Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2004 (23/06/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 23 de junio de 2004

el Recibo Nº 6091770-G, por S/. 162.00 Nuevos Soles correspondiente al arancel judicial cuya devolucion se solicita; Que, los hechos MORDAZA expuestos constituyen presuntos ilicitos penales los cuales deben ser debidamente investigados por las autor idades correspondientes a fin de determinar las responsabilidades del caso, en consecuencia resulta necesario autorizar a la Procuradora Publica del Poder Judicial, a fin de que inicie las acciones legales pertinentes ante las autoridades respectivas; Que en uso de las facultades conferidas por el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial D.S. Nº 017-93-JUS; y Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre Representacion y Defensa del Estado en Juicio modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que inicie las acciones legales pertinentes contra Telio MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y contra los que resulten responsables, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion, asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SIVINA MORDAZA Presidente 11840
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 085-2004-P-PJ

Que en uso de las facultades conferidas por el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial D.S. Nº 017-93-JUS; y Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre Representacion y Defensa del Estado en Juicio modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que inicie las acciones legales pertinentes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y contra los que resulten responsables, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion, asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SIVINA MORDAZA Presidente 11841

ORGANISMOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Brindan apoyo a la realizacion de MORDAZA eleccionario de representantes ante el Consejo de Participacion de la Juventud -CONAJUCOMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 334-2004-ANR

MORDAZA, 17 de junio de 2004 VISTO: El Memorandum Nº 248-2004-SSJ-GSJR-GG/PJ, del Subgerente de Servicios Judiciales de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el documento indicado en Visto, el Subgerente de Servicios Judiciales de la Gerencia General del Poder Judicial, en atencion a la Directiva Nº 011-2000SE-TP-CME-PJ, que regula el "Procedimiento en caso de detectarse Aranceles Judiciales y/o Derechos de Pago Administrativos Falsificados"; remite la solicitud de Habilitacion del Recibo Nº 5522597-P del 7 de MORDAZA de 2004, correspondiente al arancel judicial, por S/. 256.00 Nuevos Soles de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cardenas; con los demas anexos que de el se derivan; Que, mediante Carta EF/92.3233 Nº 223.2004, del 12 de MORDAZA de 2004, el Subgerente y Jefe de Division - Recaudacion del Departamento de Servicios Bancarios del Banco de la Nacion, comunica al Subgerente de Servicios Judiciales de este Poder del Estado que, en la Base de Datos, y en el archivo del dia 7 de MORDAZA de 2004, no se encuentra registrado el Recibo Nº 5522597-P, por S/. 256.00 Nuevos Soles, correspondiente al arancel judicial cuya habilitacion se solicita; Que, los hechos MORDAZA expuestos constituyen presuntos ilicitos penales los cuales deben ser debidamente investigados por las autor idades correspondientes a fin de determinar las responsabilidades del caso, en consecuencia resulta necesario autorizar a la Procuradora Publica del Poder Judicial, a fin de que inicie las acciones legales pertinentes ante las autoridades respectivas;

MORDAZA, 10 de junio de 2004 VISTOS: El Oficio Nº 62-2004-CE/CPJ del Presidente del Comite Electoral del Consejo de Participacion de la Juventud, CONAJU y el Informe Nº 324-2004-DGAJ; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27802 se creo el Consejo Nacional de la Juventud, con el objeto de establecer el MORDAZA normativo e institucional que oriente las acciones del Estado y de la sociedad en materia de politica juvenil, y que de conformidad con el articulo 6º se constituye el Consejo de Participacion de la Juventud, CPJ, como organismo de representacion, concertacion y participacion de la juventud; Que, de conformidad al articulo 18º de la Ley Nº 27802 el Consejo de Participacion de la Juventud, CPJ, esta constituida por jovenes de 15 hasta los 29 anos de edad de los partidos politicos; asociaciones u organizaciones juveniles constituidas; universidades publicas y privadas; institutos superiores tecnologicos y pedagogicos publicos y privados; centros educativos secundarios; comunidades campesinas y nativas; representantes de la poblacion con discapacidad y organizaciones deportivas; Que, el Consejo de Participacion de la Juventud ha iniciado las acciones destinadas a dar cumplimiento a las disposiciones del Decreto Supremo Nº 005-2004PCM, MORDAZA que dispone que en el mes de MORDAZA del ano 2004 deben llevarse a cabo las elecciones de los nuevos representantes ante el Consejo de Paticipacion de

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