Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2005 (14/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, jueves 14 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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REGLAMENTO DE ADMISION A LAS ESCUELAS DE FORMACION DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU TITULO I GENERALIDADES CAPITULO I OBJETO, FINALIDAD, ALCANCE Y BASE LEGAL
Articulo 1º.- El presente reglamento tiene por objeto normar la administracion del concurso de admision a las Escuelas de Formacion de la Policia Nacional del Peru (EE FF PNP). Articulo 2º.- Este reglamento tiene como finalidad: a. Uniformar los criterios que se aplicaran durante el concurso de admision a las EE FF PNP. b. Determinar las normas de comportamiento que observara el personal PNP y los postulantes durante el concurso de admision a las EE.FF. de la PNP. Articulo 3º.- Las prescripciones del presente reglamento alcanzan a todo el personal de la Policia Nacional del Peru, los postulantes, asi como a sus familiares en la parte que les respecta. Articulo 4º.- Base Legal: 01. Constitucion Politica del Peru. 02. Ley de la PNP Nº 27238 del 21DIC99 y su modificatoria Nº 28078 del 25SET2003. 03. Ley General de Educacion Nº 23384 del 15MAY82. 04. Ley Universitaria Nº 23733 del 09DIC83. 05. Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444 del 10ABR2001. 06. Ley de Promocion y Desarrollo del Deporte Nº28036 del 02JUL2003. 07. Ley del Servicio Militar Nº 27178 del 28SET99 y sus modificatorias. 08. Ley del Regimen Disciplinario PNP Nº 28338 del 17AGO2004. 09. DS. Nº 008-2000-IN del 06OCT2000 Reglamento de la Ley PNP. 10. RS. Nº 0140-89-IN/DM Codigo de Etica Profesional PNP del 30JUN89. 11. RM. Nº 0173-87-IN/DM creacion del Sistema Educativo PNP. 12. RM Nº 0459-2004-IN/PNP del 23MAR2004. Beneficio para los hijos del personal PNP fallecidos en el cumplimiento del deber. 13. RM. Nº 0306-92 IN/PNP Reglamento del Sistema Normativo PNP 17MAR92. 14. RD. Nº 826-99-DGPNP/EMG Reglamento de Educacion Fisica y ARMAPOL del 24MAR99. 15. Texto Unico de Procedimientos Administrativos del MININTER.

nomicos, disponiendo la apertura de los libros contables sobre el particular, dando cuenta mensualmente a la instancia correspondiente. Articulo 10º.- Propone al DIRIDP el personal PNP debidamente seleccionado y capacitado para que conformen los diferentes Comites de Admision, responsables de los procesos en las EE.FF. de la PNP los que seran nombrados mediante Resolucion Directoral DIRIDP. Articulo 11º.- La Oficina Central de Admision, para efectos del desarrollo especifico de los procesos de admision a las EE. FF. de la PNP recibira el apoyo de JJ. OO. del Sistema de Instruccion Policial, constituyendo una Comision Central de Admision nombrada mediante Resolucion Directoral procedente de la Direccion General PNP.

CAPITULO II DE LAS OFICINAS DE ADMISION DE LAS EE.FF PNP.
Articulo 12º.- Son organos de caracter permanente, considerados dentro de la estructura organica de cada EE.FF. de la PNP. dependen tecnico-normativamente de la Oficina Central de Admision. Estara a cargo de un Oficial Superior o Subalterno PNP. Articulo 13º.- Cumplen las funciones y tareas que le asigna la DIRIDP a traves de la Oficina Central de Admision. Participan directamente en los procesos de admision a las EE. FF. de la PNP a cargo de la Oficina Central; constituyen parte de los Comites de Admision, desempenando cargos de coordinacion y/o de apoyo si asi lo considera la Oficina Central. Articulo 14º.- Tienen las siguientes funciones: a. Recepcionar del MORDAZA Examinador MORDAZA de los examenes, pruebas y resultados de los mismos, para su anotacion en el registro correspondiente. b. Dar lectura de los resultados de los examenes a los postulantes. c. Devolver los documentos a los eliminados, recabando el carne de postulante. d. Incinerar la documentacion no recogida, previa acta, transcurridos noventa (90) dias habiles de publicado el cuadro de merito final. e. Es responsable del empoce en la cuenta correspondiente de los recursos captados por la venta de prospectos e inscripcion de los postulantes a las EE. FF. de la PNP.

CAPITULO III DE LA COMISION CENTRAL DE ADMISION
Articulo 15º.- Es un organo temporal cuyos integrantes son nombrados por el Director General de la PNP mediante Resolucion Directoral a propuesta del DIRIDP. Articulo 16º.- Tiene como mision dirigir, coordinar supervisar y controlar que los Comites de Admision y Comisiones Especializadas comprometidas cumplan con eficiencia las directivas y demas aspectos relacionados con los procesos de admision a las EE.FF. de la PNP. Articulo 17º.- La Comision Central de Admision esta conformada de la siguiente manera: PRESIDENTE VOCALES MORDAZA PNP Jefe de la Oficina Central de Admision TRES (03) Coroneles del Sistema de Instruccion Policial. UN (01) Coronel. PNP Representante de la DIRIG.PNP. Un (01) Oficial Superior CJ PNP de la DIRIDP. UN (01) Oficial Policia, y UNO (01) de Servicios. Un (01) Oficial Superior o Subalterno de la Oficina Central de Admision.

TITULO II DE LOS ORGANOS DE ADMISION CAPITULO I DE LA OFICINA CENTRAL DE ADMISION
Articulo 5º.- Es un organo de caracter permanente que forma parte de la estructura organica de la Direccion de Instruccion y Doctrina (DIRIDP). Es la encargada del planeamiento, organizacion y evaluacion de los procesos de admision a las EE. FF. de la PNP a nivel nacional. Esta a cargo de un MORDAZA PNP y depende directamente del Director de Instruccion y Doctrina. Articulo 6º.- Es responsable de formular el Prospecto de Admision y demas contenidos informativos sobre el particular, asi como la Directiva Anual de Admision. Articulo 7º.- Realiza los requerimientos de personal, de herramientas informaticas, asi como de los recursos materiales y financieros para el logro de la mision encomendada. Articulo 8º.- Designa entre sus miembros a un Oficial encargado de la administracion de los recursos economicos que correspondan a la Oficina, los que estaran normados mediante Directiva de la DIRIDP. Articulo 9º.- El Jefe de la Oficina Central de Admision, MORDAZA por la correcta administracion de dichos recursos eco-

ASESOR APOYO ESPECIALIZADO SECRETARIO

CAPITULO IV DE LOS COMITES DE ADMISION
Articulo 18º.- Son organos temporales cuyos integrantes son nombrados por Resolucion Directoral del DIRIDP a propuesta de la Oficina Central de Admision. Articulo 19º.- Tienen como mision ejecutar y conducir el MORDAZA de admision en la Escuela de Formacion para los que son nombrados. Articulo 20º.- Dependen directamente de la Comision Central de Admision y funcionan en las sedes de las res-

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