Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2004 (23/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, miercoles 23 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

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la Juventud, para lo cual ha aprobado el correspondiente Reglamento de Elecciones; Que, mediante Oficio Nº 62-2004-CE/CPJ el Presidente del Comite Electoral del Consejo de Participacion de la Juventud, organo encargado de la organizacion del MORDAZA electoral, solicita a la Asamblea Nacional de Rectores su colaboracion, a fin de difundir el MORDAZA de elecciones de representantes ante el Consejo de Participacion de la Juventud para el periodo agosto 2004 a MORDAZA 2006; Estando al Informe Nº 324-2004-DGAJ; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones que le reconoce a la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Coordinacion Interuniversitaria y de la Ley Nº 27802; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Brindar apoyo a la realizacion del MORDAZA eleccionario de los representantes ante el Consejo de Participacion de la Juventud, CONAJU, para el periodo agosto 2004 a MORDAZA 2006, en cumplimiento de la Ley Nº 27802 y de su Reglamento Electoral. Articulo 2º.- Realizar la difusion del MORDAZA eleccionario de los representantes ante el Consejo de Participacion de la Juventud, a nivel del estamento estudiantil de las universidades publicas y privadas que conforman la Asamblea Nacional de Rectores y en la pagina Web institucional. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA B. Rector de la Universidad Nacional Agraria La MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA RONDINEL MORDAZA Secretaria General de la Asamblea Nacional de Rectores 11836

analisis de aforo correspondiente, analisis fisico - quimico y microbiologicos; encontrandose la obra inconclusa e inoperativa y en MORDAZA natural de deterioro prematuro, hechos que han ocasionando un perjuicio economico en desmedro de la entidad por la suma de S/. 148 106,28, importe total de la inversion realizada, debiendo ser resarcida de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 1321º del Codigo Civil; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso d) articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica el inicio de las acciones legales respectivas contra los responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con el articulo 22º inciso d) de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785, y los Decretos Leyes Nº 17537 y Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto, los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 11775

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales a presuntos responsables de ocasionar perjuicio economico a la Municipalidad Provincial de Morropon - Chulucanas y al ex CTAR MORDAZA
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 262-2004-CG

RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 263-2004-CG MORDAZA, 18 de junio de 2004 VISTO, el Informe Especial Nº 097-2004-CG/ZN, resultante del Examen Especial practicado en el Consejo Transitorio de Administracion Regional Arequipa; la Direccion Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, la Municipalidad Provincial de MORDAZA, periodo enero a diciembre de 2002, considerando operaciones relacionadas con el Convenio suscrito entre dichas entidades por el periodo MORDAZA citado; CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control del ano 2003 y al mandato legal establecido en el literal a) del articulo 82º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, la Contraloria General de la Republica efectuo un examen especial en el Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA, orientado a evaluar el cumplimiento del Convenio Nº 083-2002-CTAR/P suscrito entre la citada entidad; la Direccion Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, la Municipalidad Provincial de MORDAZA, para la ejecucion de la obra "Mejoramiento de Base y Colocacion de Carpeta Asfaltica Carretera Aplao - Tipan - Viraco, Tramo Quiscay - Huatiapilla"; Que, de la revision selectiva de la documentacion sustentatoria de los gastos relacionados con la ejecucion de la citada obra, la Comision Auditora ha determinado

MORDAZA, 18 de junio de 2004 VISTO, el Informe Especial Nº 096-2004-CG/ORPI, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Provincial de Morropon - Chulucanas, Departamento de MORDAZA, periodo 2001 - 2002, considerando aspectos anteriores y posteriores al citado periodo; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Plan Anual de Acciones de Control de la Oficina Regional de Control MORDAZA, la Contraloria General de la Republica dispuso la ejecucion de una accion de control a la Municipalidad Provincial de Morropon - Chulucanas, departamento de Piura; Que, como consecuencia de la mencionada accion de control, la Comision Auditora ha determinado que la entidad ejecuto el Proyecto de Abastecimiento de Agua Potable para el caserio de la Vina (I y II etapa) en base a expedientes tecnicos los mismos que fueron elaborados con datos y parametros tecnicos del ano 1984 y sin contar con especificaciones tecnicas tales como: la realizacion de estudios a traves de los

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