Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2004 (23/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, miercoles 23 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

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Estando a lo informado por los documentos de vistos; y, de conformidad con lo establecido en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, en el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa Judicial del Estado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y la Ley Nº 26487, Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Ampliar el articulo unico de la Resolucion Jefatural Nº 081-2004-J/ONPE, incluyendo dentro de la autorizacion otorgada al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el delito de Falsedad Generica como conducta delictiva que amerita el inicio de acciones judiciales, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLDEVILLA Jefe 11755

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 288-2004-JEF/RENIEC

digital, codigo bajo normas OACI con los datos del titular y codigo de barras con el CUI del titular; Que, asi mismo, se ha comprobado que la inscripcion Nº 08269999 corresponde al ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del cual sus antecedentes registrales se encuentran conformes, no habiendo sido objeto de alteracion, por lo que los datos del registro unico de identificacion de las personas naturales no han sido vulnerados; Que, habiendose acreditado que el Documento Nacional de Identidad Nº 08269999 presentado por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA es falso, este ha sido utilizado por su titular como si fuera verdadero, toda vez que ha sido utilizado con fines de identificacion con el afan de acreditar su identidad personal frente a hechos y actos que solo deben probarse con el documento; Que, los hechos descritos precedentemente, se puede evidenciar la comision de ilicito penal, toda vez que se ha falsificado un documento, como es el Documento Nacional de Identidad Nº 08269999, con la finalidad de utilizarlo y probar la identidad personal de su titular, perjudicando al Estado y a la integridad y confiabilidad del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; existiendo la presuncion razonada de la realizacion del delito contra la Fe Publica en la modalidad de falsificacion de documentos ilicito previsto y sancionado en los articulos 427º del Codigo Penal vigente; En uso de las facultades conferidas en el Decreto Ley Nº 17537, asi como en el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y el articulo 11º inc. h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y quienes resulten responsables del ilicito cometido en agravio del Estado y el RENIEC. Articulo Segundo.- Remitase todo lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 11338
RESOLUCION JEFATURAL Nº 289-2004-JEF/RENIEC

MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2004 VISTOS: El Oficio Nº 610-2004-GP/RENIEC formulado por la Gerencia de Procesos, el Informe Nº 040-2004-GO/ SGCF emitido por la Subgerencia de Fiscalizacion y Control en fecha 12 de MORDAZA del presente, Informe Nº 143-2004-GP/ SGDAC_RENIEC, emitido por la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central en fecha 10 de MORDAZA del presente ano y el Informe Nº 541-2004-GAJ/RENIEC, de fecha 21 de MORDAZA del presente, de la Gerencia de Asesoria Juridica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio del visto, la Gerencia de Procesos hace saber que en el mes de diciembre del ano 2003, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se identifica ante el Notario Publico de MORDAZA senor MORDAZA Corcuera MORDAZA, con el Documento Nacional de Identidad Nº 08269999, con la finalidad de efectuar un tramite legal, ante el cual se procedio a efectuar la comprobacion de su identidad en la base de datos de RENIEC, verificandose que dicha persona no cuenta con DNI sino unicamente con Libreta Electoral, hecho ante el cual, la Notaria remite el DNI al RENIEC a efecto de que compruebe su validez; Que, mediante el Infor me Nº 143-2004-GP/ SGDAC_RENIEC, la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central informa que efectuado el Peritaje Grafotecnico Nº 025-2004/GP/BG/RENIEC se ha determinado que el DNI Nº 08269999 a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA es falso, por cuanto carece de los elementos de seguridad que presenta el Documento Nacional de Identidad emitido por el RENIEC tales como: MORDAZA de agua personalizada con escudo del Peru, hilo de seguridad no reproducible, con texto: "Republica del Peru", banda iridiscente con texto personalizado "PERU", banda gris superior con la palabra "DNI", lineas MORDAZA que cruzan el fondo MORDAZA verdoso, codigo de barras bidimensional de la impresion

MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2004 Visto, Oficio Nº 2067-2004-GO/RENIEC, el Informe Nº 611-2004-GO-SGREC/RENIEC, y el Informe Nº 4692004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 5 de MORDAZA del 2004. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su labor fiscalizadora ha detectado que la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, con fecha 6 de MORDAZA de 1973, se presenta ante el Registro y obtiene la Inscripcion Nº 3874151 (siete digitos), registrando haber nacido el 21 de marzo de 1952 en el distrito de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, y de estado civil casada, luego en el ano 1984, en merito al MORDAZA de reinscripcion solicita rectificacion de apellido y obtiene la Inscripcion Nº 08637780, registrandose como MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE QUICANO;

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