Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2004 (23/06/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 23 de junio de 2004

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Establecen MORDAZA de Otorgamiento de Partida de Nacimiento para personas en situacion economica precaria y con discapacidad en el distrito de Pueblo Libre
ORDENANZA Nº 141-MPL

a) Ingresada la solicitud, esta sera remitida inmediatamente a la Asistenta Social. b) Realizada la evaluacion respectiva, la Asistenta Social emite informe, favorable o no, el mismo que debera ser remitido a la Unidad de Registros Civiles dentro del plazo MORDAZA de tres dias. c) La Unidad de Registros Civiles, una vez recibido el informe, de ser favorable, procedera a la emision de la MORDAZA solicitada, de ser desfavorable, se le MORDAZA saber al recurrente, el motivo. Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Humano, Oficina de Administracion, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- Encargar a la Oficina de Comunicacion Social su difusion y a la Oficina de Administracion, su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese publiquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 11808

Pueblo Libre, 18 de MORDAZA de 2004. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 006-2004-MPL/CPL-CPDH de la Comision Permanente de Desarrollo Humano; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194º, reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, teniendo en cuenta la dificil situacion economica que afecta a la comunidad y en coherencia con la politica de apoyo social de la presente Gestion, es necesario brindarles las mayores facilidades a las personas de menores recursos economicos y de las personas con discapacidad, en la obtencion de MORDAZA certificada de su partida de nacimiento, documento necesario para la realizacion de otros tramites. El otorgamiento del citado beneficio, estara sujeto al informe favorable de la Asistenta Social y Coordinadora del Programa de Proteccion, Participacion y Organizacion de Vecinos con Discapacidad; Que, el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, senala que mediante las ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley; En uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y con el MORDAZA Unanime del pleno del Concejo, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Establezcase la MORDAZA de Otorgamiento de Partida de Nacimiento para personas en situacion economica precaria y para personas discapacitadas en el distrito de Pueblo Libre, mediante la cual se brindara facilidades economicas para la obtencion de la citadas partidas. Articulo Segundo.- Establecer por concepto de Expedicion de Copias Certificadas de Partida de Nacimiento, el monto unico de S/.5.50 (CINCO y 50/100 Nuevos Soles) como beneficio para la obtencion de partidas de nacimiento, para aquellas personas que se encuentren en precaria situacion economica. Asimismo, dicho beneficio sera tambien aplicable a toda aquella persona discapacitada. Articulo Tercero.- Establezcase el plazo de vigencia del beneficio senalado en el articulo anterior, hasta el 9 de agosto del presente ano. Articulo Cuarto.- El beneficio establecido en el articulo MORDAZA del presente, estara sujeto para su aprobacion, al informe favorable de la Asistenta Social y Coordinadora del Programa de Proteccion, Participacion y Organizacion de Vecinos con Discapacidad, siguiendo el procedimiento detallado a continuacion:

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Designan Comision responsable de Concurso Publico de Meritos para cubrir plaza vacante de Auxiliar Coactivo de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0441-2004-MDR

MORDAZA, 16 de junio de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA VISTO: Los Memorandums Nºs. 298 y 364-2004-GMMDR de la Gerencia Municipal de fechas 26.5.04 y 10.6.04 respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante documentos de vistos la Gerencia Municipal solicita la conformacion de una Comision que convoque a Concurso Publico de Meritos para cubrir el cargo de la Plaza Vacante de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital del Rimac; Que, la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, modificada por la Ley Nº 28165, establece el MORDAZA legal de los actos de ejecucion coactiva de las entidades de la Administracion Publica Nacional; Que, el articulo 7º del referido cuerpo legal dispone que la designacion de los Ejecutores y Auxiliares Coactivos se efectuara mediante Concurso Publico de Meritos; Que, por las consideraciones expuestas y a fin de cubrir el cargo de la Plaza Vacante en mencion se hace necesario designar a los Miembros Titulares y Suplentes que se encargaran de llevar a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente; De conformidad a lo dispuesto en el articulo 20º numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Ley Nº 26976, Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a la Comision responsable de llevar a cabo el Concurso Publico de Meritos para cubrir el cargo de la Plaza Vacante de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital del MORDAZA, que estara integrado por los siguientes funcionarios:

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