 de MORDAZA del 2005; Que, de acuerdo al inciso f) del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se encuen-

tran exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos; Que, el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones o contrataciones exoneradas del MORDAZA de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, y se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego, requiriendo de un Informe Tecnico Legal previo; dicha Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, segun se desprende del Informe Tecnico Nº 1002004-MTC/10 se debe garantizar el correcto y continuo funcionamiento del software Oracle que es utilizado en las distintas dependencias del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, requiriendo, su manejo y administracion, un alto conocimiento del mismo para no poner en riesgo la informacion utilizada, por lo que el servicio de soporte tecnico que brinda la empresa Sistemas Oracle del Peru S.A, es insustituible; Que, adicionalmente, la empresa Sistemas Oracle del Peru S.A, fabricante del software Oracle, brinda con exclusividad el soporte tecnico para el referido software, siendo el proveedor unico del servicio requerido; en tal sentido, se configura el supuesto senalado en el literal f) del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, en consecuencia, la contratacion del servicio de soporte tecnico del software Oracle debe realizarse mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, por ser este un servicio que no admite sustitutos y que solamente lo puede brindar la empresa Sistemas Oracle del Peru S.A., pues se trata del proveedor unico para la atencion de dicho requerimiento; Con el informe favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica y de conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias aprobadas por Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 056-2004-MTC/01 y modificado por Resolucion Ministerial Nº 145-2004-MTC/01 el Concurso Publico para la contratacion del servicio de soporte tecnico del software Oracle. Articulo 2º.- Exonerar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones del MORDAZA de Concurso Publico para la contratacion del servicio de soporte tecnico del software Oracle que brinda la empresa Sistemas Oracle del Peru S.A, hasta por la suma de S/. 343 607.50 (trescientos cuarenta y tres mil seiscientos siete y 50/100 nuevos soles) por tratarse de un servicio que no admite sustitutos, conforme a lo dispuesto en el inciso f) del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM. Articulo 3º.- Autorizar a la Oficina General de Administracion la contratacion del servicio a que se refiere el articulo 1º, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 4º.- La contratacion del servicio a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion se realizara con cargo a Recursos Directamente Recaudados y Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 001-Oficina General de Administracion. Articulo 5º.- El plazo de la contratacion del servicio de soporte tecnico a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion para la Direccion General de Aeronautica Civil del Viceministerio de Transportes y para la Oficina de Recaudacion y Soporte Operativo del Viceministerio de Comunicaciones sera desde el 15 de MORDAZA del 2004 hasta el 14 de MORDAZA del 2005 y para la Direccion General de Circulacion Terrestre del Viceministerio de Transportes sera desde el 30 de MORDAZA del 2004 hasta el 29 de MORDAZA del 2005.

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