Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2004 (23/06/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 23 de junio de 2004 DIRECTIVA Nº 005-2004/SBN

SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
Aprueban Directiva Nº 005-2004/SBN que regula procedimientos de administracion, custodia y disposicion de bienes incautados y decomisados por delito de terrorismo y traicion a la patria
RESOLUCION Nº 023-2004/SBN

ADMINISTRACION, CUSTODIA Y DISPOSICION DE LOS BIENES INCAUTADOS POR DELITOS DE TERRORISMO

1.- ASPECTOS GENERALES 1.1.- Finalidad - Establecer los procedimientos para que la Superintendencia de Bienes Nacionales, en adelante la SBN, recepcione, administre y custodie provisionalmente los bienes incautados por delitos de Terrorismo y Traicion a la Patria hasta que se dicte sentencia definitiva, de conformidad a lo dispuesto por los Decretos Legislativos Nºs. 922 y 926. - Establecer los procedimientos para que la SBN recepcione, administre y realice la disposicion de los bienes que por sentencia judicial condenatoria pasan a poder del Estado, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25475. 1.2.- Base Legal - La Cuarta Disposicion Transitoria Final del Decreto Ley Nº 25556, de fecha 1-7-1992, modificada por el Decreto Ley Nº 25738, de fecha 21 de setiembre de 1972, que creo la Superintendencia de Bienes Nacionales. - El Articulo 1º de la Ley Nº 27395, de fecha 30-122000, que adscribio a la SBN al Ministerio de Economia y Finanzas. - Los literales e) y f) del Articulo 7º del Estatuto de la SBN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 131-2001EF, de fecha 4-7-2001. - Los literales a) y b) del Articulo 43º, los articulos 39º y 41º en lo que fuera pertinente, del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN aprobado por la Resolucion Nº 315-2001/SBN, de fecha 3-9-2001. - El Articulo 1º de la Resolucion Nº 158-97/SBN, de fecha 23-7-1997, que aprueba, entre otros, el Catalogo Nacional de Bienes Muebles del Estado. - La Septima Disposicion Final y Transitoria del Decreto Ley Nº 25475, de fecha 5-5-1992, que establece la penalidad para los delitos de Terrorismo y los procedimientos para la investigacion, instruccion y el juicio. - El Articulo 4º del Decreto Ley Nº 25744, de fecha 21-9-1992, normas que se aplicaran a la investigacion policial, la instruccion y el juicio, asi como el cumplimiento de la condena de los delitos de traicion a la patria previstos en el Decreto Ley Nº 25659. - La Cuarta Disposicion Complementaria del Decreto Legislativo Nº 922, de fecha 12-2-2003, que conforme a la sentencia del Tribunal Constitucional Exp. Nº 010-2002AI/TC, regula la nulidad de los procesos por el delito de Traicion a la Patria y ademas establece normas sobre el MORDAZA penal aplicable. - La MORDAZA Disposicion Complementaria del Decreto Legislativo Nº 926, de fecha 20-2-2003, que MORDAZA las anulaciones en los procesos por Delito de Terrorismo seguidos ante Jueces y Fiscales con identidad secreta y por aplicacion de la prohibicion de recusacion, declarado inconstitucional por la Sentencia del Tribunal Constitucional Exp. Nº 010-2002-AI/TC. 1.3.- Alcance La presente Directiva es de aplicacion y cumplimiento obligatorio por la SBN, a traves de la Jefatura de Patrimonio Mobiliario (JPM) en el caso de bienes muebles y a traves de la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones (JAR) y de la Jefatura de Adjudicaciones (JAD) en el caso de bienes inmuebles. 1.4.- Disposiciones Generales 1.4.1. Para efectos de la presente Directiva, son objeto de recepcion, administracion y custodia provisional por parte de la SBN, los bienes que se encuentran com-

La MORDAZA, 17 de junio de 2004 CONSIDERANDO: Que, los Decretos Legislativos Nºs. 922 y 926, regulan la nulidad de los procesos por el delito de traicion a la patria y establecen normas sobre el MORDAZA penal aplicable y el procedimiento de la anulacion de dichos procesos penales; Que, en virtud de los Decretos Legislativos MORDAZA referidos se encargo a la Superintendencia de Bienes Nacionales la administracion, custodia provisional de los bienes muebles, inmuebles y dinero incautados durante la investigacion policial y/o judicial hasta que se dicte sentencia definitiva; Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN) es la entidad encargada del registro, control y administracion del patrimonio estatal, teniendo por finalidad promover el aprovechamiento economico de los bienes del Estado bajo un sistema de administracion de los mismos; Que, de acuerdo a lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 071-2001, la SBN tiene la autonomia economica, presupuestal, financiera, tecnica y funcional necesaria para la ejecucion de los actos de adquisicion, disposicion, administracion y control de los bienes de propiedad estatal cuya administracion esta a su cargo; Que, el literal K) del articulo 13º del Estatuto de la SBN aprobado por Decreto Supremo Nº 131-2001EF, establece como una de las atribuciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales la de dictar directivas de cumplimiento obligatorio para las entidades publicas respecto de la administracion, disposicion y adquisicion de los bienes de propiedad estatal; Que, acorde a las tareas encomendadas a la SBN a traves de los Decretos Legislativos Nºs. 922 y 926, es necesario aprobar la directiva que establezca los procedimientos de administracion, custodia y disposicion de los bienes incautados en el delito de terrorismo y traicion a la patria hasta que se dicte sentencia definitiva; De conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 130-2001-EF, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2003-EF y la Resolucion Nº 315-2001/SBN; Con las visaciones de la Gerencia de Operaciones, Gerencia Legal y la Gerencia General; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la Directiva Nº 005-2004/ SBN, por la cual se regula los procedimientos de administracion, custodia y disposicion de los bienes incautados y decomisados por el delito de terrorismo y traicion a la patria, al MORDAZA de los Decretos Legislativos Nºs. 922 y 926. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AMEZAGA MORDAZA Superintendente de Bienes Nacionales

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